Acuerdo 713 de 2018
Acuerdo 713 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 713
- Año
- 2018
- Fecha
- 6 de septiembre de 2018
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN No ACUERDO 713 DE 2018 (Septiembre 06) _Por el cual se autoriza a la Administración Distrital, por medio del Fondo Financiero Distrital de Salud, para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias para el período 2020 – 2022_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, y las demás normas vigentes, [Ver Proyecto de Acuerdo 319 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141417)
CONSIDERANDO:
Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo.
Que dentro del Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020 “Bogotá Mejor para Todos” se encuentra el proyecto 1191 “Actualización y modernización de la infraestructura, física, tecnológica y de comunicaciones en salud” con sus componentes: Adquisición de predio, estudios, trámites, diseño, construcción, dotación e interventoría Hospital de Usme.
Que de conformidad con el literal a) del artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712#12) de la Ley 819 de 2003 el monto máximo de las vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas deben consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo, lo cual quedó establecido en sesión del CONFIS Distrital que otorgó Aval Fiscal al presente proyecto en fecha 18 de junio de 2018.
Que de acuerdo con lo estipulado en el literal [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712#12) del artículo 12 de la Ley 819 de 2003, como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que éstas sean autorizadas, lo cual se encuentra evidenciado mediante certificación expedida por el Responsable del Presupuesto del Fondo Financiero Distrital de Salud (E) de fecha 28 de junio de 2018.
Que de conformidad con el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712#12) de la Ley 819 de 2003 la autorización por parte del CONFIS para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno, salvo los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica.
Que el Consejo de Gobierno declaró de importancia estratégica el proyecto “Actualización y modernización de la infraestructura, física, tecnológica y de comunicaciones en salud” en sus componentes de adquisición de predio, estudios, trámites, diseño, construcción, dotación e interventoría Hospital de Usme, en sesión realizada el día 29 de junio de 2018.
Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13712#12) de la Ley 819 de 2003, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS- autorizó la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias, en sesión del 5 de julio de 2018, con el fin de continuar el trámite ante el Concejo Distrital.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1°.
Autorizar a la Administración Distrital, por medio del Fondo Financiero Distrital de Salud, para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras ordinarias de los presupuestos de los años 2020 a 2022, hasta por la suma de doscientos treinta y dos mil trescientos veintiocho millones de pesos constantes de 2018 ($232.328.000.000), para el desarrollo integral del proyecto del Hospital de Usme, de conformidad con las disposiciones legales, en las cuantías y vigencias que se relacionan a continuación: | Código | Concepto | 2020 | 2021 | 2022 | Total **2020-2022 ---|---|---|---|---|--- 3 | Gastos | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3 | Inversión | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3-1 | Inversión Directa | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3-1-15 | Bogotá Mejor Para Todos | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3-1-15-01 | Pilar Igualdad de calidad de vida | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3-1-15-01-10 | Modernización de la infraestructura física y tecnológica en salud | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000 3-3-1-15-01-10-1191 | Actualización y modernización de la infraestructura, física, tecnológica y de comunicaciones en salud | $37.874.000.000 | $92.916.000.000 | $101.538.000.000 | $232.328.000.000
Artículo 2°.
La Secretaría Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en los presupuestos de las vigencias 2020 a 2022 las asignaciones necesarias para cumplir los compromisos adquiridos.
Artículo 3°.
El Fondo Financiero Distrital de Salud presentará informe escrito semestral al Concejo de Bogotá dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada semestre, sobre la ejecución de las vigencias futuras ordinarias aprobadas.
Artículo 4°.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80824).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de septiembre del año 2018.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…