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Decreto 104 de 2020

Decreto 104 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
104
Año
2020
Fecha
7 de abril de 2020
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 104 DE 2020

**(Abril 07)

**[Derogado por el art. 2, Decreto Distrital 230 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=172400#2)

_Por medio del cual se designan los miembros de la junta directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá_

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 11 del Acuerdo 001 de 2011, modificado por el Acuerdo 003 de 2017[1] y,**

CONSIDERANDO:

Que el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito serán designados libremente por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., quien además, en todo caso, hará parte de tales instancias, presidiéndolas, o su delegado.

Que el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41796#11) del Acuerdo 001 de 2011, modificado por el artículo 1 del Acuerdo 003 de 2017, establece que la junta directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, estará conformada por el secretario distrital de Cultura, Recreación y Deporte, delegado de la alcaldesa mayor, quien la presidirá, y cuatro (4) miembros designados por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C. __ Que por lo anterior, se hace necesario designar los miembros de la junta directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.-** La junta directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, estará integrada por los siguientes miembros: a. La alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., o su delegado, que será el secretario distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien la presidirá. b. La gerente general de Canal Capital. c. La directora del Instituto Distrital de las Artes- IDARTES. d. El señor Federico Guillermo Demmer Colmenares, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX. e. El señor Fabián Andrés Hernández Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXX.

Parágrafo. - La comunicación a los miembros señalados en los d) y e) se efectuará por conducto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Artículo 2°.-** El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Decreto [290](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78201) de 2018 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de abril del año 2020.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor NOTAS AL PE DE PÁGINA:

* * * [1] Acuerdos expedidos por la junta directiva de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

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