Acuerdo 002 de 2020
Acuerdo 002 de 2020 Secretaría Distrital de Planeación
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 002
- Año
- 2020
- Fecha
- 16 de octubre de 2020
- Entidad
- Secretaría Distrital de Planeación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 002 DE 2020
(Octubre 16)
_Por medio del cual se adopta el manual para la formulación y adopción de la política de prevención del daño antijurídico de la Secretaría Distrital de Planeación_
EL COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN - SDP
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 2 y 4 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto Nacional 1069 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 23 de 1991 _“Por medio de la cual se crean mecanismos para descongestionar los Despachos Judiciales, y se dictan otras disposiciones”_ establece en su artículo [65B](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6546#65B), adicionado por el Artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3992#75) de la Ley 446 de 1998, que las entidades de Derecho Público del orden distrital deberán integrar un comité de conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen.
Que el Decreto Nacional 1069 de 2015 _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”_, en su artículo [2.2.4.3.1.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.2)., establece que el Comité de Conciliación, es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Que el Artículo [2.2.4.3.1.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.2). del Decreto 1069 de 2015, establece que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la Entidad, y que decidirá, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes.
Que así mismo, los numerales [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.5.n.2) y [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.5.n.4) del artículo 2.2.4.3.1.2.5. del Decreto Nacional 1069 de 2015 _“Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho”_, señala como funciones del comité de conciliación de las entidades de derecho público, las de diseñar las políticas generales que orientarán la defensa de los intereses de la entidad y Fijar directrices institucionales para la aplicación de los mecanismos de arreglo directo, tales como la transacción y la conciliación, sin perjuicio de su estudio y decisión en cada caso concreto.
Que mediante el Decreto Distrital [839](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82130) de 2018 se establecieron las directrices y lineamientos en materia de conciliación y Comités de Conciliación en el Distrito Capital que deben ser aplicadas y tenidas en cuenta por la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en virtud de lo señalado en el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062#39) del Decreto Distrital 430 de 2018, se asignó a los Comités de Conciliación de las entidades de derecho público del Distrito Capital de Bogotá, la función de formular, adoptar y expedir sus propias políticas de prevención del daño antijurídico, atendiendo los lineamientos que defina la Secretaría Jurídica Distrital.
Que mediante Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018, la Secretaría Jurídica Distrital expidió los _“Lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales”_.
Que atendiendo los términos de la Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018 y lo previsto en las Circulares [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90558) y [08](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91108) de 2020 proferidas por la Secretaría Jurídica Distrital, el Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Planeación procedió a estudiar y aprobar la adopción de la Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital como su manual para la formulación y adopción de la política de prevención del daño antijurídico, en dos fases. Que, en una primera fase, en sesión del 27 de agosto del año en curso, según consta en Acta 014-2020 se aprobó la creación del Grupo Interdisciplinario encargado de priorizar las causas recurrentes o reiteradas, así como de identificar la falla administrativa, la dependencia en donde ésta ocurre, y de proponer alternativas para solucionar, mitigar o controlar la falla, en los términos de la mencionada Directiva 025 de 2018. Que, como segunda fase, en sesión del 10 de agosto de 2020, se expuso al Comité de Conciliación el contenido de la Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, así como la posibilidad de adoptarla como manual de prevención del daño, en los mismos términos en los que lo hizo la Secretaría Jurídica Distrital en sesión de su Comité de Conciliación de 13 de diciembre de 2018, según Acta 023 de 2018.
Que una vez presentado, el Comité decidió por unanimidad aprobar como manual para la formulación y adopción de la política de prevención del daño antijurídico de la Secretaría Distrital de Planeación el contenido de la Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018 mediante el cual la Secretaría Jurídica Distrital fija los _“Lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales”._ Que las políticas sobre prevención del daño antijurídico, defensa de los intereses de la entidad y aquellas que se tomen en casos análogos, se adoptarán mediante Acuerdo, el cual deberá ser suscrito por todos los miembros que integren el Comité de Conciliación, por lo que mediante el presente acto se protocoliza la decisión adoptada en la sesión No.15 del Comité de Conciliación de la Secretaría Distrital de Planeación. En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Aprobar e implementar como manual para la formulación y adopción de la política de prevención del daño antijurídico de la Secretaría Distrital de Planeación el contenido de la Directiva No.[025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028) de 2018 mediante el cual la Secretaría Jurídica Distrital fija los _“Lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales”_, que hace parte integral del presente Acuerdo. Artículo 2. Ordenar a las Subsecretarías, Jefes de Oficina y directores de la Secretaría Distrital de Planeación realizar las gestiones necesarias para socializar el contenido del presente Manual de Prevención del Daño Antijuridico, entre los funcionarios, servidores y colaboradores de la entidad. Artículo 3. Publicar el presente acuerdo en la página web de la Secretaría Distrital de Planeación e informar del mismo a la Secretaría Jurídica Distrital. Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de octubre del año 2020.
MARCELA ROCÍO MÁRQUEZ ARENAS
Presidenta del Comité de Conciliación Delegada de la Secretaria Distrital de Planeación
MARCELA ROCÍO MÁRQUEZ ARENAS
Subsecretaria de Gestión Corporativa
ANGELA ROCÍO DÍAZ PINZÓN
Subsecretaria Jurídica
ANTONIO EMIRO REY BAQUERO
Director de Norma Urbana
MÓNICA ROCÍO ADARME MANOSALVA
Directora de Defensa Judicial Revisión jurídica: Mónica Rocío Adarme Manosalva - Directora de Defensa Judicial Proyecto: Yicel Moreno Heredia - Secretaria Técnica del Comité de Conciliación
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