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Acuerdo 056 de 2020

Acuerdo 056 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Tipo
Acuerdo
Número
056
Año
2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Entidad
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 056 DE 2020

(Octubre 29)

_Por medio del cual se emite concepto favorable a una solicitud de autorización para asumir obligaciones en la vigencia 2020 que afectan el presupuesto de vigencias futuras ordinarias en Gastos de Inversión_ __ LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – E.S.P.,

en ejercicio de sus facultades legales y estatuarias consagradas en el literal d, numeral 3 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.

Que el Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 “ _Por el cual se reglamentan y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales_ ”, en el artículo 38 sobre el tema de vigencias futuras ordinarias, prevé: _“El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:_ __ _a) El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas del Plan de Desarrollo Distrital, las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo del Distrito Capital y el Plan Financiero Plurianual._ __ _b) Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en las que éstas sean autorizadas._ __ _El CONFIS Distrital se abstendrá de otorgar la autorización si los proyectos objeto de la vigencia futura no están consignados en el Plan de Desarrollo respectivo y si, sumados todos los compromisos que se pretendan adquirir por esta modalidad y sus costos futuros de mantenimiento y/o administración, exceden la capacidad de endeudamiento de la Empresa._ __ _La autorización por parte del CONFIS Distrital no podrá superar el respectivo período de Gobierno. Se exceptúan los proyectos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. Esta vigencia futura podrá concederse en el último año de gobierno, siempre y cuando el proyecto de inversión sea declarado de importancia estratégica previamente por el Consejo de Gobierno._ __ _Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y las conexas no requieren autorización por parte del CONFIS Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras. Dichos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público”._ Que la Empresa requiere desarrollar unos proyectos en Gastos de Inversión, que de no contratarse, podrían ocasionar parálisis o afectación en la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, por lo cual se hace necesario solicitar una autorización de Vigencias Futuras de carácter ordinario por valor de $3.407.000.000, como se detalla a continuación:

Que conforme al escenario de aprobaciones de vigencias futuras y al de financiación que se muestran a continuación, las autorizaciones de vigencias futuras para Gastos de Inversión, objeto de esta solicitud, están cubiertas por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito. ESCENARIO DE APROBACIONES DE VIGENCIAS FUTURAS Escenario De Financiación De Las Vigencias Futuras Fuente: Plan Financiero Plurianual * Incluyen las C X P reflejadas en Plan Financiero ** Cupo Global de Convenios, Fdo Plan Expansión, Fondo Obligaciones Contingentes, Fondo Equipos Siniestrados, Fondo C X P Liberadas, T. Admón Cent. Rio Bogotá, Patrimonio Autónomo Pensional, Transferencias Otras Empresas.

Que conforme a la certificación de la Dirección de Presupuesto de la EAAB-ESP, los gastos cumplen con el requisitos de tener mínimo el 15% de la sumatoria de las vigencias futuras solicitadas en la vigencia 2020, y en sesión No. 2608 de la Junta Directiva de la EAAB – ESP, adelantada el 29 de octubre de 2020, por unanimidad los miembros de Junta emitieron concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos en la vigencia 2020 que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021 y 2022, con carácter de ordinarias por TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES DE PESOS M/ CTE ($3.407.000.000).

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos en la vigencia 2020, que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021 y 2022, con carácter de ordinarias por TRES MIL CUATROCIENTOS SIETE MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.407.000.000), conforme al siguiente detalle: $ Corrientes

Artículo segundo.

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes octubre del año 2020.

NADYA MILENA RANGEL RADA

Presidente

HEYBY POVEDA FERRO

Secretaria

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