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Decreto 115 de 2020

Decreto 115 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
115
Año
2020
Fecha
16 de abril de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 115 DE 2020

**(Abril 16)

**[Derogado por el art. 2, Decreto 160 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154663#2)

_Por medio del cual se designan los miembros del consejo directivo del Instituto Distrital de Artes- IDARTES_ __ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 3 del Acuerdo Distrital 440 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el citado artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito serán designados libremente por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C.

Que el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39887#3) del Acuerdo Distrital 440 de 2010, dispuso que el consejo directivo del Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, estará conformado por la alcaldesa mayor o su delegado, quien lo presidirá, y cuatro miembros designados por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C, Así como la directora o director general, con voz, pero sin voto.

Que por lo anterior, se hace necesario designar los miembros del Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes- IDARTES. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1-** El consejo directivo del Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, estará integrado por los siguientes miembros: a. La alcaldesa mayor de Bogotá D.C., o su delegado que será el secretario distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien lo presidirá. b. El director del Instituto Distrital de Recreación Deporte- IDRD o su delegado, c. El secretario distrital de Hacienda o su delegado. d. El/la gerente general de Canal Capital o su delegado. e. El señor Juan David Correa Ulloa identificado con la cedula de ciudadanía No. 79.786.453, como representante del sector privado.

Parágrafo primero. El (la) Director (a) General del Instituto hará parte de la Junta, con voz, pero sin voto.

Parágrafo segundo. La comunicación al miembro señalado en el literal e) se efectuará por conducto de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Artículo 2.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto [084](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65254) de 2016 y las demás disposiciones que le sean contrarias. **COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de abril del 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

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