Acuerdo 065 de 2021
Acuerdo 065 de 2021 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 065
- Año
- 2021
- Fecha
- 25 de marzo de 2021
- Entidad
- Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 065 DE 2021
#
(Marzo 25) __ **_Por medio del cual se aprueban los Estados_
_Financieros del ejercicio 2020 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – E.S.P._**
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el literal d, numeral 6 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que el literal [D](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667#11.l.d.n.6) numeral 6 del artículo décimo primero del Acuerdo No. 05 de 2019 indica que es función de la Junta Directiva: __ _“… Aprobar o improbar, previo concepto de la auditoría externa, los estados financieros; determinar el superávit del ejercicio y decretar las reservas necesarias para atender las obligaciones legales, futuras y contingentes y aquellas destinadas a la buena marcha de la Empresa, asimismo realizar la distribución de utilidades en dinero o en especie de acuerdo con las normas vigentes.”_ Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83609#13) del Capítulo Tercero del Reglamento Interno de la Junta Directiva Acuerdo 07 de 2019 establece que las decisiones que involucren la aprobación de los Estados Financieros deben ser elevadas a Acuerdo.
Que los Estados Financieros de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, fueron presentados y aprobados por unanimidad de los miembros de la Junta Directiva en la sesión No. 2615 del 25 de marzo de 2021.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto:
ACUERDA:
Artículo 1.
Aprobar los Estados Financieros de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá – ESP, con corte a 31 de diciembre de 2020. Los Estados Financieros, sus notas y la opinión emitida por la Auditoría Externa forma parte integral del presente Acuerdo. Artículo 2. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de marzo del año 2021.
NADYA MILENA RANGEL RADA
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria NOTA: Ver Anexo.
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