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Decreto 778 de 2019

Decreto 778 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
778
Año
2019
Fecha
19 de diciembre de 2019
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 778 DE 2019

(Diciembre 19)

_Por medio del cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro, con motivo de su Sexagésimo Aniversario_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.**

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#0) de 2016 se establece que: _“(...) la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, (...)”_ y se derogaron expresamente los Decretos Distritales [693](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1666#0) de 1971, [625](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1939#0) de 1972, [626](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=42786#0) de 1974, [480](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4898#0) de 1991, [393](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15524#0) de 2004, [241](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31684#0) y [349](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33227#0) de 2008 y las Resoluciones Distritales [615](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5089#0) de 2001 y 19 de 2011.

Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#2) ídem, dispone que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" se concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad, aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o que, a juicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.

Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#15) ibidem, señala que la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá"_ podrá concederse en el grado Gran Oficial a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios al país o la ciudad.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá"_ y otras Distinciones, una vez revisada la justificación y los antecedentes correspondientes, decidió, según consta en acta de sesión extraordinaria 011 del 16 de diciembre de 2019, conceder la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá " en el Grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro.

Que la Superintendencia de Notariado y registro es una entidad del Estado creada el 28 de diciembre de 1959, con el objetivo de dar una adecuada dirección y ordenamiento racional al servicio público de notariado y registro en el país. Durante 60 años han trabajado en pos de ese propósito con sobresalientes resultados.

Que su trabajo, tanto en la inspección, la vigilancia y el control de las notarías, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) y las curadurías urbanas de todo el país, instituciones jurídicas que participan en la intervención de un predio, una edificación o una obra; así como su tarea desde 2012 con la ley de tierras, la han posicionado como un referente de gestión pública efectiva y eficiente.

Que los diversos logros que ha conseguido la Superintendencia de Notariado y Registro durante estos 60 años son de especial relevancia en el ámbito nacional.

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento y especial relevancia al trabajo constante de la Superintendencia de Notariado y Registro en el ámbito público tanto distrital como nacional. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Otórguese la Orden Civil al Mérito _"Ciudad de Bogotá_ " en el Grado Gran Oficial a la Superintendencia de Notariado y Registro. Artículo 2. En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega al Superintendente de Notariado y Registro, en razón a su condición de Representante Legal de la entidad, de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del presente decreto en nota de estilo. Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88655). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2019.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. Gran Maestre

IVÁN ELIECER CASAS RUIZ

Secretario Distrital de Gobierno Gran Canciller

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