Decreto 452 de 2021
Decreto 452 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 452
- Año
- 2021
- Fecha
- 11 de noviembre de 2021
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 452 DE 2021
(Noviembre 11)
**_Por medio del cual se prórroga la vigencia de unos empleos de carácter temporal en la planta de_
_personal de la Secretaría de Educación del Distrito_**
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7, del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 _“Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”_, determina la estructura del empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, la cual es aplicable a los organismos y entidades del Distrito Capital.
Que el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004 consagra que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal para desarrollar programas o proyectos de duración determinada.
Que el artículo [2.2.1.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.1.1.1) del Decreto Nacional 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de Función Pública define los empleos temporales como aquellos creados en las plantas de cargos para el ejercicio de las funciones previstas en el mencionado artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#21) de la Ley 909 de 2004, por el tiempo determinado en el estudio técnico y en el acto de nombramiento, y los cuales deberán sujetarse a la nomenclatura y clasificación de cargos vigentes para cada entidad y a las disposiciones relacionadas con la elaboración del plan de empleos, diseño y reforma de plantas de que trata la misma Ley.
Que mediante el Decreto Distrital [271](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66476) de 2016, fueron creados quinientos sesenta y nueve (569) empleos de carácter temporal en la Secretaría de Educación del Distrito por un periodo de dos años hasta el 30 de junio de 2018; mediante Decreto Distrital [349](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79097) de 2018, se prorrogó la vigencia de estos cargos hasta el 30 de junio de 2020, mediante Decreto Distrital [161](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118446) de 2020, se prorrogó su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 y mediante Decreto Distrital [348](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104113) de 2020 se prorrogó la vigencia de 488 empleos temporales hasta el 31 de diciembre de 2021 y la creación de 52 empleos temporales con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que la Secretaría de Educación del Distrito mediante oficios 2020ER7945 y 2020ER8678, adelantó los trámites ante el DASC, para realizar una nueva prórroga de la vigencia de los empleos de carácter temporal existentes en su planta de personal, señalando que las necesidades en torno a la atención integral de la primera infancia así como la atención de actividades administrativas y financieras de los establecimientos oficiales de educación de la ciudad continúan vigentes y, garantizar el óptimo funcionamiento de las instituciones educativas de Bogotá, D.C. resulta fundamental en términos del goce efectivo del derecho a la educación de las y los niños y la juventud de la ciudad, máxime en esta etapa de retorno a la educación en condiciones de presencialidad.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital \- DACSD, mediante oficio No. 2021EE06868 del 26 de octubre de 2021, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de 540 empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, cuya vigencia será hasta el 31 de julio de 2022.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda - SHD - mediante oficio 2021EE244553O1 del 9 de noviembre de 2021, expidió viabilidad presupuestal para la prórroga de la vigencia de 540 empleos de carácter temporal en la planta de empleos administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, con efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de julio de 2022. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Prorrogar a partir del 1º de enero de 2022 y hasta el 31 de julio de 2022, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría de Educación del Distrito, creados mediante Decreto Distrital [271](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66476) de 2016 y Decreto Distrital [348](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104113) de 2020: | Denominación | Código | Grado | No. Empleos ---|---|---|--- Técnico Operativo | 314 | 04 | 132 Auxiliar Administrativo | 407 | 27 | 52 Auxiliar Administrativo | 407 | 05 | 356 Total empleos de carácter temporal |
| | 540 Artículo 2. Los empleos de carácter temporal, cuya vigencia se autoriza prorrogar mediante el presente Decreto, están destinados a cumplir las funciones que dieron lugar a la creación de los mismos, de conformidad con lo señalado en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, los artículos [2.2.1.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.1.1.1) y siguientes del Decreto Nacional 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan y se sujetarán a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.
Artículo 3. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 4. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118462).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de noviembre del año 2021.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
NASLY JENNIFER RUIZ GONZÁLEZ
Secretaria de Educación del Distrito ( E )
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver Norma Original en Anexos.
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