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Acuerdo 009 de 2020

Acuerdo 009 de 2020 Caja de Vivienda Popular

Tipo
Acuerdo
Número
009
Año
2020
Fecha
9 de diciembre de 2020
Entidad
Caja de Vivienda Popular
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 009 DE 2020

(Diciembre 09) __ _Por el cual se adiciona el Acuerdo[004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285)de 2008_ __ EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR

En ejercicio de las facultades que le confiere los Acuerdos 20 de 1942, 15 de 1959, el artículo 71 de la Ley 489 de 1998, artículo 59 del Decreto 1421 de 1993, el literal c) del artículo 14 del Acuerdo 003 de 2008, el Decreto Distrital 265 de 2020, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante los Acuerdos [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4755) de 1942 y [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3496) de 1959, emanados del Concejo de Bogotá, se creó y reorganizó la Caja de la Vivienda Popular, como un establecimiento público del orden distrital, adscrito al Sector Hábitat, cuya dirección y administración está a cargo del Consejo Directivo, en los términos del artículo [72](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#72) de la Ley 489 de 1998 y el Acuerdo [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8026) de 2001, modificado por el Acuerdo [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31284) de 2008.

Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#71) de la Ley 489 de 1998 establece que la autonomía administrativa y financiera de los establecimientos públicos se ejercerá conforme a los actos que lo rigen y en el cumplimiento de sus funciones y se ceñirán a la Ley o norma que los creó o autorizó y a sus estatutos internos.

Que de acuerdo con el literal [d)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#76.l.d) del artículo 76 de la Ley 489 de 1998, corresponde al Consejo Directivo adoptar las modificaciones de la estructura organizacional que se consideren pertinentes.

Que mediante el Acuerdo [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285) de 2008 emanado del Consejo Directivo, se modificó la estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular adoptada mediante el Acuerdo [113](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3259) de 1964.

Que el Consejo Directivo expidió el Acuerdo [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41774) de _2011 “Por el cual se modifica el Acuerdo número 004 del 9 de mayo de 2008”_ en el sentido de ajustar las funciones de la Dirección Jurídica y de la Dirección de Gestión Corporativa, para optimizar el proceso de contratación. Que, por último, el Consejo Directivo expidió el Acuerdo 04 del 13 de julio de 2016 _“Por el cual se modifica parcialmente la estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular y se determinan las funciones por dependencias”_ ajustando de nuevo las funciones de la Dirección Jurídica y de la Dirección de Gestión Corporativa.

Que en cumplimiento de lo establecido en la Ley [1848](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69936) de 2017, su Decreto Reglamentario Nacional [1333](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=99526) de 2020, el artículo 78 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 y el Decreto Distrital [265](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102127) de 2020, el Consejo Directivo mediante el Acuerdo 008 de 2020, incorporó las funciones para el reconocimiento de edificaciones de viviendas de interés social que se ubiquen en asentamientos que hayan sido objeto de legalización urbanística y trámite de las solicitudes de las licencias urbanísticas de construcción y de otras actuaciones en las zonas o áreas que hayan sido objeto de legalización urbanística y en las cuales se adelanten planes, programas, proyectos o políticas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad de las viviendas de interés social formulados por la Secretaría Distrital del Hábitat. Que, adicionalmente en los términos del literal [c)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31284#14.l.c) artículo 14 del Acuerdo 003 de 2008, el Consejo Directivo podrá, entre otros, adoptar la estructura organizacional de la Entidad y establecer las funciones de sus dependencias. Que, en virtud de lo anterior, se requiere armonizar las funciones del Despacho del Director General y de la Dirección de Mejoramiento de Vivienda de la Caja de la Vivienda Popular para el adecuado cumplimiento de la misión institucional. Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar los numerales [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285#2.n.14) y [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285#2.n.15) al artículo 2° del Acuerdo 004 de 2008, asignando las siguientes funciones a la Dirección General: __ _“ARTÍCULO 2°. DESPACHO DEL DIRECTOR.__Son funciones de la Dirección General:_ __ _(…) 14._ __ _Expedir los actos administrativos mediante los cuales se resuelva las solicitudes de reconocimiento de edificaciones de viviendas de_ _interés social ubicadas en asentamientos legalizados urbanística y las licencias urbanísticas de construcción, así como aprobación otras actuaciones en las zonas o áreas que hayan sido objeto de legalización urbanística y en las cuales se adelanten planes, programas, proyectos o políticas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad de las viviendas de interés social formulados por la Secretaría Distrital del Hábitat._ __ _15. Adoptar los manuales específicos de funciones y competencias laborales, y el de procesos y procedimientos, así como los instructivos, formatos, reglamentos operativos y/o procedimientos internos que permitan el correcto funcionamiento y cumplimiento de la misión de la entidad.”_ __ ARTÍCULO SEGUNDO: Adicionar los numerales [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285#7.n.18) y [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285#7.n.19) al artículo 7° del Acuerdo 004 de 2008, asignando la siguiente función a la Dirección de Mejoramiento de Vivienda: __ _“ARTÍCULO 7°. DIRECCIÓN DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA.__Son funciones de la Dirección de Mejoramiento de Vivienda:_ __ _(…)_ __ _18. Apoyar técnicamente a los interesados en adelantar actos de reconocimiento de viviendas de interés social ubicadas en asentamientos legalizados urbanísticamente en especial en lo relacionado con el levantamiento arquitectónico de la construcción y el peritaje técnico, y en obtener licencias de construcción, así como la aprobación de otras actuaciones en las zonas o áreas que hayan sido objeto de legalización urbanística y en las cuales se adelanten planes, programas, proyectos o políticas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad de las viviendas de interés social formulados por la Secretaría Distrital del Hábitat._ __ _19. Elaborar los proyectos de actos administrativos de reconocimiento de viviendas de interés social ubicadas en asentamientos legalizados urbanísticamente, así como de las licencias de construcción y la aprobación de otras actuaciones en las zonas o áreas que hayan sido objeto de legalización urbanística y en las cuales se adelanten planes, programas, proyectos o políticas de mejoramiento de condiciones de habitabilidad de las viviendas de interés social formulados por la Secretaría Distrital del Hábitat”._ __ ARTICULO TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de diciembre del año 2020.

NADYA MILENA RANGEL RADA

Presidenta

MARIA MERCEDES MEDINA OROZCO

Secretaria

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