Decreto 713 de 2018
Decreto 713 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 713
- Año
- 2018
- Fecha
- 6 de diciembre de 2018
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 713 DE 2018
( Diciembre 06)
_Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2018, con cargo al Fondo de Compensación Distrital_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 63 del Decreto Distrital [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y el Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#35) del Decreto Distrital 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.
Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#2) consagra que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.
Que adicionalmente, el mismo artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#2) establece que cuando la operación presupuestal afecte los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se hará mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.
Que mediante los oficios números 2018EE20719, 2018EE2103, y 2018EE871001, de la Caja de Vivienda Popular, del Departamento Administrativo del Servicio Civil y de la Personería de Bogotá, D.C., radicados en esta Secretaría bajo los números 2018ER119511 del 26 de octubre de 2018, 2018ER109147 del 28 septiembre de 2018 y 2018ER120751 del 31 de octubre de 2018, solicitaron recursos para atender faltantes de apropiación en los gastos de funcionamiento en la presente vigencia.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3135#2) del Decreto Distrital 396 de 1996, la Directora Distrital de Presupuesto, mediante oficio 2018IE31037 del 21 de noviembre de 2018, emitió concepto favorable sobre la modificación al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, por la Suma de $7.541.153.986.
Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 354 del 19 de noviembre de 2018, por valor de $7.541.153.986. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2018, la suma de siete mil quinientos cuarenta y uno millones ciento cincuenta y tres mil novecientos ochenta y seis pesos ($7.541.153.986) m/cte., según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 111 | SECRETARíA
DISTRITAL DE HACIENDA | 7.541.153.986 ---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESuPuESTO | 7.541.153.986 3 | GASTOS | 7.541.153.986 3.1 | GASTOS DE FuNCIONAMIENTO | 7.541.153.986 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FuNCIONAMIENTO | 7.541.153.986 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | 7.541.153.986 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 7.541.153.986 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 7.541.153.986 102 | PERSONERíA DE BOGOTÁ D.C. | 7.044.701.544 3 | GASTOS | 7.044.701.544 3.1 | GASTOS DE FuNCIONAMIENTO | 7.044.701.544 3.1.1 | SERVICIOS PERSONALES | 7.044.701.544 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NÓMINA | 4.256.664.957 3.1.1.01.01 | Sueldos Personal de Nómina | 71.592.114 3.1.1.01.13 | Prima de Navidad | 808.684.620 3.1.1.01.14 | Prima de Vacaciones | 318.309.255 3.1.1.01.15 | Prima Técnica | 1.452.069.549 3.1.1.01.21 | Vacaciones en Dinero | 1.150.770.426 3.1.1.01.28 | Reconocimiento por Permanencia en el Sector Público | 455.238.993 3.1.1.03 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO | 2.788.036.587 3.1.1.03.01 | Aportes Patronales Sector Privado | 735.083.891 3.1.1.03.01.01 | Cesantías Fondos Privados | 735.083.891 3.1.1.03.02 | Aportes Patronales Sector Público | 2.052.952.696 3.1.1.03.02.01 | Cesantías Fondos Públicos | 2.052.952.696 125 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL | 151.452.442 3 | GASTOS | 151.452.442 3.1 | GASTOS DE FuNCIONAMIENTO | 151.452.442 3.1.1 | SERVICIOS PERSONALES | 151.452.442 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NÓMINA | 126.175.503 3.1.1.01.13 | Prima de Navidad | 126.175.503 3.1.1.03 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO | 25.276.939 3.1.1.03.01 | Aportes Patronales Sector Privado | 25.276.939 3.1.1.03.01.01 | Cesantías Fondos Privados | 25.276.939 208 | CAJA DE LA VIVIENDA POPuLAR | 345.000.000 3 | GASTOS | 345.000.000 3.1 | GASTOS DE FuNCIONAMIENTO | 345.000.000 3.1.1 | SERVICIOS PERSONALES | 345.000.000 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A LA NÓMINA | 321.000.000 3.1.1.01.04 | Gastos de Representación | 5.000.000 3.1.1.01.13 | Prima de Navidad | 315.000.000 3.1.1.01.26 | Bonificación Especial de Recreación | 1.000.000 3.1.1.03 | APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PÚBLICO | 24.000.000 3.1.1.03.02 | Aportes Patronales Sector Público | 24.000.000 3.1.1.03.02.01 | Cesantías Fondos Públicos | 24.000.000 | TOTAL CRÉDITOS | 7.541.153.986**
Artículo 2º.
-** El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81825#2) y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de diciembre del año 2018.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
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