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Acuerdo 823 de 2021

Acuerdo 823 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
823
Año
2021
Fecha
15 de septiembre de 2021
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN No ACUERDO 823 DE 2021

(Septiembre 15) __ _Por el cual se establecen normas para el acceso a información básica en tiempo real sobre el cuerpo arbóreo del Distrito Capital_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 041 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142377)

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Con la intención de democratizar el acceso de información a la ciudadanía e incentivar el conocimiento de la misma sobre el cuerpo arbóreo en la ciudad, la Administración Distrital identificará los arboles históricos, patrimoniales y de interés público, así como los arboles aledaños a rutas y lugares donde haya presencia continua de estudiantes, turistas, entre otros, para dotarlos con un código QR que proporcione información histórica, social, cultural, especies de fauna asociadas y fitosanitaria de los mismos.

Parágrafo. La información que tendrán los códigos QR se obtendrá del Sistema de Información para la Gestión del Arbolado Urbano de Bogotá, D.C. - SIGAU e información del Jardín Botánico de Bogotá – JBB, y estará sujeto al estricto cumplimiento de lo previsto en la normatividad vigente, con relación a la responsabilidad de actualización del SIGAU, por parte de las entidades que intervienen el arbolado urbano, el control y seguimiento de la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA de los actos administrativos emitidos.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Jardín Botánico de Bogotá “José Celestino Mutis” realizará la implantación del código QR en los árboles patrimoniales y de interés público exaltados mediante actos administrativos de la SDA, en el término de un (1) año a partir de la promulgación del presente acuerdo. El Jardín Botánico de Bogotá “José Celestino Mutis” realizará la identificación de árboles y rutas señaladas en el artículo 1 del acuerdo distrital, diferentes a los árboles patrimoniales y de interés público, e implantará el código QR en un término de mínimo dieciocho (18) meses a partir de la promulgación del presente acuerdo.

ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116797).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARÍA FERNANDA ROJAS MANTILLA

Presidenta

NEIL JAVIER VANEGAS PALACIO

Secretario General de Organismo de Control

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

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