Decreto 545 de 2019
Decreto 545 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 545
- Año
- 2019
- Fecha
- 6 de septiembre de 2019
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 545 DE 2019 [Derogado por el art. 3, Decreto Nacional 060 de 2020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90758#3)
(Septiembre 06)
_Por el cual se modifica el Decreto Distrital[021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82335#0)de 18 de enero de 2019, donde se establecen los emolumentos para los empleados públicos_ _de la Contraloría de Bogotá, D.C._
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 1°, 3° y 4° del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Gobierno Distrital fijar los emolumentos de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá, D.C., con sujeción al límite máximo salarial fijado por el Gobierno Nacional, en desarrollo de la competencia asignada por el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1166#12.p) del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992, tal como lo ha reconocido la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto radicado bajo el número 924 de fecha 23 de enero de 1997.
Que el Concejo de Bogotá, D.C., adoptó la escala salarial de los diferentes empleos de la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51049#73) del Acuerdo Distrital 519 de 2012.
Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral Distrital suscrita el 12 de julio de 2018, entre la Administración de Bogotá, D. C., y las Organizaciones Sindicales Distritales, se concertó para los años 2019 y 2020, el ajuste de la asignación básica de los Empleados Públicos del Sector Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá, así: “ _32. El incremento salarial de la vigencia del año 2019, para los Empleados Públicos del Distrito Capital será del IPC certificado por el DANE en la vigencia 2018, más 1.2 puntos y para la vigencia de año 2020 el incremento salarial para los citados servidores será del IPC certificado por el DANE en la vigencia 2019 más 1.2 puntos_ ”.
Que mediante Decreto Distrital [021](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82335#0) de 2019, se ajustaron las asignaciones básicas mensuales de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., a partir del 1° de enero de 2019, a la cifra de inflación certificada por el DANE que se encuentra en el tres punto dieciocho por ciento (3.18%) para la vigencia 2018 más el incremento del uno punto dos por ciento (1.2%), para un total de cuatro punto treinta y ocho por ciento (4.38%).
Que mediante el Acta de Acuerdo Nacional Estatal suscrita el 24 de mayo de 2019, el Gobierno Nacional y las centrales, las federaciones y confederaciones sindicales de los empleados públicos del orden nacional acordaron que para el año 2019 el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2018 certificado por el DANE, más uno punto treinta y dos por ciento (1.32%), el cual debe tener efectos a partir del 1º de enero del presente año. Que, el incremento porcentual del IPC total de 2018 certificado por el DANE fue de tres punto dieciocho por ciento (3.18%), en consecuencia, de conformidad con el mencionado Acuerdo Nacional, el aumento de los salarios establecidos para los empleados públicos se ajustarán en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para 2019, retroactivo a partir del 1º de enero del presente año.
Que en ese orden de ideas, el aumento salarial del cuatro punto cinco por ciento (4.5%) acordado para los empleados públicos del orden nacional, es más favorable que el cuatro punto treinta y ocho por ciento (4.38 %) acordado para los empleados públicos del Sector Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá.
Que aunado a lo anterior, el Gobierno Nacional mediante el artículo [7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84405#7) del Decreto 1028 del 06 de junio de 2019, “ _Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan disposiciones en materia prestacional_ ”, fijó los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales, correspondientes al año 2019.
Que por lo expuesto, es procedente ajustar el incremento para el año 2019 de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) al porcentaje definido por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva, y realizar los ajustes con porcentajes inferiores que corresponden en las respectivas asignaciones básicas sin que sobrepasen los límites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional para cada nivel jerárquico.
Que el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal 2019, aprobado mediante el Acuerdo Distrital 728 de 2018 y liquidado mediante el Decreto Distrital 826 de 2018, contiene las apropiaciones necesarias para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente decreto. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82335#2) del Decreto Distrital 021 de 2019, el cual quedará así: _“Artículo 2º.- Incremento Asignaciones Básicas. A partir del 1º de enero de 2019, las asignaciones básicas mensuales de los empleados públicos de la Contraloría de Bogotá D.C., serán ajustadas a la cifra de inflación certificada por el DANE que se encuentra en tres punto dieciocho por ciento (3.18 %) para la vigencia 2018, más un incremento del uno __punto treinta y dos por ciento (1.32%)__, para un total de cuatro punto cinco por ciento (4.5 %)._ _Las asignaciones básicas quedarán así:_ | GRADO SALARIAL | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | TÉCNICO | ASISTENCIAL ---|---|---|---|---|--- 01 | 5.994.474 | 5.994.474 | 3.395.940 | 2.235.747 | 1.377.819 02 | 7.130.698 | 7.130.698 | 3.454.019 | 2.310.335 | 1.487.051 03 | 7.304.199 | 7.516.944 | 3.682.855 | 2.474.130 | 1.625.901 04 | 7.516.944 | | 3.863.851 | 2.487.072 | 1.650.328 05 | 10.153.370 | | 4.007.067 | 2.631.087 | 1.832.955 06 | | | 4.108.407 | | 2.022.024 07 | | | 4.330.022 | | 2.235.747 08 | | | 4.595.089 | | 2.418.464 09 | | | 5.032.126 | | 2.540.043 _ _**
_Parágrafo.-__Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo”._
Artículo 2º.
-** El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, modifica el artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82335#2) del Decreto Distrital 021 de 2019 y tendrá efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de septiembre del año 2019.
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO
Secretario General (E)
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaria Distrital de Hacienda
NIDIA ROCÍO VARGAS
__
**Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
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