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Decreto 335 de 2020

Decreto 335 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
335
Año
2020
Fecha
29 de diciembre de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 335 DE 2020 (Diciembre 29) _Por medio del cual se prorroga la vigencia de los empleos de carácter temporal de la planta de personal de la Secretaría Distrital de la Mujer creados mediante Decreto Distrital[388](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67015)de 2016_ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 “ _Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”,_ es aplicable a los empleados que prestan servicios en las entidades Distritales.

Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) ídem, adicionado por el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69314#6) del Decreto Nacional 894 de 2017, establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales les es aplicable dicha Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin, entre otros, de _“(…) b) Desarrollar programas o proyectos de duración determinada” y “c) Suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo”._ Que mediante Decreto Distrital [388](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67015) de 2016, se crearon ochenta (80) empleos de carácter temporal con vigencia hasta el 30 de junio de 2018, para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada.

Que mediante el Decreto Distrital [344](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79096) de 2018 se prorrogó la vigencia de dichos empleos de carácter temporal del 1 de julio de 2018, hasta el 30 de junio de 2019, posteriormente mediante Decreto Distrital 381 de 2019, fueron prorrogados del 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020 y finalmente mediante Decreto Distrital 157 del 30 de junio de 2020, se prorrogaron del 1 de julio de 2020 al 31 de diciembre de 2020.

Que el modelo de atención de las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres adoptado mediante el Acuerdo Distrital [583](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61237) de 2015, incluye servicios que permiten la activación de rutas de atención para la restitución y garantía de los derechos que les han sido vulnerados, tales como, realizar prevención y atención de violencias contra las mujeres, al igual que se brindan servicios como la orientación y asesoría socio - jurídica, atención psicosocial, coordinación interinstitucional y empoderamiento de las mujeres.

Que la Secretaría Distrital de la Mujer en cumplimiento del artículo 7 de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer _“Convención de Belem do Para”_, debe actuar con la debida diligencia y garantizar la atención permanente, oportuna, adecuada y de calidad a las mujeres víctimas de violencias, a través de las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, en las 20 localidades de la ciudad.

Que con el fin de garantizar la prestación del servicio que prestan las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, en especial la atención sicosocial y socio jurídica a las mujeres víctimas de violencias, se requiere contar con personal vinculado a la planta temporal en la Secretaría de la Mujer hasta el 31 de mayo de 2021.

Que mediante oficio N° 2020EE4089 del 18 de diciembre de 2020, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable respecto de la prórroga de la vigencia de los ochenta (80) empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, del 1 de enero hasta el 31 de mayo de 2021.

Que mediante oficio N° 2020EE198765O1 del 28 de diciembre de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal, para la prórroga de los ochenta (80) empleos de carácter temporal a partir del 1 de enero y hasta el 31 de mayo de 2021. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.

- Prorrogar desde el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, creados mediante Decreto Distrital [388](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67015) de 2016: | No. de cargos | Denominación | Código | Grado ---|---|---|--- 60 | Profesional Universitario | 219 | 12 20 | Auxiliar Administrativo | 407 | 18 80 | TOTAL EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL

Artículo 2.

-** Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 y el Decreto Nacional [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, y demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 3.

-** La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo preceptuado en los artículos [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 y [2.2.5.3.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.3.5) del Decreto Nacional 1083 de 2015, que fue adicionado por el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824#1) del Decreto Nacional 648 de 2017.

Artículo 4.

-** Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Artículo 5.

-** El presente Decreto Distrital rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104046).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

DIANA RODRIGUEZ FRANCO

Secretaria Distrital de la Mujer

NIDIA ROCÍO VARGAS

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

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