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Acuerdo 782 de 2020

Acuerdo 782 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
782
Año
2020
Fecha
26 de noviembre de 2020
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 782 DE 2020 __ (Noviembre 26) __ _Por medio del cual se establece como obligatoria la presentación, públicación y divulgación de declaración de renta, declaración juramentada de bienes y rentas, declaración proactiva de bienes y rentas y conflicto de intereses, para los servidores públicos de Bogotá y se dictan lineamientos para la publicación de los cargos de libre nombramiento y remoción en el Distrito Capital_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C., En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, **[Ver Proyecto de Acuerdo 199 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142246),[ Ver Circular Externa 011 de 2023 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167678)

ACUERDA:

ARTÍCULO 1.- El presente Acuerdo tiene por fin cumplir con los principios de transparencia y publicidad, para lo cual los servidores públicos de Bogotá deberán presentar, publicar y divulgar las declaraciones de renta, declaración juramentada de bienes y rentas, declaración proactiva de bienes y rentas y conflicto de intereses; con el fin que la ciudadanía ejerza el control social. ARTÍCULO 2.- Servidores públicos obligados. Se encuentran obligados a presentar, publicar y divulgar sus declaraciones de renta, declaración juramentada de bienes y rentas, declaración proactiva de bienes y rentas y conflicto de intereses a que se vean enfrentados con su condición de servidores públicos, los siguientes: 1. Secretarios y Subsecretarios del Despacho, los Directores y/o Jefes de Oficina de la Administración Central y sus Subdirectores, Coordinadores y Asesores. 2. Directores de Departamentos Administrativos, Unidades Administrativas, Establecimientos Públicos, Institutos, Fondos, y sus Subdirectores, Coordinadores, Jefes y Asesores. 3. Gerentes y Subgerentes de Empresas Industriales y Comerciales de Bogotá, Empresas de Servicios Públicos de Bogotá, Empresas Sociales del Estado, Sociedades Públicas, Sociedades de Economía Mixta y sus Subdirectores, Coordinadores, Directores, Jefes y Asesores. 4. Rector, Vicerrector, Secretario, Decanos, Coordinadores, Directores, Jefes y Asesores de la Universidad Francisco José de Caldas. 5. Personero Distrital, Contralor Distrital, Veedor Distrital, Delegados de los anteriores, Coordinadores, Directores, Jefes y Asesores. 6. Alcaldes locales, Asesores e Inspectores de Policía. 7. Todos los funcionarios y empleados públicos que tengan dirección y manejo al interior de las entidades vinculadas con la Administración central o descentralizadas, así como a las Unidades Administrativas y Empresas Industriales y Comerciales, las de Economía Mixta de Bogotá D.C. 8. Todas las personas que forman parte de las Juntas Directivas de las Empresas Industriales y Comerciales de Bogotá, Empresas de Servicios Públicos de Bogotá, Empresas Sociales del Estado, Sociedades Públicas, y Sociedades de Economía Mixta.

ARTÍCULO 3.- Los servidores obligados por el presente Acuerdo, deberán presentar, publicar y divulgar la información en los términos señalados en el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90256#5) de la Ley 2013 de 2019. En todo caso en armonía con el marco legal vigente. ARTÍCULO 4.- Dicha información será de carácter público y deberá publicarse en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP), así como en el Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública (SIDEAP) o herramientas que los sustituyan. Exceptuando los datos sensibles de conformidad con la Ley [1266](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34488#0) de 2008 y la Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012. ARTÍCULO 5.- Los servidores obligados por el artículo segundo del presente Acuerdo deberán presentar, publicar y divulgar anualmente, declaración juramentada de bienes y rentas, declaración proactiva de bienes y rentas y conflicto de intereses, con el fin de actualizar la información inicialmente presentada y así permitir la comparación patrimonial, ya sea que se incremente o se reduzca y la justificación de la misma. ARTÍCULO 6.- El incumplimiento a las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo acarreará sanciones disciplinarias y/o penales, según lo establecido en la ley.

ARTÍCULO 7.- Previo a la designación del cargo de libre nombramiento y remoción en la Administración, cinco (5) días antes se publicará la hoja de vida del ciudadano postulado a ocupar este cargo, con el fin de hacer pública la información a la ciudadanía. ARTÍCULO 8.- Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su [divulgación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=101766#0).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN Presidente

ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA Secretaria General de Organismo de Control

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