Jurismart

Decreto 196 de 2019

Decreto 196 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
196
Año
2019
Fecha
11 de abril de 2019
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 196 DE 2019

(Abril 11)

_Por medio del cual se complementa el Decreto Distrital[012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82518#0)de 2019 “Por medio del cual se realiza el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías del Bienio 2017-2018, y se incorporan los saldos no ejecutados y un ajuste a los recursos asignados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del Bienio 2019 – 2020.”, se realiza el Cierre Presupuestal definitivo del Sistema General de Regalías del Bienio 2017-2018 y se realiza una incorporación de recursos._

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 96 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.4.1.2.7.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015, y los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1530 de 2012 “ _Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías_ ”, en su artículo [96](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47474#96) establece que: “ _Los recursos asignados del Sistema General de Regalías para los departamentos, municipios o distritos receptores directos de regalías y compensaciones deberán ser incluidos en el presupuesto de la respectiva entidad territorial, mediante decreto expedido por el Gobernador o Alcalde, una vez aprobado el proyecto respectivo y previa su ejecución.”_ __ Que la Ley 1606 de 2012 _"Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1° de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2014"_, en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51016#17) dispone: _“Del giro y la ordenación del gasto. La Secretaría Técnica del respectivo Órgano Colegiado de Administración y Decisión autorizará al ejecutor a solicitar el giro de los recursos a la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previa certificación del lleno de los requisitos de ejecución definidos por la Comisión Rectora, de acuerdo con la disponibilidad de caja y el cronograma de flujos definido. (…)”._ __ Que el Decreto Nacional 1082 de 2015 _"Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional",_ en su artículo [2.2.4.1.2.7.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71552#2.2.4.1.2.7.5) señala que: _“Cierre presupuestal del capítulo de regalías. Al terminar cada bienalidad del presupuesto del Sistema General de Regalías, las entidades territoriales realizarán un ejercicio autónomo e independiente de cierre presupuestal para el capítulo de regalías y los saldos no comprometidos, así como aquellas partidas que respalden compromisos adquiridos o cuentas por pagar, se incorporarán mediante decreto del alcalde o gobernador, como ingresos al presupuesto de la siguiente bienalidad, al igual que las apropiaciones que se respaldarán con cargo a los mismos, distinguiendo el tipo de recurso que le dio origen, y respetando la destinación del mismo. (…)”._ Que el Decreto Nacional 2190 de 2016 “ _Por el cual se decreta el presupuesto del sistema general de regalías para el bienio del 1º de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2018”_ en su artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#16) determina que: _“(…) Los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos provenientes de gastos de administración del SGR, Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Fondo de Desarrollo Regional, 60% del Fondo de Compensación Regional y de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, deberán hacer uso del sistema de presupuesto y giro de regalías -SPGR- para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales._ __ _El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional adelantará los giros de los recursos del sistema general de regalías observando los montos presupuestados, las disponibilidades de recursos en caja existentes y el cumplimiento de los requisitos de giro establecidos en la normatividad vigente._ __ _Corresponde al jefe del órgano respectivo o a su delegado del nivel directivo de la entidad ejecutora designada por el órgano colegiado de administración y decisión, ordenar el gasto sobre las apropiaciones que se incorporan al presupuesto de la entidad en desarrollo de los artículos anteriores, en consecuencia, serán responsables fiscal, penal y disciplinariamente por el manejo de tales apropiaciones, en los términos de las normas que regulan la materia. (…)”_ Que el Congreso de la República expidió la Ley 1942 de 2018 “ _Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020_ ” que en su artículo 19 establece lo siguiente: “ __Del giro y la ordenación del gasto__ _. Los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías deberán hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales_ __ _El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional adelantará los giros de los recursos del Sistema General de Regalías observando los montos presupuestados, las disponibilidades de recursos en caja existentes y el cumplimiento de los requisitos de giro establecidos en la normatividad vigente.__(…)”_.

Que de conformidad con el marco legal citado, han existido dos esquemas para el giro de los recursos provenientes del Sistema General de Regalías, en el primero la Entidad Territorial recibía los recursos en la cuenta maestra establecida para tal fin y efectuaba desde esta directamente el giro a terceros. En el nuevo esquema, el órgano ejecutor ordena el pago y el giro de los recursos al beneficiario final, lo realiza únicamente el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que en este contexto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en el documento 2.0.0.2 Grupo de Regalías expide la Circular Externa SPGR_CO002 del 21 de enero de 2019 _“Implementación del artículo 19 de la Ley 1942 de 2018 en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías – SPGR_ ”, en donde se señala lo siguiente: “ __Usuarios antiguos SPGR_: De acuerdo con las indicaciones dadas en la circular SPGR de diciembre 5 de 2018 y las instrucciones de enero 3 de 2019, cuando la entidad ejecutora efectúe el cierre presupuestal en el SPGR, los proyectos de inversión que se venían ejecutando mediante el mecanismo de giro a cuenta maestra y que al cierre de la vigencia 2017-2018 quedaron con saldos no girados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con cargo al Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, Fondo de Desarrollo Regional, 60% del Fondo de Compensación Regional y recursos de los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique gestionarán los saldos haciendo uso del SPGR y deberán efectuar la ordenación del pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales. Las entidades designadas como ejecutoras de los proyectos que cumplan con esta condición, continuarán reportando la información de su ejecución directamente al Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación en los términos establecidos por el Departamento Nacional de Planeación DNP. (…)”._ Que en este sentido, previo a la expedición del Decreto Nacional [2190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#0) de 2016, los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) de los Fondos de Desarrollo Regional y de Ciencia y Tecnología viabilizaron, priorizaron y aprobaron tres proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías y de contrapartida designando a Bogotá - Distrito Capital como ejecutor, así: | Fondo | BPIN | Proyecto | Año aprobación | Valor Total proyecto | Valor SGR ---|---|---|---|---|--- Fondo de Desarrollo Regional -FDR | 2012000050043 | Diseño Sistema de Análisis y Administración de Información Socioeconómica y Espacial Bogotá y la Región. | 2012 | $26.601.714.700* | $23.412.797.100 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación | 2013000100210 | Implementación de la Beca Rodolfo Llinas para la Promoción de la Formación Avanzada en Bogotá. | 2013 | $15.205.822.992 | $15.205.822.992 Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación | 2013000100192 | Desarrollo de Competencias Tecnológicas en Bogotá, para su Transferencia a los Sectores de Medicamentos, Cosméticos y afines Bogotá. | 2013 | $5.075.000.000* | $5.000.000.000 * Incluye recursos de contrapartida por $3.188.917.600 y por $75.000.000.

Que las Secretarías Distritales de Planeación y Desarrollo Económico son las entidades encargadas de la ejecución de dichos proyectos de inversión.

Que la Secretaría Distrital de Planeación como responsable del proyecto _“_ _Diseño Sistema de Análisis y Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región”_ ejecutó recursos por la suma de $22.308.014.545 del presupuesto asignado, el cual era de $23.412.797.100, quedando una apropiación pendiente por comprometer por $440.062.783 y un saldo pendiente por pagar de $664.719.772, de acuerdo con la información registrada en el aplicativo dispuesto para el Reporte y Seguimiento de Información de los proyectos ejecutados con Recursos del Sistema General de Regalías del Departamento Nacional de Planeación Gesproy-SGR y el Sistema Presupuestal - PREDIS.

Que respecto al proyecto “ _Implementación de la beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá”_ ejecutado por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico se efectuaron compromisos por el valor total de la apropiación quedando un saldo pendiente de pago por $237.812.658 del presupuesto asignado al proyecto, el cual era de $15.205.822.992 según la información reportada en el aplicativo Gesproy-SGR y el Sistema Presupuestal - PREDIS.

Que en relación al proyecto _“Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines Bogotá”_ también ejecutado por la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, se realizaron compromisos por $4.999.546.666 del presupuesto asignado al proyecto, el cual era de $5.000.000.000, a la fecha se registra un saldo pendiente por comprometer por $453.334 y un valor por pagar de $1.970.938.666, conforme a los datos presentados en la plataforma Gesproy-SGR y la Certificación del 2 de abril de 2019 expedida por la mencionada Secretaría.

Que de acuerdo con lo establecido en la Resolución 0496 del 25 de febrero de 2019 “ _Por la cual se desagregan los recursos distribuidos y asignados por la comisión rectora del Sistema General de Regalías destinados al fortalecimiento de las secretarias de planeación municipales o quien haga sus veces, y de las secretarias técnicas de los órganos colegiados de administración y decisión departamentales, y de las corporaciones autónomas regionales_ ” expedida por el Departamento Nacional de Planeación, mediante la Resolución 443 de 2019 la Comisión Rectora realizó la distribución y asignación parcial de los recursos destinados al funcionamiento de las Secretarías de Planeación Municipal o quién haga sus veces y Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, para el bienio 2019- 2020.

Que el Departamento Nacional de Planeación realizó la desagregación de los recursos para el fortalecimiento de las Secretarías de Planeación Municipales o quienes haga sus veces, y de conformidad con lo dispuesto por la Comisión Rectora en la metodología señalada en el documento anexo de la Resolución 443 de 2019, le asignó a Bogotá la suma de $88.704.266.

Que en el inciso segundo del artículo 7 de la Resolución 443 de 2019, la Comisión Rectora señaló que: _“los ordenadores del gasto de las secretarías de planeación municipales y secretarías técnicas de los órganos colegiados de administración y decisión beneficiarios de los recursos de funcionamiento distribuidos en la presente resolución solo podrán comprometer hasta el 50% de la apropiación. El 50% restante podrá ser utilizado en el año 2020”._

Que conforme a la normatividad vigente, se hace necesario complementar el Decreto Distrital [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82518#0) de 2019 por medio del cual se realizó el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías, adicionar al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2019-2020 los recursos correspondientes al cierre del bienio 2017–2018 del sistema presupuestal previo a la expedición del Decreto Nacional [2190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#0) de 2016, los giros que no han sido gestionados en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías - SPGR e incorporar unos recursos de funcionamiento para la Secretaría Distrital de Planeación en el marco del régimen presupuestal de este Sistema.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.- Complementar el cierre presupuestal del bienio 2017-2018 del Sistema General de Regalías contenido en el Decreto Distrital [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82518#0) de 2019 con los recursos asignados, previo a la expedición del Decreto Nacional [2190](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70117#0) de 2016, teniendo exclusivamente en cuenta los proyectos de inversión que se venían ejecutando mediante el mecanismo de giro a cuenta maestra que al cierre de la vigencia quedaron con saldos no girados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos y Gastos los saldos no ejecutados y los compromisos pendientes de pago que corresponderán a la disponibilidad inicial total del Capítulo Independiente del Presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal 2019-2020, e incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital los recursos destinados al funcionamiento de la Secretaría Distrital de Planeación.

Artículo **2º.- Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, la suma de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.321.517.795) conforme al siguiente detalle:

INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Antes de expedición Decreto Nacional 2190 de 2016

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | DISPONIBILIDAD INICIAL ---|---|--- 8 | INGRESOS | 8-2 | Recursos Fondos | 8-2-1 | Fondo de Desarrollo Regional | $1.104.782.555 8-2-2 | Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación | $2.209.204.658 8-3 | Recursos para el Funcionamiento del Sistema | $7.530.582 | Total Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías | $3.321.517.795

Artículo 3º.

-

Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, la suma de TRES MIL TRESCIENTOS VEINTIÚN MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.321.517.795) conforme al siguiente detalle:

GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

117 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | GASTOS | $2.209.204.658 9-2 | APROPIACIÓN POR COMPROMETER | $453.334 9-2-1 | Directa | $453.334 9-2-1-15 | Bogotá Mejor para Todos | $453.334 9-2-1-15-05 | Programa: Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento | $ 453.334 9-2-1-15-05-31 | Subprograma: Fundamentar el desarrollo económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la competitividad de la ciudad región | $ 453.334 9-2-1-15-05-31-02 | Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación | $ 453.334 _9-2-1-15-05-31-02-2013-0000-100192_ | _Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines_ | $ 453.334 9-3 | COMPROMISOS POR PAGAR | $2.208.751.324 9-3-1 | Directa | $2.208.751.324 9-3-1-14 | Bogotá Humana | $2.208.751.324 9-3-1-14-01 | Programa: Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | $2.208.751.324 9-3-1-14-01-11 | Subprograma: Ciencia, Tecnología e Innovación para avanzar en el desarrollo de la ciudad | $2.208.751.324 9-3-1-14-01-11-02 | Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación | $2.208.751.324 _9-3-1-14-01-11-02-2013-0000-100210_ | _Implementación de la Beca Rodolfo Llinás para la promoción de la formación avanzada en Bogotá_ | $ 237.812.658 _9-3-1-14-01-11-02-2013-0000-100192_ | _Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines_ | $1.970.938.666

120 Secretaría Distrital de Planeación

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | Gastos | $1.112.313.137 9-1 | Inversión | $1.112.313.137 9-2 | Apropiación por comprometer | $447.593.365 9-2-1 | Directa | $440.062.783 9-2-1-15 | Bogotá Mejor para Todos | $440.062.783 9-2-1-15-04 | Programa: Eje Transversal Nuevo Ordenamiento Territorial | $440.062.783 9-2-1-15-04-26 | Subprograma: Información Relevante e Integral para la Planeación Territorial | $440.062.783 9-2-1-15-04-26-01 | Fondo de Desarrollo Regional | $440.062.783 _9-2-1-15-04-26-01-2012-0000-50043_ | _Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región_ | $440.062.783 __ __ 9-2-2 | Gastos Operativos | $7.530.582 9-2-2-01 | Gastos de Personal | $7.530.582 9-2-2-01-02 | Servicios Personales Indirectos | $7.530.582 9-2-2-01-02-03 | Honorarios | $7.530.582 9-2-2-01-02-03-01 | Honorarios Entidad | $7.530.582 9-3 | Compromisos por Pagar | $664.719.772 9-3-1 | Directa | $664.719.772 9-3-1-14 | Bogotá Humana | $664.719.772 9-3-1-14-02 | Programa: Un Territorio que Enfrenta el Cambio Climático y se Ordena Alrededor del Agua | $664.719.772 9-3-1-14-02-23 | Subprograma: Bogotá, Territorio en la Región | $664.719.772 9-3-1-14-02-23-01 | Fondo de Desarrollo Regional | $664.719.772 _9-3-1-14-02-23-01-2012-0000-50043_ | _Diseño Sistema de Análisis, Administración de información socio económica y espacial de Bogotá y la Región_ | $664.719.772

Artículo 4º.

-** Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital los recursos destinados al funcionamiento de la Secretaría Distrital de Planeación para el bienio 2019- 2020, asignados mediante la Resolución 0496 del 25 de febrero de 2019 expedida por el Departamento Nacional, de Planeación por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($88.704.266) así:

INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 8 | Ingresos | 8-3 | Recursos para el Funcionamiento del Sistema | $88.704.266 | Total Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías | $88.704.266

Artículo 5º.

-** Incorporar al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital los recursos destinados al funcionamiento de la Secretaría Distrital de Planeación para el bienio 2019-2020, asignados mediante la Resolución 0496 del 25 de febrero de 2019 expedida por el Departamento Nacional de Planeación, por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS ($88.704.266) así:

GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2019-2020

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

120 Secretaría Distrital de Planeación

ADMINISTRACIÓN CENTRAL CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | Gastos | $88.704.266 9-1 | Inversión | $88.704.266 9-1-2 | Gastos Operativos | $88.704.266 9-1-2-01 | Gastos de Personal | $88.704.266 9-1-2-01-02 | Servicios Personales Indirectos | $88.704.266 9-1-2-01-02-03 | Honorarios | $88.704.266 9-1-2-01-02-03-01 | Honorarios Entidad | $88.704.266

Artículo 6º.

-** Las entidades ejecutoras de los recursos del Sistema General de Regalías a que se refiere este Decreto, tendrán la responsabilidad de adelantar las gestiones pertinentes para la debida ejecución de estos recursos.

Artículo 7º.

-** El presente Decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83525).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de abril del año 2019.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

Secretaria Distrital de Hacienda

ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ

Secretario Distrital de Planeación

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar