Decreto 836 de 2018
Decreto 836 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 836
- Año
- 2018
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 836 DE 2018
(Diciembre 28)
_Por el cual se crean unos cargos temporales en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, [Ver Decreto Distrital 158 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169139), [Ver Decreto Distrital 455 de 2021.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118508)
CONSIDERANDO:
Que el numeral [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#315.n.7) del artículo 315 de la Constitución Política dispone que es atribución de los Alcaldes: _“Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”._ Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) ídem consagra que los organismos y entidades pueden crear excepcionalmente, en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio para el desarrollo de programas y proyectos de duración determinada o para suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo.
Que de conformidad con el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.9) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que producto del estudio jurídico adelantado por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda en los términos establecidos en el Decreto Distrital [607](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72772) de 2017, se concluyó que era viable concentrar la actividad de cobro coactivo de las acreencias Tributarias en la Dirección Distrital de Cobro como se mencionó en el concepto 2018IE10222 del 23 de abril de 2018 de la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que en atención al estudio técnico elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda en los términos del Decreto Distrital [607](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72772) de 2017 se evidenció la necesidad de fortalecer la Dirección Distrital de Cobro con la creación de ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal para el desarrollo de estas funciones.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico para la creación de ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal, con base en el cual éste emitió concepto técnico favorable hasta el 30 de junio de 2020, mediante oficio número 2018EE2318 del 22 de octubre de 2018 de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal favorable para la creación de los referidos ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal mediante Oficio con radicado No. 2018IE29475 del 6 de noviembre de 2018, señalando que a la fecha existe apropiación y disponibilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales de los servidores públicos que sean vinculados en tal planta temporal. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.** Crear los siguientes empleos de carácter temporal, en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda hasta el 30 de junio de 2020: |
PLANTA GLOBAL
--- DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | No. DE CARGOS PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 27 | UNO (1) PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 24 | CUATRO (4) PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 21 | SIETE (7) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 18 | DIEZ (10) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 14 | TREINTA Y UNO (31) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 11 | CINCUENTA Y UNO (51) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 5 | SIETE (7) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 1 | TRECE (13) TECNICO OPERATIVO | 314 | 17 | UNO (1) TECNICO OPERATIVO | 314 | 9 | TRES (3) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 22 | CUATRO (4) TOTAL | 132 Otras Modificaciones:[Empleos prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2022 por el art. 1, Decreto Distrital 158 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=169139), [Empleos prorrogados hasta el ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118508#1)[31 de diciembre de 2023 por el art. 1, Decreto Distrital 455 de 2021.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118508#1)
Artículo 2.
Los empleos de carácter temporal creados en el presente decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan, conforme al manual específico de funciones y competencias laborales que expedirá la Secretaría Distrital de Hacienda para tales fines dentro de los dos meses siguientes a la vigencia de este decreto.
Artículo 3.
La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará, de conformidad con lo preceptuado en el artículo [2.2.5.3.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824#2.2.5.3.5) del Decreto Nacional 648 de 2017 que modificó y adicionó el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015.
Artículo 4.
El término de duración de los empleos temporales deberá sujetarse al concepto técnico y a la disponibilidad presupuestal emitidos para el efecto.
Artículo 5.
El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82173) en el Registro Distrital, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de diciembre del año 2018.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO
Secretario Distrital de Hacienda (E)
MARÍA CONSTANZA ROMERO OÑATE
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E)
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…