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Decreto 792 de 2018

Decreto 792 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
792
Año
2018
Fecha
20 de diciembre de 2018
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 792 DE 2018

(Diciembre 20)

_Por medio del cual se otorgan unas condecoraciones a un personal de la Policía Metropolitana de Bogotá, D.C., en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.,

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital [637](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65633) de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, creando el Sector Administrativo de Seguridad, Convivencia y Justicia, integrado por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, modificó el Sector Administrativo de Gobierno, así como el objeto y funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno y dispuso que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumiría las funciones y programas que venía realizando la Secretaría Distrital de Gobierno en materia de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#2) del Decreto Distrital 555 de 2016, “ _Por medio del cual se establecen la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, _ dispone que la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.

Que el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#4) ídem señala que la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_ se concederá al Oficial, Sub-Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, que por sus méritos y servicios especiales al Distrito Capital y la Policía Nacional en el año inmediatamente anterior, se haga acreedor a ella por actos de valor, distinción en el cumplimiento del deber y buena conducta.

Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#12) ídem dispone que la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ tiene los siguientes grados: a) Gran Cruz Extraordinaria, b) Gran Cruz, c) Gran Oficial, d) Comendador, y e) Cruz de Caballero.

Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#15) ibídem señala que la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ podrá concederse en el grado de Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o a la ciudad.

Que el artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#16) del Decreto Distrital 555 de 2016, dispone que la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ podrán concederse en el grado de Comendador tanto a colombianos como a extranjeros que por sus servicios importantes a la ciudad se hagan acreedores a dicha distinción.

Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#17) ídem señala que la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ podrá concederse en el grado de Cruz de Caballero, a funcionarios del Distrito Capital, de Gobiernos Territoriales, y Gobierno Nacional o de Gobiernos Extranjeros, que a juicio del Consejo los hagan merecedores de esta distinción.

Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#19) ejusdem señala que la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_, podrá concederse como reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial y a los ciudadanos colombianos o extranjeros eminentes que se hayan distinguido por su compromiso con Bogotá a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad, el bienestar de sus habitantes, la cultura ciudadana y el civismo.

Que el señor Alcalde Mayor postuló a un grupo de uniformados correspondientes a su esquema de seguridad para otorgarles las condecoraciones de que trata el Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658) de 2016, en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio.

Que para los fines pertinentes, la Dirección Jurídica y Contractual de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia consultó los antecedentes de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Policía Nacional y la Personería de Bogotá, estableciendo que los uniformados postulados no registran antecedentes en ninguna de estas entidades.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ y otras Distinciones, en sesión No 13 del 10 de diciembre de 2018 decidió otorgar la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en los distintos grados, así como la medalla “Ciudad de Bogotá” a los uniformados de la Policía Metropolitana de Bogotá postulados por el señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., y que hacen parte de su esquema de seguridad.
Que por lo anterior, se hace necesario realizar un justo reconocimiento a los miembros de la Policía Nacional postulados y que se relacionan en la parte resolutiva del presente acto administrativo en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º. OTORGAR la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” en el Grado que se indica a continuación, al personal de la Policía Nacional de Colombia que se relaciona a continuación: GRADO “GRAN OFICIAL”

| GRADO | NOMBRES Y APELLIDOS ---|--- TC | LACIDES MIGUEL RAMOS BLANCO TC | ALEX HERNANDO VEGA MOYA SC | FABRICIO VACCA CELY SI | HUGO FERNANDO PASTOR HERNANDEZ

GRADO “COMENDADOR”

GRADO | NOMBRES Y APELLIDOS ---|--- CT | FLOR ANGELA PAZMIÑO RODRÍGUEZ IJ | JULIO CESAR HASTAMORIR MORENO IT | ALEXANDER AUGUSTO CAÑON QUIROGA IT | JOSE YOVANNY MOYA MORENO IT | FERNANDO ANTONIO PEREZ SIERRA IT | MARTA ISABEL MORENO ROJAS SI | JOSE GIOVANNI MENDEZ TENJO SI | GUSTAVO ANDRÉS GONZALEZ PALACIO PT | ANDERSSON ARIAS ORTIZ PT | BEYANIRA BRAVO RICO PT | ULISES CAMARGO CASTRO PT | JAVIER ENRIQUE CARDENAS PACHECO PT | OSCAR FABIAN ESPITIA BENITEZ PT | JAUDER HUMBERTO RODRÍGUEZ PULIDO PT | ALBERTH ANDRÉS TORRALBA MARÍN PT | ALEXANDER SACRISTAN PARADA

GRADO “CRUZ DE CABALLERO”

GRADO | NOMBRES Y APELLIDOS ---|--- TC | ARTURO ENRIQUE VARGAS GARCÍA IT | ÁLVARO YESID MONTENEGRO CRUZ SI | DIEGO ARMANDO ORTIZ PRADA PT | ELVER JULIO ARRIOLA ANDRADE PT | OSCAR ANDRÉS BARBOSA MONTEALEGRE PT | JHON ALEXANDER CARDENAS CAJAMARCA PT | PEDRO ANDRÉS CHAVEZ SUAREZ PT | JAIDER ALFONSO DEAN PRIOLO PT | WILMER GONZALEZ NAVARRO PT | CARLOS ALBERTO GONZALEZ PINILLA PT | DYJEFERSSON MOLINA RODAS PT | ANTONIO MONTOYA RAMOS PT | JOSE ALADINO PEREZ PAREDES

Artículo 2º.

OTORGAR** la medalla “Ciudad de Bogotá” al siguiente personal de la Policía Nacional de Colombia:

GRADO | NOMBRES Y APELLIDOS ---|--- MY | YEIMI DAYAN BLANCO MARTINEZ IT | EDGAR RIVERA SANCHEZ SI | AURELIO AVILEZ TAFUR SI | VICTOR HUGO BERDUGO PEÑA SI | JOSE GERARDO GAONA SANCHEZ SI | GIOVANNI ANDRES MONTOYA GUERRERO SI | HOLMAN ANDRES MONTOYA GUERRERO SI | EDWARD EDILBERTO TORRES SANCHEZ PT | CARLOS ALBERTO ARTEAGA MARQUEZ PT | WILSON CARDENAS GARCIA PT | EDWIN HUMBERTO CHIGUASUQUE QUIROGA PT | JHON FREDY GARCIA ZAMUDIO PT | EDWIN LEONIDAS QUINTERO RUBIANO PT | ALVARO RODRIGUEZ GUTIERREZ PT | JONATAN ALEXIS SANCHEZ SUESCUN PT | LUIS GUILLERMO VELANDIA BARRERA PT | EDISON ANDRES VARGAS GONZALEZ PT | JAIR FELIPE MENDEZ TENJO PT | BLANCA ROSALBA MENESES BARRERA

Artículo 3º.

En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de las condecoraciones descritas en este decreto.

Artículo 4º.

El presente decreto rige a partir del día siguiente al de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82166).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2018.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Gran Maestre

JAIRO GARCÍA GUERRERO

Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

Gran Canciller

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