Acuerdo 002 de 2020
Acuerdo 002 de 2020 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 002
- Año
- 2020
- Fecha
- 2 de mayo de 2020
- Entidad
- Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 002 DE 2020
(Mayo 02) _Por el cual se modifica el Acuerdo[002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#0)de enero 2 de 2007 y se asigna una función_ _a la Subdirección de fortalecimiento de la organización social del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal_
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL - IDPAC
En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el literal e) del artículo 55 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. y el literal e) del artículo 29 del acuerdo 0001 de 2007 expedido por la Junta Directiva del IDPAC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#0) de 2006, se transformó el Departamento Administrativo de Acción Comunal en el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Gobierno.
Que el artículo [54](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#54) del mencionado acuerdo distrital, señala que “ _La dirección del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal estará a cargo de la Directora o Director General y de la Junta Directiva_, señalando que esta última estará conformada por “ _el Alcalde o Alcaldesa Mayor o su delegado o delegada que será la secretaria o secretario cabeza de sector, quien la presidirá, y cinco (5) miembros, los cuales ser_ án designados libremente por el _Alcalde o Alcaldesa Mayor, procurando la participación de las organizaciones sociales y comunales.”._ Que adicionalmente el Acuerdo 257 de 2006, asignó en su artículo 53, las funciones básicas del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, indicando en el literal [d)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#53.n.d):_“_ _Ejercer y fortalecer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las organizaciones comunales de primero y segundo gradoy sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá, en concordancia con la normativa vigente en particular con la Ley 743 de 2002 o la norma que la modifique o sustituya_.” (Nr. Fuera de texto). Que, el literal [e)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28839#29.l.e) del artículo 29 del Acuerdo 01 del 2 de enero 2007, por el cual se adoptan los Estatutos Internos del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, establece como función de la Junta Directiva, entre otras: “ _e)
Determinar la estructura interna del Instituto, señalar las funciones básicas de cada una de sus dependencias_.” Que, en el marco de dicha función, la Junta Directiva del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, determinó el objeto, estructura organizacional y las funciones del Instituto, mediante el Acuerdo [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#0) de 2007, modificado por los Acuerdos [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28471#0) de 2007 y [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35846) de 2008.
Que la función de ejercer y fortalecer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las organizaciones comunales de primero y segundo grado _,_ fue asignada a la Subdirección de Asuntos Comunales del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, como señala el numeral [4.5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28471#4.5) del Acuerdo 006 de 2007, que modificó el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#10) del Acuerdo 002 de 2007.
Que adicionalmente, el numeral [4.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28471#4.2) del Acuerdo 006 de 2007, que modificó el artículo [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#5) del Acuerdo No. 002 de 2007, asignó a la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, la función de _“(…) h) Surtir los trámites jurídicos y proyectar los actos administrativos necesarios para firma del representante legal de la entidad, relacionados con el ejercicio de la inspección, vigilancia y control sobre las organizaciones comunales de primer y segundo grado del Distrito Capitaly sobre las demás organizaciones sociales que le asigne la normatividad vigente_ ” (Nr. Fuera de texto).
Que el Acuerdo [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#0) de 2007 y sus acuerdos modificatorios, omitieron asignar la __ función de ejercer y fortalecer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá D.C., por lo tanto, dicha función no se encuentra determinada a ninguna de las __ dependencias del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.
Que de conformidad con lo establecido en el numeral [4.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28471#4.6) del Acuerdo 006 de 2007 emitido por la Junta Directiva del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, que modificó el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#11) del Acuerdo No. 002 de 2007, la Subdirección de Fortalecimiento de la Organización Social tiene como función promover la participación, realizar el diagnóstico y determinar las necesidades de fortalecimiento que requieran las poblaciones y organizaciones de Mujer y Género, Juventud y Etnias.
Que en ejercicio de la facultad consagrada en los literales [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#56.l.a) y [h)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#56.l.h) del artículo 56 del Acuerdo 257 de 2006, el Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, ha evidenciado la necesidad de modificar el Acuerdo [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#0) de 2007, al ser imperativo asignar la función de ejercer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá D.C., a fin de cumplir con la función asignada mediante Acuerdo Distrital.
Que en consecuencia, el Director sometió a consideración de la Junta Directiva, adicionar un (01) literal a las funciones conferidas a la Subdirección de Fortalecimiento de la Organización Social del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, de conformidad con lo ordenado en el Acuerdo [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#0) de 2006.
Que Ia Junta Directiva del Instituto Distrital de Ia Participación y Acción Comunal, en sesión virtual efectuada entre las 8:00 a.m. del 18 de mayo y las 5:00 p.m. del 19 mayo de 2020, según consta en Acta 01 del 19 de mayo de 2020, aprobó la asignación de la función de ejercer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá D.C. a la Subdirección de Fortalecimiento de la Organización Social del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.
Que en mérito de lo expuesto, la Junta Directiva del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: ADICIONAR** el literal [n)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#11.l.n) a las funciones conferidas a la Subdirección de Fortalecimiento de la Organización Social del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal,
señaladas en el artículo [11°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28572#11) del Acuerdo 002 de 2007, modificado por el numeral [4.6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28471#4.6) del Acuerdo 006 de 2007, así: _n. Ejercer y fortalecer el proceso de inspección, control y vigilancia sobre las fundaciones o corporaciones relacionadas con las comunidades indígenas cuyo domicilio sea Bogotá D.C., de acuerdo con las normas legales vigentes._
[Ver art. 7, Acuerdo 004 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127258#7)**
Artículo segundo.
VIGENCIA.** El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94808) en el Registro Distrital.
Artículo tercero.
Una vez publicado el presente acto administrativo, ordénese la modificación del manual de funciones y procedimientos del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de mayo del año 2020. LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO
Presidente de la Junta Directiva
PABLO CÉSAR PACHECO RODRÍGUEZ
Secretario Técnico - Junta Directiva
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