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Decreto 459 de 2020

Decreto 459 de 2020 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
459
Año
2020
Fecha
22 de marzo de 2020
Entidad
Nivel Nacional
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 459 DE 2020 (Marzo 22)

_Por el cual se designa ministro de Relaciones Exteriores ad hoc_

__ EL PRESIDENTE DE LA REPLIBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y el articulo 8 de la Ley 63 de 1923 y,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros, en sesión virtual de fecha 22 de marzo de 2020 desde las 6:00 a.m. a las 3:00 p.m., con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923 "Por la cual se organiza el consejo de ministros", acepto los dos (2) impedimentos manifestados por la señora ministra de Relaciones Exteriores para: _(i) _Decisión o regulación sobre medidas para enfrentar el COVID-19 que generen impactos en el sector hotelero, el sector agrícola -caficultor y de frutas- y el sector farmacéutico, cosmético, agro veterinario, de dispositivos médicos, pañales y suplementos dietarios y; _(ii)_ Proyecto de Decreto "Por el cual se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto[ 417 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449)de 2020" preparado por el Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, y radicado en Secretarla Jurídica el 19 de marzo de 2020.

Que el articulo 8 de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del despacho.

Que el presidente de la República con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el articulo 8 de la Ley 63 de 1923, determino nombrar como ministro Relaciones Exteriores _ad_ _hoc _al ministro de Defensa Nacional, doctor Carlos Holmes Trujillo García.

DECRETA:

Artículo 1.

_Designar_ como ministro de Relaciones Exteriores _ad hoc _al ministro de Defensa Nacional, doctor Carlos Holmes Trujillo García, para: _(i) _Decisión o regulación sobre medidas para enfrentar el COVID-19 que generen impactos en el sector hotelero, el sector agrícola -caficultor y de frutas- y el sector farmacéutico, cosmético, agro veterinario, de dispositivos médicos, pañales y suplementos dietarios y; _(ii)_ Proyecto de Decreto "Por el cual se disponen medidas con el fin de atender la situación de emergencia económica, social y ecológica de la que trata el Decreto[ 417 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=91449)de 2020" preparado por el Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, y radicado en Secretaria Jurídica el 19 de marzo de 2020. Articulo 2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C, a los 22 días del mes de marzo del año 2020 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

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