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Decreto 177 de 2020

Decreto 177 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
177
Año
2020
Fecha
28 de julio de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 177 DE 2020

**(Julio 28)

[Derogado por el art. 2, Decreto 103 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153819#2) __ _Por medio del cual se designan los miembros de la junta directiva del Instituto Distrital de Turismo_ __ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D, C.**

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 3 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 y el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#3) del Acuerdo Distrital 275 de 2007, estableció que la junta directiva del Instituto Distrital de Turismo estará conformada por el/la alcalde/sa mayor o su delegado/a, que será el/la secretario/a Distrital de Desarrollo Económico y quien se encargará de presidirla, cuatro miembros designados libremente por el/la alcalde/sa mayor de Bogotá, D.C. y el Director(a) General del Instituto, con voz pero sin voto.

Que el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital serán designados libremente por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C.

Que por lo anterior, se hace necesario designar los miembros de la junta directiva del Instituto Distrital de Turismo. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.-** La junta directiva del Instituto Distrital de Turismo, estará conformada por los siguientes miembros: a. La alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., o su delegado/a que será el/la Secretario/a Distrital de Desarrollo Económico, quien la presidirá. b. El/la Secretario/a Distrital de Cultura, Recreación y Deporte o su delegado/a. c. El/la Secretario/a Distrital de Planeación o su delegado/a. d. La señora María Eugenia Rey Rengifo, identificada con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX. e. La señora Lina María Ossa Aristizábal, identificada con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX.

Parágrafo 1. -** El/la directora/a general del Instituto Distrital de Turismo formará parte de la junta directiva, con voz pero sin voto.

Parágrafo 2. -** La comunicación a los miembros señalados en los literales d) y e), se efectuará por intermedio de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Artículo 2.

-** El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto [365](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54367) de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a Ios 28 días del mes de julio del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

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