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Acuerdo 050 de 2020

Acuerdo 050 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Tipo
Acuerdo
Número
050
Año
2020
Fecha
14 de octubre de 2020
Entidad
Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 050 DE 2020

(Octubre 14)

_Por medio del cual se emite concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – E.S.P., E n ejercicio de sus facultades legales y estatuarias consagradas en los artículos 12 y 13 del Decreto Distrital 662 de 2018 y el literal D, numeral 1 del artículo 11 del Acuerdo 05 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 1 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, emitir concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto de la Empresa para la siguiente vigencia fiscal.

Que el Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 “Por el cual se reglamentan y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales”, en el artículo 12 sobre el tema de elaboración del Anteproyecto de Presupuesto, señala: _“ARTÍCULO 12°. - ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO. Corresponde al Representante Legal de cada Empresa elaborar el Anteproyecto de Presupuesto para la siguiente vigencia fiscal y presentarlo para concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo respectivo._ __ _Las entidades a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto, deberán incluir a título informativo en el anteproyecto de presupuesto, la siguiente documentación:_ __ _a, El Plan Financiero, el cual deberá incluir el detalle de las estrategias en materia de ingresos para lograr dichas proyecciones y en materia de gastos, un análisis de su recurrencia y las estrategias para garantizar su financiamiento y sostenibilidad._ __ _b. Las acciones y medidas específicas en las que se sustenta el cumplimiento de las metas contempladas en el Plan Financiero, con sus correspondientes cronogramas de ejecución._ __ _c. Un informe de resultados fiscales de la vigencia fiscal anterior. Este informe debe incluir, en caso de incumplimiento de las metas fijadas en el año anterior, una explicación de cualquier desviación respecto a las metas y las medidas necesarias para corregirlas._ _ __d. Relación de las cuentas o compromisos por pagar y de los contingentes que puedan afectar la situación financiera de la entidad._ __ _(…)”_ __ Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#13) del Decreto 662 de 2018 establece: _“ARTÍCULO 130. - PRESENTACIÓN Y ESTUDIO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO. El Representante Legal enviará el proyecto de presupuesto a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y a la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital para su revisión y recomendaciones al CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo (…).”_ Que mediante Resolución 3832 del 18 de octubre de 2019 la Dirección General de Apoyo Fiscal, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el catálogo de clasificación presupuestal para entidades territoriales y sus descentralizadas – CCPET.

Que el artículo 5 de la Resolución 3832, en mención, establece: _“…Las Entidades Territoriales y sus Descentralizadas programaran y ejecutaran el presupuesto 2020 con el clasificador que estén usando en la actualidad. Para la programación y ejecución del presupuesto de 2021 y siguientes, aplicaran únicamente el CCPET (…)”._ __ Que este anteproyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones cuenta con el estudio previo de las Gerencias Corporativas Financiera y de Planeamiento y Control de la EAB-ESP.

Que en sesión extraordinaria No 2607 del 14 de octubre de 2020 la Junta Directiva recomienda presentar para aprobación del CONFIS Distrital el Anteproyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo primero.

Emitir concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, en la suma de CINCO BILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS ($5.278.902.649.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Artículo segundo.

Emitir concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2021, en la suma de CINCO BILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL PESOS ($5.278.902.649.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Artículo tercero.

El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes octubre del año 2020.

NADYA MILENA RANGEL RADA

Presidente

HEYBY POVEDA FERRO **

Secretaria**

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