Decreto 205 de 2021
Decreto 205 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 205
- Año
- 2021
- Fecha
- 10 de junio de 2021
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 205 DE 2021
(Junio 10)
_Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2021, con cargo al Fondo de Compensación Distrital_
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del Decreto Distrital 714 de 1996, “ _Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”_, establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo [35](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#35) del Decreto Distrital 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.
Que el Decreto Reglamentario 192 de 2021, en su artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#15) consagra que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.
Que adicionalmente, el mismo artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#15) establece que cuando la operación presupuestal afecte los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se hará mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD mediante comunicación radicada en la Secretaría Distrital de Hacienda bajo el número 2021ER043173O1 del 24 de marzo de 2021, alcance número 2021ER054124O1 del 17 de abril y correo electrónico del 30 de abril, solicita adición de recursos al presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la entidad por valor de $942.000.000.
Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.75 del 18 de mayo de 2021, por valor de $942.000.000. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2021, la suma de novecientos cuarenta y dos millones de pesos ($942.000.000) m/cte., según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS
| 111 | SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA | 942.000.000 ---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 942.000.000 13 | GASTOS | 942.000.000 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 942.000.000 13105 | Transferencias corrientes de funcionamiento | 942.000.000 1310501 | Distrital | 942.000.000 131050102 | A otras entidades del gobierno general | 942.000.000 13105010201 | Fondo de Compensación Distrital | 942.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 942.000.000
CRÉDITOS
0125-01 | DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL | 942.000.000 ---|---|--- 13 | GASTOS | 942.000.000 131 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 942.000.000 13102 | Adquisición de bienes y servicios | 942.000.000 1310202 | Adquisiciones diferentes de activos no financieros | 942.000.000 131020202 | Adquisición de servicios | 942.000.000 13102020207 | Bienestar e incentivos | 942.000.000 | TOTAL CRÉDITOS | 942.000.000 Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ.
Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
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