Decreto 250 de 2020
Decreto 250 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 250
- Año
- 2020
- Fecha
- 18 de noviembre de 2020
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 250 DE 2020
**(Noviembre 18)
**[Derogado por el Decreto Distrital 497 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129503)
_Por medio del cual se delega la participación de la Alcaldesa Mayor en la junta de conservación de los monumentos nacionales Hospital San Juan de Dios y del Instituto Materno Infantil_
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA D.C.,
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 40 del Decreto ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 735 de 2002 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5223#1) de la Ley 735 de 2002, se declararon como monumentos nacionales, al Hospital San Juan de Dios y al Instituto Materno Infantil, ubicados en la ciudad de Bogotá, D.C.
Que por medio del artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5223#2) ídem, se creó la junta de conservación de los monumentos nacionales en mención, integrada por los ministros de Salud, Cultura y Educación Nacional, el/la alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. y el Gobernador de Cundinamarca o sus delegados.
Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998, contempla la facultad de las autoridades administrativas de transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades administrativas con funciones afines o complementarias, mediante acto de delegación.
Que el artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#40) del Decreto Ley 1421 de 1993 autoriza a la alcaldesa mayor a delegar las funciones que le hayan sido asignadas por la ley y los acuerdos en los secretarios, jefes de departamento administrativo, gerentes o directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, en las juntas administradoras y en los alcaldes Locales.
Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo 257 de 2006, autoriza a las autoridades distritales a delegar sus funciones en sus colaboradores u otras autoridades con funciones afines o complementarias.
Que como consecuencia de lo anterior, la alcaldesa mayor de Bogotá, delega su participación en la junta creada por el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5223#2) de la Ley 735 de 2002. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
-** Delegar en el/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., la participación de la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., en la junta de conservación de los monumentos nacionales Hospital San Juan de Dios y del Instituto Materno Infantil, de que trata el artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5223#2) de la Ley 735 de 2002.
Parágrafo. \- Para el ejercicio de la función delegada, el/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., contará con la asesoría, orientación y colaboración del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural -IDPC, teniendo en cuenta la especialidad y al ámbito funcional de dicha entidad. Artículo 2°. \- Comuníquese el presente acto aI/la gerente general de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., al/la directora/a del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC- y a la secretaria Distrital de Planeación, así como al Ministerio de Cultura, esta última entidad, en razón del ejercicio de la secretaria técnica de la junta a que se refiere el presente decreto. Artículo 3°. \- El presente decreto rige a partir del día siguiente a su expedición y deroga el Decreto [410](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=10352) de 2003 y las demás disposiciones que le sean contrarias. **COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de noviembre del año 2020.
CLAUDIA NAYIBE LOPEZ HERNANDEZ Alcaldesa Mayor
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