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Decreto 158 de 2020

Decreto 158 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
158
Año
2020
Fecha
30 de junio de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 158 DE 2020

(Junio 30)

_Por medio del cual se prorrogan unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, creados mediante los Decretos Distritales[454](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67178)de 2016 y[836](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82154)de 2018_

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 7°. del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 _“Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”_, es aplicable a todos los empleados que prestan sus servicios en las entidades distritales.

Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades pueden crear excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

Que para atender la necesidad del servicio, mediante Decreto Distrital [454](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67178) de 2016 fueron creados 75 empleos de carácter temporal en planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, cuya vigencia fue prorrogada mediante Decreto Distrital 841 de 2018, a partir del 1 de enero de 2019 y hasta el 30 de junio de 2020.

Que mediante Decreto Distrital [836](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82154) de 2018, se crearon ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda hasta el 30 de junio de 2020.

Que se hace necesario prorrogar la vigencia de los setenta y cinco (75) empleos de carácter temporal, creados en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante Decreto Distrital [454](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67178) de 2016, por un periodo de treinta (30) meses más, es decir, desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2022.

Que con la finalidad de continuar ejecutando las funciones derivadas de las disposiciones legales encomendadas y, en especial, las que han venido surgiendo en materia tributaria en virtud de la entrada en vigencia de la Ley de crecimiento económico (Ley [2010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=89995) de 2019), se hace necesario prorrogar la vigencia de los ciento treinta y dos (132) empleos de carácter temporal creados mediante Decreto Distrital [836](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82154) de 2018 por un periodo de dieciocho (18) meses más, es decir, desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital la justificación técnica para la prórroga de los 207 empleos de carácter temporal, y esta entidad emitió concepto técnico favorable mediante oficio número 2020EE1858 del 16 de junio de 2020, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#6) del Acuerdo Distrital 199 de 2005.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda realizó el estudio técnico de la necesidad de la planta temporal, el cual fue validado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, concluyendo que su temporalidad se extiende en el tiempo hasta diciembre de 2021 para el caso de la Dirección Distrital de Cobro y hasta diciembre de 2022 respecto de la Dirección Distrital de Impuestos y Dirección Corporativa, sustentados en la situación actual de la organización y las prioridades actuales de la administración distrital de generar acciones de reactivación económica, así como de dar continuidad a la gestión de la Entidad.

Que lo anterior responde a los presupuestos establecidos en el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 permitiendo con ello cumplir los fines misionales y el fortalecimiento de la gestión de las finanzas públicas, de la gestión administrativa y de los programas de la entidad.

Que para los fines de este Decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal mediante oficio radicado No. 2020IE14450 del 26 de junio de 2020. Lo anterior de conformidad con el artículo [52](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#52) del Decreto Distrital 714 de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2022, los siguientes empleos de carácter temporal, en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, así: | NIVEL | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | TOTAL ---|---|---|---|--- Profesional | Profesional Universitario | 219 | 05 | 4 Profesional Universitario | 219 | 01 | 31 Profesional Universitario | 219 | 01 | 4 Técnico | Técnico Operativo | 314 | 09 | 4 Asistencial | Auxiliar Administrativo | 407 | 04 | 32 Total | 75

ARTÍCULO 2º. Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2021, los siguientes empleos de carácter temporal, en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda, así:

NIVEL | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | TOTAL ---|---|---|---|--- Profesional | Profesional Especializado | 222 | 27 | 1 Profesional Especializado | 222 | 24 | 4 Profesional Especializado | 222 | 21 | 7 Profesional Universitario | 2198 | 18 | 10 Profesional Universitario | 219 | 14 | 31 Profesional Universitario | 219 | 11 | 51 Profesional Universitario | 219 | 5 | 7 Profesional Universitario | 219 | 1 | 13 Técnico | Técnico Operativo | 314 | 17 | 1 Técnico Operativo | 314 | 9 | 3 Asistencial | Auxiliar administrativo | 407 | 22 | 4 Total | 132 ARTÍCULO 3º. Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 y el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, y demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

ARTÍCULO 4º. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto rige a partir del día de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

Secretario Distrital de Hacienda

NIDIA ROCÍO VARGAS

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil

NOTA: Ver norma publicada en Anexos.

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