Decreto 331 de 2020
Decreto 331 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 331
- Año
- 2020
- Fecha
- 29 de diciembre de 2020
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 331 DE 2020
(Diciembre 29)
_Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2020_ _ _ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 130 del Acuerdo Distrital 761 de 2020,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital [744](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88356) del 6 de diciembre de 2019 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital [816](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88713) del 26 de diciembre de 2019.
Que de conformidad con el Artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que el artículo [130](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649#130) del Acuerdo Distrital 761 de 2020, por medio del cual se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, dispone: _“Ingresos por la prestación de servicio público catastral. Los ingresos que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital perciba como remuneración por la prestación del servicio público catastral, en su condición de gestor u operador catastral, harán parte de su presupuesto como rentas propias, serán recaudados directamente por la entidad y apropiados en su presupuesto mediante Decreto. La entidad podrá realizar gastos de preinversión, diseño, alistamiento y ejecución en el desarrollo de los contratos o convenios interadministrativos que suscriba en ejercicio de las funciones relacionadas con el catastro multipropósito_ ”.
Que en la vigencia 2020 la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital- UAECD celebró el convenio interadministrativo específico No. 8 de 2020 con el Área Metropolitana Centro Occidente - “AMCO”, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos para adelantar la conservación catastral multipropósito en los componentes: 1) Diagnóstico, 2) Conservación Catastral, 3) Observatorio Inmobiliario Catastral Multipropósito AMCO, 4) Componente Tecnológico Catastral, 5) Insumos cartográficos requeridos para la actualización catastral, en desarrollo del Convenio Interadministrativo Marco suscrito entre AMCO y la UAECD”, por un valor de $3.016.117.843, los cuales serán recibidos por la UAECD; en dinero efectivo $2.844.117.843 y en bienes y servicios $172.000.000.
Que como resultado de este convenio, la UAECD solicitó mediante oficio 2020EE4462701, la adición en su presupuesto de ingresos y gastos para la vigencia 2020 de $2.844.117.843. En este sentido, es procedente adicionar el Presupuesto Anual, tal como se detalla en el articulado. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020, en la suma de Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro Millones Ciento Diez y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Pesos M/cte. ($2.844.117.843), según el siguiente detalle:
Artículo 2°.
Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2020, en la suma de Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro Millones Ciento Diez y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Tres Pesos M/cte. ($2.844.117.843), según el siguiente detalle:
Artículo 3°.
Una vez expedido el presente Decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.
Parágrafo. En cumplimiento de las políticas de manejo y control del PAC, la Secretaría Distrital de Hacienda deberá ajustar el Programa Anual de Caja, de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia.
Artículo 4°.
El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104046). **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2020.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretaria Distrital de Hacienda
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…