Acuerdo 002 de 2018
Acuerdo 002 de 2018 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 002
- Año
- 2018
- Fecha
- 8 de marzo de 2018
- Entidad
- Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 002 DE 2018 (Marzo 08) _Por medio del cual se aprueba una modificación en el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal 2018_ EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL En uso de sus facultades legales y estatutarias conferidas en numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#106) del Acuerdo N°. 257 de 2006 transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante el Decreto [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35489) del 2 de marzo de 2009, se determinó la integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Mantenimiento Vial.
Que mediante el Acuerdo 001 del 2 de enero de 2007, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial adoptó sus estatutos, los cuales fueron reformados por el Acuerdo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883) del 12 de octubre de 2010.
Que el numeral [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#16.3) del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2016, modificado por el Acuerdo [09](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=74099#16.3) de 2017, establece como una de las funciones del Consejo Directivo, “Dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad y las modificaciones al mismo de conformidad con las disposiciones legales vigentes”.
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del Decreto 714 de 1996 “Por el cual se compilan el Acuerdo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece: _“De las Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía…”_ Que mediante Acuerdo [694](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73375) de 2017 se expidió _“el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones”_ Que mediante Decreto Distrital [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73549) de 2017 _“Por el cual se liquida el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones en cumplimiento del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017 expedido por el Concejo de Bogotá”,_ en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73549#10) establece:_“Plan de cuentas: El plan de cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los Órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital…”_ Que el numeral 3.2.1.4.2 del Manual Operativo de Presupuesto del Distrito Capital adoptado mediante la Resolución No. [SDH-000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar traslados presupuestales internos y establece que deben ser aprobados por acto administrativo de la Junta o Consejo Directivo para el caso de los Establecimientos Públicos.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial requiere financiar aquellos pasivos exigibles dentro de los Gastos que no cuentan con apropiación disponible en el presupuesto de Gastos e Inversiones que le permitan cumplir con los compromisos contractuales adquiridos previamente como el que motiva la presente modificación presupuestal.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para la modificación presupuestal presenta saldos de apropiación libres de afectación según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 360 del 12 de febrero de 2018, para lo cual se analizaron aquellas partidas con apropiación disponible en los rubros de Gastos e Inversión que cuentan con saldo suficiente en la fuente de financiación 01-12 Recursos del Distrito – Otros Distrito, para cumplir con sus gastos en lo que resta de la vigencia y efectuar el presente traslado presupuestal, manteniendo las metas establecidas para la vigencia 2018.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, mediante comunicados 2018500004351 del 23 de Enero de 2018 y su alcance 2018500007321 del 2 de febrero de 2018, solicitó a la Subsecretaría Distrital de Planeación de la Inversión de la Secretaria Distrital de Planeación, concepto favorable para realizar la presente modificación presupuestal al interior del proyecto de inversión 1181 – Modernización Institucional, en el presupuesto de Gastos e Inversiones, el cual fue emitido mediante oficio No. 2-2018-05149 del 7 de febrero de 2018, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS $394.066.595.
Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, mediante comunicado No. 20181110020531 solicitó a la Secretaría Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, concepto favorable para realizar la presente modificación presupuestal, el cual fue emitido mediante oficio No. 2018EE33142 del 2 de marzo de 2018, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS $394.066.595.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo Primero. Aprobar una modificación al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de la vigencia 2018, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($394.066.595), así: CONTRACRÉDITO SECCIÓN 227 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL | TIPO
| DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 394.066.595 3-3 | INVERSIÓN | 394.066.595 3-3-1 | DIRECTA | 394.066.595 3-3-1-15 | BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS | 394.066.595 3-3-1-15-07 | Eje transversal Gobierno Legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 394.066.595 3-1-1-15-07-43 | MODERNIZACIÓN INSTITUCIONAL | 394.066.595 3-1-1-15-07-43-1181 | MODERNIZACIÓN INSTITUCIONAL | 394.066.595 3-1-1-15-07-43-1181-190 | Proyecto Estratégico 190 - MODERNIZACIÓN FÍSICA | 394.066.595 TOTAL CONTRACREDITOS |
394.066.595
CRÉDITO
Sección 227.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
TIPO
| DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 3 | IGASTOS | 394.066.595 3-3 | INVERSIÓN | 394.066.595 3-3-1 | DIRECTA | 394.066.595 3-3-1-15 | BOGOTA MEJOR PARA TODOS | 394.066.595 3-3-4 | PASIVOS EXIGIBLES | 394.066.595 3-3-4-00 | PASIVOS EXIGIBLES | 394.066.595 TOTAL CRÉDITOS |
394.066.595
Artículo Segundo. Esta operación tiene reflejo presupuestal en el Ingreso, por tanto requiere el correspondiente registro en el Sistema PREDIS y por tratarse de transferencias de la Administración Central se ajustará en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, disminuyendo el rubro 2-2-4-01-01 de Vigencia Aporte Ordinario y aumentando el rubro 2-2-4-01-02-02 Aporte Ordinario – Vigencia – Pasivos Exigibles, por valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($394.066.595), así:
CONTRACRÉDITO
Sección 227.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
TIPO
| DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 2 | INGRESOS | 394.066.595 2-2 | TRANSFERENCIAS | 394.066.595 2-2-4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 394.066.595 2-2-4-01 | APORTE ORDINARIO | 394.066.595 2-2-4-01-01 | VIGENCIA | 394.066.595 TOTAL CONTRACREDITOS |
394.066.595
CRÉDITO
Sección 227.
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL
TIPO
| DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 2 | INGRESOS | 394.066.595 2-2 | TRANSFERENCIAS | 394.066.595 2-2-4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 394.066.595 2-2-4-01 | APORTE ORDINARIO | 394.066.595 2-2-4-01-02 | VIGENCIA ANTERIOR | 394.066.595 2-2-4-01-02-02 | PASIVOS EXIGIBLES | 394.066.595 TOTAL CRÉDITOS |
394.066.595
Artículo Tercero. Remitir copias del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda para lo de su competencia.
Artículo Cuarto. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de marzo del año 2018.
JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN
Presidente
ÁLVARO SANDOVAL REYES
Secretario
Nota: Ver norma original en Anexos.
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