Acuerdo 715 de 2018
Acuerdo 715 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 715
- Año
- 2018
- Fecha
- 18 de septiembre de 2018
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN No ACUERDO 715 DE 2018
( Septiembre 18)
**_Por el cual se autoriza a la Administración Distrital, por medio de la Secretaría Distrital de Planeación, para asumir compromisos con cargo a Vigencias Futuras Ordinarias para el año 2019_
__
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, y las demás normas vigentes, [Ver Proyecto de Acuerdo 363 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141457)
CONSIDERANDO:
Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo.
Que dentro del Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020 “Bogotá Mejor para Todos”, en el Eje transversal Nuevo Ordenamiento Territorial, se encuentra enmarcado el proyecto 0984 “Producción y análisis de información para la creación de política pública, focalización del gasto público y seguimiento del desarrollo urbano”, que tiene como objetivo general recopilar, actualizar y producir información estratégica de ciudad, con el fin de proporcionar información confiable y oportuna como insumo para la toma de decisiones en el Distrito Capital.
Que el Sisben es el principal instrumento de focalización individual utilizado por la gran mayoría de los programas sociales en el país desde 1995, que opera a través de un sistema que permite el registro de las condiciones socioeconómicas de los hogares para identificar potenciales beneficiarios de programas sociales, mediante un índice o puntaje que representa las características socioeconómicas de cada individuo a partir del cual es posible identificar a la población que prioritariamente deba ser atendida; su operación se sustenta en un esquema de articulación entre los entes territoriales y la Nación, con competencias establecidas normativamente para cada nivel de gobierno, donde las entidades territoriales tienen la responsabilidad de realizar el levantamiento de la información y su actualización mediante visitas en el lugar de residencia de los hogares. En la actualidad se utiliza la tercera versión del instrumento (Metodología Sisben III), la cual comenzó su implementación en la ciudad de Bogotá en el año 2010.
Que la Nación, a través del Departamento Nacional de Planeación - DNP, es responsable de expedir la metodología y los lineamientos para la conformación de la base de datos. Le corresponde al DNP adoptar los instrumentos técnicos que deben ser utilizados y coordinar y supervisar los operativos a nivel nacional. Por lo cual el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación- DNP adoptaron el Documento CONPES 3877 de 2016, el cual aprueba el diseño e implementación de la nueva metodología Sisben IV como también el proceso para su implementación a nivel nacional, estableciendo la culminación del barrido de implementación en Bogotá para el año 2019.
Que por lo anterior, la Secretaría Distrital de Planeación, requiere la asunción de compromisos de vigencias futuras 2019 hasta por $14.996,1 millones, para adelantar la implementación de la nueva metodología Sisben IV, los cuales se financiarán con recursos Distrito por $12.958 millones pesos constantes de 2018 y recursos Nación por valor de $2.037,7 millones pesos constantes de 2018, según comunicación 20185380384101 del Departamento Nacional de Planeación – Subdirección de Promoción Social y Calidad de Vida.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal [j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.j), del Decreto Distrital 714 de 1996, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS en su Sesión N° 9 del 5 de julio de 2018 autorizó la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras con el fin de continuar el trámite ante el Concejo Distrital.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1.
°. Autorizase a la Secretaría Distrital de Planeación para asumir compromisos con cargo a la vigencia futura 2019 hasta por la suma de Catorce Mil Novecientos Noventa y Seis Millones Ciento Veintinueve Mil Trescientos Treinta y Dos ($14.996.129.332) pesos constantes de 2018, de acuerdo con el siguiente detalle: | 120 - Secretaría Distrital de Planeación | 2019 ---|--- 3 | GASTOS | 14,996,129,332 3 3 | INVERSIÓN | 14,996,129,332 3 3 1 | DIRECTA | 14,996,129,332 3 3 1 15 | Bogotá Mejor Para Todos | 14,996,129,332 3 3 1 15 04 | Eje transversal Nuevo ordenamiento territorial | 14,996,129,332 3 3 1 15 04 26 | Información relevante e integral para la planeación territorial | 14,996,129,332 3 3 1 15 04 26 0984 | Producción y análisis de información para la creación de política pública, focalización del gasto público y seguimiento del desarrollo urbano | 14,996,129,332
Artículo 2°.
La Secretaría Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en el presupuesto de la vigencia 2019 las asignaciones necesarias para cumplir los compromisos adquiridos.
Artículo 3.
°**.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81023).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
**Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
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