Decreto 778 de 2019
Decreto 778 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 778
- Año
- 2019
- Fecha
- 19 de diciembre de 2019
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 778 DE 2019
(Diciembre 19)
_Por medio del cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro, con motivo de su Sexagésimo Aniversario_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.**
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#0) de 2016 se establece que: _“(...) la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, (...)”_ y se derogaron expresamente los Decretos Distritales [693](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1666#0) de 1971, [625](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1939#0) de 1972, [626](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=42786#0) de 1974, [480](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4898#0) de 1991, [393](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15524#0) de 2004, [241](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31684#0) y [349](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33227#0) de 2008 y las Resoluciones Distritales [615](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5089#0) de 2001 y 19 de 2011.
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#2) ídem, dispone que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.
Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#15) ibidem, señala que la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá"_ podrá concederse en el grado Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o la ciudad.
Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá"_ y otras Distinciones, una vez revisada la justificación y los antecedentes correspondientes, decidió, según consta en acta de sesión extraordinaria 011 del 16 de diciembre de 2019, conceder la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá " en el Grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro.
Que la Superintendencia de Notariado y registro es una entidad del Estado creada el 28 de diciembre de 1959, con el objetivo de dar una adecuada dirección y ordenamiento racional al servicio público de notariado y registro en el país. Durante 60 años han trabajado en pos de ese propósito con sobresalientes resultados.
Que su trabajo, tanto en la inspección, la vigilancia y el control de las notarías, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) y las curadurías urbanas de todo el país, instituciones jurídicas que participan en la intervención de un predio, una edificación o una obra; así como su tarea desde 2012 con la ley de tierras, la han posicionado como un referente de gestión pública efectiva y eficiente.
Que los diversos logros que ha conseguido la Superintendencia de Notariado y Registro durante estos 60 años son de especial relevancia en el ámbito nacional.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento y especial relevancia al trabajo constante de la Superintendencia de Notariado y Registro en el ámbito público tanto distrital como nacional. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Otórguese la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá_ " en el Grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro. Artículo 2. En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega al Superintendente de Notariado y Registro, en razón a su condición de Representante Legal de la entidad, de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del presente decreto en nota de estilo. Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88655). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2019.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. Gran Maestre
IVÁN ELIECER CASAS RUIZ
Secretario Distrital de Gobierno Gran Canciller
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