Decreto 709 de 2019
Decreto 709 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 709
- Año
- 2019
- Fecha
- 20 de noviembre de 2019
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 709 DE 2019
(Noviembre 20)
_Por medio del cual se otorga la Medalla Cívica “Ciudad de Bogotá” a los Artistas Formadores Rubby Rodríguez y Carlos Ardila_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.,
En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#0) de 2016 se estableció _“(…) la Orden Civil al Mérito “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, (…)”_.
Que el referido Decreto Distrital en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#1) dispone que la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_, se otorgará a colombianos o extranjeros eminentes.
Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#19) ídem señala que la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_, podrá concederse como reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial y a los ciudadanos colombianos o extranjeros eminentes que se hayan distinguido por su compromiso con Bogotá a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad, el bienestar de sus habitantes, la cultura ciudadana y el civismo.
Que Rubby Rodríguez y Carlos Ardila, quienes ejercen su actividad musical y de la enseñanza, como educadores, guías, facilitadores y puentes hacia la creatividad, conforman el equipo de Artistas Formadores del Colegio _Gimnasio del Campo Juan de la Cruz Varela_ de la Localidad de Sumapaz, una de las 32 instituciones educativas distritales donde se implementa el _Proyecto Educativo de la Orquesta Filarmónica de Bogotá_, cada semana, dejan a sus familias y realizan un viaje de 5 horas hasta el corregimiento de San Juan de Sumapaz para dar clases de música sinfónica y coral a los niños de dicho Colegio.
Que durante los últimos 3 años de trabajo constante, tales Artistas Formadores han logrado conformar el Coro Infantil y la Banda Filarmónica Juan de la Cruz de Sumapaz, logrando representar a la Localidad en diferentes espacios musicales tales como: el III Festival Distrital de Coros, organizado por la Orquesta Filarmónica de Bogotá en 2016; el XII Encuentro Nacional de Coros Infantiles y Juveniles - _Corpacoros_ en Buga, Valle del Cauca en 2017; el I Encuentro Regional de Coros Infantiles _Voces de Paz_ de la Universidad Central en 2017; el Concierto de clausura del Foro Distrital de Educación en 2018, y el concierto _Vamos a la Filarmónica_ en 2018.
Que gracias al trabajo y compromiso con la música y la labor de formación integral que adelantan estos Artistas Formadores, la comunidad de Sumapaz se ha unido en torno a la música y se ha apropiado del _Proyecto Educativo de la Orquesta Filarmónica de Bogotá_.
Que en sesión ordinaria llevada a cabo el día 18 de noviembre de 2019, los miembros del Consejo de la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ estudiaron la postulación presentada por la Directora de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para condecorar a los Artistas Formadores Rubby Rodríguez y Carlos Ardila con la referida Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_, encontrándola justificada por lo que fue aprobada en la referida sesión, conforme consta en el acta 008 de 2019.
Que en virtud de lo expuesto, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., otorga la Medalla Cívica “ _Ciudad de Bogotá_ ” a los Artistas Formadores Rubby Rodríguez y Carlos Ardila, como reconocimiento a su invaluable labor enfocada en transformar a través del arte la vida de los niños y jóvenes que residen en Sumapaz. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
Otorgar la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_ a los Artistas Formadores Rubby Rodríguez y Carlos Ardila.
Artículo 2.
En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del presente decreto en nota de estilo.
Artículo 3.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87948). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de noviembre del año 2019.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. Gran Maestre
IVÁN ELIECER CASAS RUIZ
Secretario Distrital de Gobierno Gran Canciller
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