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Decreto 159 de 2020

Decreto 159 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
159
Año
2020
Fecha
30 de junio de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 159 DE 2020

(Junio 30)

_Por el cual se prorroga la vigencia de empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Planeación, creados mediante Decretos Distritales[385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67056)de 2016 y[324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69652)de 2017_ __ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, el artículo 150 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 _“Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”_, reglamenta el empleo público en las entidades y organismos que conforman la Administración Distrital.

Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004, establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales es aplicable esta ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin, entre otros, de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada.

Que en la Secretaría Distrital de Planeación, mediante los Decretos [385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67056) de 2016 y [324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69652) de 2017 fueron creados setenta y siete (77) empleos de carácter temporal, hasta el 31 de marzo de 2018 con la finalidad de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios de la entidad.

Que mediante Decreto Distrital [620](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73184) de 2017 dicha planta fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2019, y mediante Decreto Distrital 867 de 2019 hasta el 30 de junio de 2020.

Que el Acuerdo Distrital [761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649) del 11 de junio de 2020 _“Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI”_ en su artículo [150](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649#150) señala _que “Con el fin de garantizar la prestación de los servicios y el buen funcionamiento de las entidades del Distrito y ante la imposibilidad de adelantar procesos de convocatoria y selección, las plantas temporales que existan en las entidades del sector central y descentralizados de la ciudad se podrá prorrogar por un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su vencimiento en los casos en que sean necesarias. Las entidades del Distrito deberán establecer durante este tiempo las necesidades de continuar con estas plantas temporales en la modalidad de plantas de plantas provisionales o su incorporación a las plantas globales”_.

Que de acuerdo con lo señalado en el concepto técnico del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital se requiere la prórroga de 73 empleos temporales.

Que el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2020EE1687 del 2 de junio de 2020, con alcance 2020EE1701 del 5 de junio de 2020, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de setenta y tres (73) empleos temporales en la Secretaría Distrital de Planeación, del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2020, con financiación a cargo de los gastos de funcionamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo 199 de 2005.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio 2020EE78594 del 24 de junio de 2020, expidió la correspondiente viabilidad presupuestal.

Que para los fines del presente Decreto, existe la apropiación presupuestal que amparan el pago de los salarios y las prestaciones sociales correspondientes.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Prorrogar desde el 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de setenta y tres (73) empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de Planeación, creados mediante Decretos Distritales [385](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67056) de 2016 y [324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69652) de 2017, detallados a continuación: | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | No. DE CARGOS ---|---|---|--- NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 222 | 27 | 3 | (Tres) Profesional Especializado | 222 | 24 | 5 | (Cinco) Profesional Especializado | 222 | 20 | 22 | (Veintidós) Profesional Universitario | 219 | 18 | 12 | (Doce) Profesional Universitario | 219 | 13 | 1 | (Uno) Profesional Universitario | 219 | 08 | 9 | (Nueve) Profesional Universitario | 219 | 01 | 4 | (Cuatro) TOTAL NIVEL PROFESIONAL | | | 56 | NIVEL TÉCNICO Técnico Operativo | 314 | 17 | 1 | (Uno) Técnico Operativo | 314 | 12 | 2 | (Dos) TOTAL NIVEL TÉCNICO | | | 3 | Auxiliar administrativo | 407 | 27 | 1 | (Uno) Auxiliar administrativo | 407 | 19 | 2 | (Dos) Auxiliar administrativo | 407 | 13 | 11 | (Once) TOTAL NIVEL ASISTENCIAL | | | 14 | TOTAL | | | 73 |

ARTÍCULO 2°. Los empleos temporales a los cuales se refiere el artículo anterior, deberán encaminarse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, los artículos [2.2.1.1.1.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.1.1.1) y siguientes del Decreto Nacional No. 1083 de 2015 _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”_ y las demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

ARTÍCULO 3°. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 4°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94260).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

MARCELA ROCÍO MÁRQUEZ ARENAS

Secretaria Distrital de Planeación (e)

NIDIA ROCÍO VARGAS

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil

NOTA: Ver norma publicada en Anexos.

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