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Acuerdo 002 de 2019

Acuerdo 002 de 2019 Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo

Tipo
Acuerdo
Número
002
Año
2019
Fecha
17 de julio de 2019
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV - Consejo Directivo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 002 DE 2019

(Julio 17)

_Por medio del cual se da concepto favorable a una Adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión para la vigencia fiscal 2019_

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

En uso de sus facultades legales y estatutarias conferidas en el numeral 3 del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [106](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#106) del Acuerdo Distrital N°. 257 de 2006, transformó la Secretaría de Obras Públicas en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante el Decreto Distrital N° [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35489) del 2 de marzo de 2009, se determinó la integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Mantenimiento Vial.

Que mediante el Acuerdo 001 del 2 de enero de 2007, el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial adoptó sus estatutos, los cuales fueron reformados por el Acuerdo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883) del 12 de octubre de 2010.

Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40883#16.3)° del artículo 16 del Acuerdo 10 de 2016, modificado por el Acuerdo 09 de 2017, establece como una de las funciones del Consejo Directivo, _“Dar concepto favorable al anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos y vigencias futuras de la Unidad y las modificaciones al mismo de conformidad con las disposiciones legales vigentes”._ Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del Decreto 714 de 1996 _“Por el cual se compilan el Acuerdo[24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”_, establece: _“De las Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía…”_ Que mediante el Acuerdo N° [728](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82045) de 2018 se expidió el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.

Que mediante Decreto Distrital N°.[826](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82249) de 2018 _“Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo[728](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82045) del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá”, en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82249#10) establece: “Nuevo Catálogo de Clasificación presupuestal: El Nuevo Catálogo de Clasificación presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los Órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital…”_ Que el numeral 3.2.1.1. del Manual Operativo de Presupuesto del Distrito Capital adoptado mediante la Resolución No. SDH-[000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda, define el procedimiento para efectuar adiciones presupuestales.

Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, mediante oficio radicado con el N° 20191500042851 del 11 de Julio de 2019, solicitó a la Subsecretaría Distrital de Planeación de la Inversión, de la Secretaría Distrital de Planeación, concepto favorable para realizar la presente adición presupuestal con destino al proyecto de inversión _“408 \- Recuperación, Rehabilitación y Mantenimiento de la Malla Vial”_, en el presupuesto de Gastos e Inversiones, el cual fue aprobado mediante oficio No. 2-2019-45891 del 12 de julio de 2019, por valor de QUINCE MIL MILLONES DE PESOS ($ 15.000.000.000).

Que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, mediante oficio No. 20191110042861 solicitó a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, concepto favorable para realizar la presente adición presupuestal.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Dar concepto favorable a la adición del Presupuesto de Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de la vigencia 2019, por la suma de QUINCE MIL MILLONES DE PESOS ($ 15.000.000.000), según el siguiente detalle: • Transferencia Inversión Directa: $ 15.000.000.000

Artículo segundo.

Dar concepto favorable a la adición del presupuesto de Gastos de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de la vigencia 2019, por la suma de QUINCE MIL MILLONES DE PESOS ($ 15.000.000.000), según el siguiente detalle: CRÉDITO SECCIÓN 227 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL | TIPO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 15.000.000.000 3-3 | INVERSIÓN | 15.000.000.000 3-3-1 | DRECTA | 15.000.000.000 3-3-1-15 | BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS | 15.000.000.000 3-3-1-15-02-18-0408 | RECUPERACIÓN, REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL | 15.000.000.000 3-3-1-15-02-18-0408-143 | RECUPERACIÓN, REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL | 15.000.000.000 TOTAL CRÉDITOS | 15.000.000.000**

Artículo tercero.

Los créditos adicionales señalados en el presente Acuerdo estarán sujetos a la aprobación y/o modificación del Concejo de Bogotá.

Artículo cuarto.

Remitir copia del presente Acuerdo a la Secretaría Distrital de Hacienda para lo de su competencia.

Artículo quinto.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de julio del año 2019.

JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

Presidente

ALVARO SANDOVAL REYES

Secretario

Nota: Ver norma original en Anexos.

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