Jurismart

Acuerdo 747 de 2019

Acuerdo 747 de 2019 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
747
Año
2019
Fecha
10 de octubre de 2019
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN No ACUERDO 747 DE 2019

(Octubre 10) __ _Por el cual se reajusta la escala de asignación básica salarial de los niveles profesional, técnico y asistencial de la planta de personal de la Contraloría de Bogotá D.C._

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las que le confiere el Artículo 313 numeral 6º de la Constitución, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 12 numeral 8, [Ver Proyecto de Acuerdo 328 de 2019 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=141983)

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°.- GRADOS DE ASIGNACIÓN BÁSICA SALARIAL. Establecer la siguiente tabla de grados de asignación básica salarial, para la planta de personal de la Contraloría de Bogotá, D.C. ESCALA DE ASIGNACIONES BÁSICAS | GRADO | NIVEL ---|--- | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | TÉCNICO | ASISTENCIAL 01 | 5.987.590 | 5.987.590 | 3.663.403 | | 1.513.861 02 | 7.122.510 | 7.122.510 | | | 03 | 7.295.812 | 7.508.312 | 3.972.916 | 2.594.853 | 1.786.437 04 | 7.508.312 | | | | 1.813.276 05 | 10.141.711 | | 4.322.662 | 2.759.469 | 06 | | | | | 07 | | | 4.671.053 | | 2.456.497 08 | | | 4.956.997 | | 2.657.256 09 | | | 5.428.455 | | 2.790.840 PARÁGRAFO PRIMERO. Para las escalas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, y la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo. SEGUNDO . Las asignaciones básicas mensuales se ajustarán y actualizarán anualmente de acuerdo con el incremento salarial que fije la Administración Distrital para cada vigencia fiscal, en acatamiento de los topes máximos que disponga el Gobierno Nacional.

ARTÍCULO **2°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87121) en el Registro Distrital, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2020, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50395#73) del Acuerdo 519 de 2012.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

Presidenta

DANILSON GUEVARA VILLABÓN

Secretario General de Organismo de Control

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar