Acuerdo 001 de 2020
Acuerdo 001 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comité de Conciliación
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 001
- Año
- 2020
- Fecha
- 30 de diciembre de 2020
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comité de Conciliación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 001 DE 2020
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(Diciembre 30)
[Derogado por el art. 6, Acuerdo 001 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153500#6) _Por medio del cual se adopta la modificación al plan de acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico al interior de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor De Bogotá, D. C._
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EL COMITÉ DE CONCILIACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,
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En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 2.2.4.3.1.2.5 del Decreto Nacional 1069 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [90](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#90) de la Constitución Política establece que _“El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas”._ Que conforme al artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36199#16) del Decreto Nacional 1716 de 2009, compilado por el artículo [2.2.4.3.1.2.2.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.2) del Decreto Nacional 1069 de 2015 _“El Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad”._ Que el artículo 19 inciso [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36199#19) del Decreto Nacional 1716 de 2009, compilado por el artículo 2 2.4.3.1.2.5 inciso [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503#2.2.4.3.1.2.5) del Decreto Nacional 1069 de 2015 dispone que son funciones del Comité de Conciliación, entre otras, formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico.
Que el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062#39) del Decreto Distrital 430 de 2018 dispone que las entidades y organismos distritales deben prevenir conductas que puedan generar una lesión ilegítima o daños a los particulares o al mismo Distrito; que lleven a responder por los perjuicios causados y que para ello deben solucionar, mitigar o controlar la falencia administrativa o misional que genera litigiosidad.
Que el mismo artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062#39), señala que la política de prevención del daño antijurídico debe ser proferida por el Comité de Conciliación de la entidad u organismo distrital atendiendo los lineamientos que defina la Secretaria Jurídica Distrital.
Que la Secretaría Jurídica Distrital en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=80062#39) del Decreto Distrital 430 de 2018, expidió la Directiva [025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028#0) de 2018, por medio de la cual señaló los lineamientos metodológicos para la formulación y adopción de la Política de Prevención del Daño antijurídico por parte de los Comités de Conciliación de organismos y entidades distritales.
Que en cumplimento de la Directiva [025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82028#0) de 2018 de la Secretaría Jurídica Distrital, el Comité de Conciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo 001 de 2019, por medio del cual adoptó la política de prevención del daño antijurídico, aprobada en sesión No. 19 del 26 de septiembre de 2019.
Que dando cumplimiento a la norma _Ibídem_, el Comité de Conciliación de la Secretaría General realizó seguimiento y evaluación a la citada política, de conformidad con el plan de acción aprobado mediante el Acuerdo 001 de 2019, dando como resultado la necesidad de realizar una modificación al plan de acción inicialmente acordado. Que, de conformidad con señalado, es necesario adoptar e implementar la modificación a la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. En mérito de lo expuesto, el Comité de Conciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,
ACUERDA:
Artículo 1.
Adoptar la modificación al plan de acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., la cual hace parte integral de este Acuerdo.
Artículo 2.
La Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., deberá actualizar el instructivo para el seguimiento y evaluación de la misma.
Artículo 3.
Comunicar el presente Acuerdo a todas las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la entidad.
Artículo 4.
VIGENCIA.** El presente Acuerdo regirá a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104073#0) en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2020. LINA MARÍA SÁNCHEZ ROMERO Presidente del Comité de Conciliación Delegada de la Secretaria General
LUZ KARIME FERNÁNDEZ CASTILLO Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica
MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE Subsecretaria Corporativa
GINA ALEXANDRA VACA LINARES
Directora Administrativa y Financiera
E DGAR HENRY PACHECO VARGAS Subdirector de Seguimiento a la Gestión de Inspección, Vigilancia y Control
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