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Decreto 168 de 2020

Decreto 168 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
168
Año
2020
Fecha
10 de julio de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 168 DE 2020

(Julio 10) __ _Por medio del cual se concede la Medalla Cívica “Ciudad de Bogotá” y la Medalla “Ciudad de Bogotá” a unos servidores públicos en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con el servicio, su contribución para garantizar y propender por la convivencia y seguridad ciudadana y la lucha contra las organizaciones criminales en la ciudad de Bogotá_

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital [637](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65633#0) de 2016 modificó parcialmente el Acuerdo Distrital [257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006, creando el Sector Administrativo de Seguridad, Convivencia y Justicia, integrado por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, y modificó el Sector Administrativo de Gobierno, así como el objeto y funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno y dispuso que la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia asumiría las funciones y programas que venía realizando la Secretaría Distrital de Gobierno en materia de Seguridad, Convivencia y Justicia.

Que mediante el Decreto Distrital [555](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#0) de 2016, adicionado por el Decreto Distrital [087](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83067#0) de 2019, se estableció _“(…) la Medalla Cívica “Ciudad de Bogotá” y la Medalla “Ciudad de Bogotá” y otras Distinciones, (…)”_ y se derogaron expresamente los Decretos Distritales [693](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1666#0) de 1971, [625](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1939#0) de 1972, [626](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=42786#0) de 1974, [480](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4898#0) de 1991, [393](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15524#0) de 2004, [241](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31684#0) y [349](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33227#0) de 2008 y las Resoluciones Distritales [615](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8764#0) de 2001 y [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=42189#0) de 2011.

Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#1) ídem dispone que la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_ se otorgará a colombianos o extranjeros eminentes.

Que el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#4) ibidem señala que la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_ se concederá al Oficial, Sub-Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, que por sus méritos y servicios especiales al Distrito Capital y la Policía Nacional en el año inmediatamente anterior, se haga acreedor a ella por actos de valor, distinción en el cumplimiento del deber y buena conducta.

Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#19) ejusdem señala que la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_, podrá concederse como reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial y a los ciudadanos colombianos o extranjeros eminentes que se hayan distinguido por su compromiso con Bogotá a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad, el bienestar de sus habitantes, la cultura ciudadana y el civismo.

Que el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67658#20) ibídem dispone que la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_ podrá concederse al Oficial, Sub Oficial y Nivel Ejecutivo de la Policía Metropolitana de Bogotá, en los términos y condiciones previstos en el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92140#4) del referido Decreto.
Que mediante oficio S-2020 / SIJIN-MEBOG29.25 del 09 de julio de 2020, el Brigadier General OSCAR ANTONIO GÓMEZ HEREDIA, Comandante de Policía Metropolitana de Bogotá, solicitó a la señora Alcaldesa Mayor de Bogotá lo siguiente: _“(..) estudie la posibilidad de conceder la condecoración Medalla Alcaldía de Bogotá al personal que se relaciona más adelante._ __ _Por su liderazgo, compromiso institucional y responsabilidad en el desarrollo de las labores investigativas, quienes logran la desarticulación del GDCO denominado LOS CRONOS._ _Gracias a las actividades adelantadas por los investigadores se logró evidenciar que la estructura de ‘Los Cronos’, estaría conformada por ‘Goku’, ‘Angie’, ‘Julio’, ‘Veneco’ y ‘Ciego’. Gracias al trabajo profesional, investigativo y de inteligencia, un juez avaló las ordenes de captura que se hicieron efectivas, el día 05 de julio del año en curso, a las 21:00 horas, en varios puntos de la capital, para ello fue necesario el rastreo de 350 cámaras de Bogotá. Así se identificaron todos los vehículos que participaron en el hecho delictivo. También se hicieron análisis morfológicos e interceptación de líneas telefónicas. Ya con todo el material probatorio se realizaron cinco allanamientos en Usme, Bosa y Ciudad Bolívar y, con el fin de materializar las capturas._ __ _Que respecto al personal uniformado antes indicado se allegaron certificados de antecedentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Policía Nacional, la Oficina de Atención al Ciudadano MEBOG y el Grupo de Seguimiento y Control Disciplinario de MEBOG (sistema de información disciplinaria SIJUR), señalando que el referido personal uniformado no presenta sanciones de tipo disciplinario, fiscal, penal o quejas contra ellos vigentes._ __ _La Fiscalía General de la Nación, en la audiencia les imputó los delitos de hurto calificado y agravado, concierto para delinquir y secuestro simple, caso puesto a disposición ante el Juzgado 44 Penal Municipal con Función de Garantías, Investigación adelantada con NUNC. 1100161081122019-80008, en coordinación con la Fiscalía 383 Seccional Estructura de apoyo.__ __Resultados como estos permite que la Policía Metropolitana de Bogotá en un trabajo mancomunado con la Fiscalía General de la Nación, Seccional Bogotá y la Alcaldía Mayor, continúan generando estrategias para combatir la delincuencia en todas sus modalidades, y de esta manera dar respuesta oportuna a los capitalinos._ __ _Esta noticia fue de trascendencia nacional, ya que impactó positivamente la seguridad ciudadana de la capital, difundida por todos los medios abiertos; así mismo, mediante la disposición de todo el componente judicial se logró con inmediatez la identificación de los sospechosos, los cuales quedaron a buen recaudo de las autoridades competentes, con medidas de aseguramiento intramural sin derecho a recursos._ __ _Estos resultados operativos contribuyen a la disminución de los índices delincuenciales; así mismo por el valor agregado en las actividades propias del servicio, permitiendo mantener la seguridad de nuestros conciudadanos._ __ _En medios de comunicación la alcaldesa mayor de la Ciudad de Bogotá, Claudia López, durante la rueda de prensa en la que se anunció la captura de ‘Los Cronos’, que estarían detrás de hurtos como el de la joyería, reconoció la estrategia de Seguridad Ciudadana, y la articulación de capacidades investigativas y de inteligencia con la Policía Nacional, lo que permitió recopilar material probatorio suficiente para identificar, capturar y judicializar a los cinco presuntos integrantes de la red delincuencial ‘Los Cronos’.__ _Personal comprometido: | GR | CÉDULA | APELLIDOS Y NOMBRES ---|---|--- CR | 42100250 | MARIA ELENA GOMEZ MENDEZ TC | 13719785 | PARRA ARCHILA JAIR ALONSO MY | 80133052 | RAMOS RUIZ ADRIAN EDUARDO MY | 80231879 | PINZÓN GONZÁLEZ WALTHER ORLANDO MY | 52985067 | RINCON JIMENEZ CAROLINA MY | 17419342 | PEÑA MARTÍNEZ JAIME LEONARDO CT | 80726365 | ESPINOSA ABRIL JHONNY EDUARD CT | 93237424 | GUZMÁN GALLO JOSE YESID CT | 9725674 | CALDERÓN MARULANDO JHON WILLIAM ST | 1090505457 | GUTIÉRREZ NÚÑEZ IVÁN ANDRÉS IT | 79924316 | OSORIO JIMÉNEZ MAURICIO FERNANDO SI | 33945340 | MEJÍA SÁNCHEZ CLAUDIA TATIANA PT | 1069722402 | CARO DAZA SEGUNDO ARMANDO PT | 1013622854 | GUERRERO ALVARADO YOHAN STEVEN PT | 1121882750 | VELASQUEZ TELLEZ BRIAN STIVEN PT | 1124865272 | URBANO RIVERA KEVIN MAURICIO PT | 1054924973 | VELÁSQUEZ ARROYAVE LUIS FERNANDO PT | 1014245422 | DÍAZ AMAYA HERNÁN FERNEY Que la Fiscalía General de la Nación Seccional Bogotá manifestó a la señora Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., que _“En virtud a las funciones que le son otorgadas como Alcalde Mayor de Bogotá para conceder reconocimiento a los funcionarios de cualquier orden territorial que se hayan distinguido por su compromiso con la capital, a través de acciones que propendan por la convivencia, la seguridad y el bienestar de sus habitantes”,_ como consecuencia de lo antes mencionado deja _“a su consideración para condecorar”_ a cuatro funcionarios de la Fiscalía General de la Nación.

Que en tal sentido, se solicita conceder la Medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_ a los siguientes servidores de la Fiscalía General de las Nación, como reconocimiento a su extraordinaria labor por sus invaluables servicios en la lucha contra la criminalidad y la desarticulación de este tipo de organizaciones delictivas:

CARGO| CÉDULA| APELLIDOS Y NOMBRES ---|---|--- Asesor III Seccional de Fiscalías de Bogotá| 35507095| MYRIAM ROJAS PARRA Fiscal Jefe de Unidad Estructura de Apoyo EDA| 79458623| JORGE RICARDO ORTIZ AVILA Fiscal 383 Unidad Estructura de Apoyo EDA| 20922709| ELBA RUBIELA MANCERA PAEZ Fiscal 39 Unidad Estructura de Apoyo EDA| 35221416| OLGA LUCIA VENEGAS CASTRO Que respecto al personal postulado por la Fiscalía Seccional de Bogotá se verificaron los certificados de antecedentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Policía Nacional señalando que el referido personal no presenta sanciones de tipo disciplinario, fiscal y penal, vigentes Que el Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia postuló para recibir la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_ a dieciocho (18) uniformados, todos pertenecientes a la Policía Nacional de Colombia.

Que, respecto al personal uniformado postulado por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, el oficial de enlace de la Policía allegó los certificados de antecedentes expedidos por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Policía Nacional señalando que el referido personal uniformado a la fecha no presenta sanciones de tipo disciplinario, fiscal y penal.

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ y otras Distinciones decidió, según consta en acta de sesión No. 2 de fecha 09 de julio de 2020, otorgar la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_, a los miembros de la Fuerza Pública, relacionados en la parte resolutiva del presente decreto, que por sus méritos e invaluables servicios han contribuido al mejoramiento de la seguridad ciudadana del Distrito Capital, por lo tanto, se hacen acreedores a esa condecoración.

Que en la misma sesión el referido Consejo de la Orden Civil al Mérito _“Ciudad de Bogotá”_ y otras Distinciones, decidió conceder la medalla Cívica _“Ciudad de Bogotá”_ a unos servidores de la Fiscalía General de la Nación, relacionados en la parte resolutiva del presente decreto, en atención a sus méritos y servicios especiales en contribución a la seguridad y convivencia del Distrito Capital.

Que por lo anterior, se hace necesario realizar un justo reconocimiento a los miembros de la Fuerza pública y a los servidores de la Fiscalía General postulados, que se relacionan en la parte resolutiva del presente decreto, en reconocimiento a su labor, entrega y compromiso con la seguridad y convivencia del Distrito Capital.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

- OTORGAR** la Medalla _“Ciudad de Bogotá”_ al personal de la Policía Nacional de Colombia que se relaciona a continuación:

GR | CÉDULA | APELLIDOS Y NOMBRES ---|---|--- CR | 42100250 | MARIA ELENA GOMEZ MENDEZ TC | 13719785 | PARRA ARCHILA JAIR ALONSO MY | 80133052 | RAMOS RUIZ ADRIAN EDUARDO MY | 80231879 | PINZÓN GONZÁLEZ WALTHER ORLANDO MY | 52985067 | RINCON JIMENEZ CAROLINA MY | 17419342 | PEÑA MARTÍNEZ JAIME LEONARDO CT | 80726365 | ESPINOSA ABRIL JHONNY EDUARD CT | 93237424 | GUZMÁN GALLO JOSE YESID CT | 9725674 | CALDERÓN MARULANDO JHON WILLIAM ST | 1090505457 | GUTIÉRREZ NÚÑEZ IVÁN ANDRÉS IT | 79924316 | OSORIO JIMÉNEZ MAURICIO FERNANDO SI | 33945340 | MEJÍA SÁNCHEZ CLAUDIA TATIANA PT | 1069722402 | CARO DAZA SEGUNDO ARMANDO PT | 1013622854 | GUERRERO ALVARADO YOHAN STEVEN PT | 1121882750 | VELASQUEZ TELLEZ BRIAN STIVEN PT | 1124865272 | URBANO RIVERA KEVIN MAURICIO PT | 1054924973 | VELÁSQUEZ ARROYAVE LUIS FERNANDO PT | 1014245422 | DÍAZ AMAYA HERNÁN FERNEY

Artículo 2º.

- OTORGAR** la Medalla Cívica _“Ciudad_ _de Bogotá”_ __ a los siguientes servidores de la Fiscalía General de las Nación, como reconocimiento a su extraordinaria labor por sus invaluables servicios en la lucha contra la criminalidad y la desarticulación de este tipo de organizaciones delictivas:

CARGO | CÉDULA | APELLIDOS Y NOMBRES ---|---|--- Asesor III Seccional de Fiscalías de Bogotá | 35507095 | MYRIAM ROJAS PARRA Fiscal Jefe de Unidad Estructura de Apoyo EDA | 79458623 | JORGE RICARDO ORTIZ AVILA Fiscal 383 Unidad Estructura de Apoyo EDA | 20922709 | ELBA RUBIELA MANCERA PAEZ Fiscal 39 Unidad Estructura de Apoyo EDA | 35221416 | OLGA LUCIA VENEGAS CASTRO

Artículo 3º.

\- En ceremonia especial la señora Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de las condecoraciones descritas en este Decreto.

Artículo 4º.

\- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=94462#0)

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de julio del año 2020.

HUGO ACERO VELÁSQUEZ

Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

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