Decreto 1299 de 2018
Decreto 1299 de 2018 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1299
- Año
- 2018
- Fecha
- 25 de julio de 2018
- Entidad
- Nivel Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 1299 DE 2018 (Julio 25) _Por medio del cual se modifica el Decreto[1083 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518)de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional y la incorporación de la política pública para la Mejora Normativa a las políticas de Gestión y Desempeño Institucional_ EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de las Leyes 87 de 1993 y 1753 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2) de la Constitución Política establece como uno de los fines esenciales del Estado garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política.
Que por medio del documento del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) 3816 de 2014, _"Mejora Normativa: Análisis de Impacto"_, se dio inicio a la adopción de la política integral de Mejora Normativa, cuyos pilares propenden por el cumplimiento de los objetivos para los cuales se expiden las regulaciones y la protección del ordenamiento jurídico.
Que el documento CONPES 3816 de 2014 recomendó la creación de una instancia de alto nivel para la coordinación y orientación de la política de Mejora Normativa, con el fin de buscar su efectiva implementación entre las distintas entidades que tienen competencias y funciones sobre esta materia.
Que dentro de las recomendaciones del citado CONPES se señaló que las acciones de la política de Mejora Normativa se deben articular con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) y otras herramientas que permitan su divulgación y seguimiento en las entidades públicas del orden nacional.
Que el Decreto [979](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70097) de 2017, que adicionó el Capítulo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#L.2.P.2.T.3.C.13) al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, adoptó el Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017- 2027, en el cual se introdujo como estrategia transversal el principio de seguridad jurídica, que impone a las autoridades el deber de fortalecer la eficacia del ordenamiento jurídico mediante el desarrollo de diferentes planes, programas y proyectos que incluyen, entre otros, la mejora del proceso de producción normativa.
Que el Sistema de Gestión, creado por medio del artículo [133](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61933#133) de la Ley 1753 de 2015, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión y el desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 1499 de 2017.
Que el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en sesión del 14 de junio de 2018, recomendó al Gobierno nacional modificar su integración, con el fin de incluir al Ministerio de Justicia y del Derecho como uno de sus miembros, así como incorporar la política de Mejora Normativa dentro del Sistema de Gestión, con el fin de que abarque aspectos de la calidad en la producción de las normas, su impacto, la racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública en el proceso de elaboración de las normas, la generación de capacidades dentro de la administración pública, al igual que la defensa y la divulgación del ordenamiento jurídico. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. El artículo [2.2.22.1.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.1.3) del Decreto 1083 de 2015, _"Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública"_ tendrá un nuevo [numeral](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.1.3.n.11) con el siguiente texto: _"11. Ministerio de Justicia y del Derecho"_ ARTÍCULO 2. El artículo [2.2.22.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.2.1) del Decreto 1083 de 2015, _"Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública"_ tendrá un nuevo [numeral](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.2.1.n.17) con el siguiente texto: _"17. Mejora Normativa"_ ARTÍCULO 3. _Vigencia y derogatorias._ El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos [2.2.22.1.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.1.3) y [2.2.22.2.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.22.2.1) del Decreto 1083 de 2015 y deroga el Decreto [1052](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57495) de 2014. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de julio del año 2018.
ENRIQUE GIL BOTERO
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
LUIS FERNANDO MEJÍA ALZATE
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
HERNANDO ALFONSO PRADA GIL
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
LILIANA CABALLERO DURÁN
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Nota: Ver norma original en Anexos.
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