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Acuerdo 716 de 2018

Acuerdo 716 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
716
Año
2018
Fecha
21 de septiembre de 2018
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO 716 DE 2018

( Septiembre 21) __ **_Por medio del cual se promueve a Bogotá D.C., como ciudad libre de discriminación y se dictan otras disposiciones_

__ EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.**

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 [Ver Proyecto de Acuerdo 293 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141458)

ACUERDA:

Artículo 1.

Objeto**: Promover a Bogotá, D.C., como ciudad libre de discriminación, impulsando acciones de respeto y promoción por la igualdad entre todas las personas.

Artículo 2.

Definición de Acto Discriminatorio**: Acto de discriminación es toda conducta, actitud o trato que pretende consciente o inconscientemente anular, dominar o ignorar a una persona o grupo de personas, con frecuencia apelando a preconcepciones o prejuicios sociales o personales, y que trae como resultado la violación de sus derechos fundamentales.

Artículo 3.

Igualdad de Derechos: La Administración Distrital en el marco de sus competencias promoverá la igualdad de derechos entre todas las personas y definirá las acciones necesarias para atenderlas, visibilizar y documentar la discriminación. ARTÍCULO 4. Socialización: La Administración Distrital generará los mecanismos efectivos de socialización para dar a conocer las medidas correctivas y las multas por las conductas discriminatorias contenidas en Ley [1801](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66661) de 2016 - Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana; así mismo difundirá el contenido de la Ley [1482](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44932) de 2011 modificada por la Ley [1752](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61858) de 2015, o aquella que la sustituya o modifique. ARTÍCULO 5. Estrategia de Comunicación**:

La Administración Distrital diseñará una estrategia de comunicación efectiva que promueva cambios culturales para la erradicación de todo tipo de discriminación. ARTÍCULO 6. Aviso:

En toda entidad distrital del sector central y descentralizado, se instalará un aviso con el siguiente texto: _“En este lugar promovemos una Bogotá libre de discriminación”._ Seguido de la identificación del presente Acuerdo y deberá fijarse en lugar visible.

Parágrafo. La Administración Distrital promoverá la aplicación de este acuerdo y la instalación del aviso aquí establecido, en los lugares de comercio de la ciudad, establecimientos educativos y demás de pública concurrencia.

Artículo 7.

Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81055). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ

Presidente

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

Secretario General de Organismo de Control

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

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