Decreto 865 de 2018
Decreto 865 de 2018 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 865
- Año
- 2018
- Fecha
- 24 de mayo de 2018
- Entidad
- Nivel Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 865 DE 2018
(Mayo 24) __ _Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones presidenciales de 2018, tanto en primera como en segunda vuelta, si la hubiere_
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política, 2° del Decreto-ley número 2241 de 1986, y 25 del Decreto número 847 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78095#25) del Decreto número 847 del 18 de mayo de 2018, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales; informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones, con ocasión de las elecciones presidenciales a realizarse el 27 de mayo de 2018 en primera vuelta, y el 17 de junio de 2018 en segunda vuelta, si la hubiere.
DECRETA:
Artículo 1°.
Coordinación._ Delegar al doctor Guillermo Rivera Flórez, Ministro del Interior, la coordinación con los delegados del Gobierno nacional en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente, para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional. Artículo 2°. _Delegadas y delegados._ Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78095#25) del Decreto número 847 de 2018, desígnase a los siguientes delegados en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los Departamentos que se citan a continuación: | DEPARTAMENTO | DELEGADO PRESIDENCIAL ---|--- BOGOTÁ, D. C. | JUAN SEBASTIÁN ROZO RENGIFO Viceministro de Conectividad y Digitalización encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones AMAZONAS | CARLOS MEDINA RAMÍREZ Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa Ministerio de Justicia y del Derecho ANTIOQUIA | GERMÁN ARCE ZAPATA Ministro de Minas y Energía ARAUCA | MARIANA MARTÍNEZ CUÉLLAR Viceministra para la Estrategia y la Planeación Ministerio de defensa Nacional ATLÁNTICO | FREDYS MIGUEL SOCARRÁS REALES Viceministro de Empleo y Pensiones Ministerio del Trabajo BOLÍVAR | MARÍA FERNANDA RANGEL ESPARZA Secretaria General Ministerio del Interior BOYACÁ | NEMESIO ROYS GARZÓN Director Departamento Administrativo para la Prosperidad Social CALDAS | FRANCISCO REYES VILLAMIZAR Superintendente de Sociedades Ministerio de Comercio, Industria y Turismo CAQUETÁ | JAIRO ALONSO MESA GUERRA Superintendente de Notariado y Registro CASANARE | JUAN GUILLERMO ZULUAGA CARDONA Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural CAUCA | MARIANA GARCÉS CÓRDOBA Ministra de Cultura CESAR | ALEJANDRO GAVIRIA URIBE Ministro de Salud y Protección Social CÓRDOBA | CAMILO SÁNCHEZ ORTEGA Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio CHOCÓ | MARTHA ORDÓÑEZ VERA Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer CUNDINAMARCA | MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA Ministro de Hacienda y Crédito Público GUAVIARE | ZULIA MARÍA MENA GARCÍA Viceministra de Cultura Ministerio de Cultura GUAINÍA | ANDRÉS RICARDO CHAVES PINZÓN Viceministro de Transporte Ministerio de Transporte HUILA | GRISELDA JANETH RESTREPO GALLEGO Ministra de Trabajo LA GUAJIRA | GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ Ministro de Transporte MAGDALENA | ENRIQUE GIL BOTERO Ministro de Justicia y del Derecho META | ALONSO MAYELO CARDONA DELGADO Viceministro de Energía Ministerio de Minas y Energía NARIÑO | CARLOS ANDRÉS CANTE PUENTES Viceministro de Minas Ministerio de Minas y Energía NORTE DE SANTANDER | EDUARDO ANDRÉS GARZÓN TORRES Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos Ministerio del Interior PUTUMAYO | ANÍBAL FERNÁNDEZ DE SOTO Viceministro de Defensa para las Políticas y Asuntos Internacionales Ministerio de Defensa Naciones QUINDÍO | YANETH CRISTINA GIHA TOVAR Ministra de Educación Nacional RISARALDA | LUIS FERNANDO CRUZ ARAÚJO Superintendente Nacional de Salud Ministerio de Salud y Protección Social SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA | DANIEL QUIROGA PLAZAS Director de Gobierno y Áreas Estratégicas Departamento Administrativo de la Presidencia de la República SANTANDER | LUIS FERNANDO CORREA SERNA Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Ministerio de Salud y Protección Social SUCRE | DANIEL ARANGO ÁNGEL Viceministro de Desarrollo Empresarial Ministerio de Comercio, Industria y Turismo TOLIMA | NATALIA RUIZ RODGERS Viceministra de Educación Superior Ministerio de Educación Nacional VALLE DEL CAUCA | LUIS GILBERTO MURILLO URRUTIA Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible VAUPÉS | MAURICIO PERFETTI DEL CORRAL Director Departamento Administrativo Nacional de Estadística VICHADA | KAREN CECILIA ABUDINEN ABUCHAIBE Directora General Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Artículo 3°.
Informes y viáticos._** Los delegados designados deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo, los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades.
Artículo 4°.
Vigencia._** El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2018.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
EL MINISTRO DEL INTERIOR,
GUILLERMO RIVERA FLÓREZ
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