Acuerdo 771 de 2020
Acuerdo 771 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 771
- Año
- 2020
- Fecha
- 21 de agosto de 2020
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 771 DE 2020
(Agosto 21)
_Por el cual se fortalece la gestión y generación de conocimientos sobre salud y enfermedades de origen zoonótico de interés en salud pública, en el Distrito Capital_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en la Constitución Política y en el Artículo 12, numeral 1º del Decreto Ley 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 043 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142085)
ACUERDA:
A
RTÍCULO 1.** La Secretaría Distrital de Salud promoverá la creación de _“las alianzas para la gestión y generación de conocimientos sobre salud y enfermedades de origen zoonótico de interés en salud pública”_, para aunar esfuerzos entre diversos sectores y actores que entreguen herramientas y permitan a la ciudadanía vivir con salud, en armonía con la naturaleza, el medio ambiente. Esta estrategia estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, con la participación activa de la Secretaría Distrital de Ambiente y de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Parágrafo 1. El diseño, implementación y desarrollo de las alianzas estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Salud, en el marco de la estrategia de atención primaria en salud.
Parágrafo 2. Las acciones que se desarrollen deberán retroalimentar a los diferentes observatorios de Bogotá D.C.
Artículo 2.
Las entidades mencionadas en el artículo anterior, desde sus competencias, serán las encargadas de promover, implementar y desarrollar las acciones de las alianzas para la gestión y generación de conocimientos sobre salud ambiental, impactos del cambio climático, los eventos transmisibles de origen Zoonótico de interés en salud pública.
Artículo 3.
Las entidades responsables podrán convocar a otros sectores y entidades del orden distrital, como departamental, regional y nacional, tanto públicas como privadas, dependiendo de las necesidades evidenciadas para el fortalecimiento de la gestión y generación de conocimientos sobre salud y enfermedades de origen zoonótico de interés en salud pública, en el Distrito Capital.
Artículo 4.
Las investigaciones que se adelanten se regirán por la normatividad de derechos de autor y propiedad intelectual y tendrán como mínimo, las siguientes pautas: a) Discusión racional: Sensibilidad a los argumentos y rigor en la discusión. b) Escritura y organización de la acción: Toda investigación tendrá su correlato escrito o su traducción en una representación gráfica. c) Organización de la acción: Reconociendo los puntos a) y b) se articulará la investigación en una ruta de acción, que incida en la transformación de la salud pública, ambiental y animal.
Artículo 5.
Las investigaciones, los estudios y análisis de datos nuevos y existentes, se adelantarán y estarán guiados por el rigor, la buena sintaxis en la escritura y en las prácticas, la mutua regulación entre los integrantes de este diálogo de saberes. Esto promoverá calidad y el uso impecable de los recursos públicos.
Parágrafo 1. Las investigaciones para fortalecer la gestión y generación de conocimientos sobre salud y enfermedades de origen zoonótico de interés en salud pública, podrán incluir el diálogo de saberes, incluyendo los ancestrales, así como, creencias y experiencias, trabajando de manera articulada con las instituciones educativas y otros actores sociales.
Parágrafo 2. Estas investigaciones tendrán divulgación y publicidad a través de los canales institucionales, tanto públicos como privados.
Artículo 6.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96105). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.**
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2020.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Presidente
ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA
Secretaria General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.
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