Decreto 349 de 2018
Decreto 349 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 349
- Año
- 2018
- Fecha
- 29 de junio de 2018
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 349 DE 2018
( Junio 29)
_Por medio del cual se prorrogan unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Numeral[9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.9)del Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 en concordancia con el artículo[21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21)de la Ley 909 de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) ejusdem consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal para desarrollar programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.
Que mediante el Decreto Distrital [271](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66476) de 2016, fue creada una planta temporal con 569 cargos en la Secretaría de Educación del Distrito con vigencia hasta el 30 de junio de 2018 y que con el fin de dar continuidad al cumplimiento y metas de objetivos en la adecuada prestación del servicio educativo se hace necesario ampliar la vigencia de algunos cargos de la planta temporal hasta el 30 de junio de 2020.
Que en uso de las facultades conferidas en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No 2018EE975 del 03 de mayo de 2018, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de cuatrocientos dieciséis (416) empleos de carácter temporal, denominados Auxiliar Administrativo código 407 grado 05; y mediante oficio No 2018EE1313 del 26 de junio de 2018, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de ciento cincuenta y tres (153) empleos de carácter temporal, denominados Técnico Operativo código 314 grado 04.
Que mediante oficio 2018EE117936 del 20 de junio de 2018, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la prórroga de cuatrocientos dieciséis (416) empleos de carácter temporal y mediante oficio 2018EE122043 del 28 de junio de 2018, expidió viabilidad presupuestal para la prórroga de la prórroga de ciento cincuenta y tres (153) empleos de carácter temporal, denominados Técnico Operativo código 314 grado 04 empleos de carácter temporal en la Secretaría de Educación del Distrito. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
- Prorrogar hasta el 30 de junio de 2020 los siguientes empleos de carácter temporal en la Secretaría de Educación del Distrito: | No. Empleos | Denominación | Código | Grado ---|---|---|--- Ciento cincuenta y tres (153) | Técnico Operativo | 314 | 04 Cuatrocientos dieciséis (416) | Auxiliar Administrativo | 407 | 05 Total | Quinientos sesenta y nueve (569)
Artículo 2.
-** Los empleos de carácter temporal, prorrogados con el presente Decreto, deberán cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, el Decreto Único Reglamentario [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C..
Artículo 3.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79138).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de junio de 2018.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
JOSÉ MAXIMILIANO GÓMEZ TORRES
Secretario de Educación Distrital (E)
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil
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