Acuerdo 802 de 2021
Acuerdo 802 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 802
- Año
- 2021
- Fecha
- 16 de febrero de 2021
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN No ACUERDO 802 DE 2021
(Febrero 16)
**_P_
_or el cual se establecen lineamientos para la formulación de la metodología para la evaluación y ajuste de los intervalos del Índice Bogotano de Calidad de Aire - IBOCA, y se dictan otras disposiciones_**
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en especial las contenidas en el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 341 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142799)
A C U E R D A:
Artículo 1.
OBJETO.** La Administración, en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud, tendrá en cuenta los lineamientos establecidos en el presente acuerdo, para la elaboración de una metodología por medio de la cual se evalúen periódicamente los intervalos de concentración del material contaminante, establecido en el Índice Bogotano de la Calidad del Aire IBOCA, para responder con más precisión y de forma cada vez más estricta a los diferentes estados de contaminación atmosférica en Bogotá y disminuir sus impactos en salud, incluyendo las directrices establecidas por la Organización Mundial de la Salud.
Parágrafo 1. La Administración Distrital expedirá por acto administrativo la actualización de los intervalos de concentración de los contaminantes incluidos en el Índice Bogotano de la Calidad del Aire - IBOCA, así como las actualizaciones adicionales que se realicen sobre el mismo, conforme a los ajustes y tiempos que la metodología técnica determine.
Parágrafo 2. La mencionada actualización se realizará gradualmente, acogiendo las recomendaciones de calidad del aire de la Organización Mundial de la Salud - OMS, para lo cual se deberán establecer de acuerdo con el parágrafo 1, las modificaciones a que haya lugar.
Artículo 2.
PARTICIPACIÓN.** Con el propósito de implementar y divulgar de forma integral la metodología técnica, se promoverán el gobierno abierto y la participación ciudadana, así como los monitoreos territorializados de exposición; teniendo en cuenta los sistemas y equipos de monitoreos de la ciudadanía y la academia como fuentes de información, de manera que complemente la información oficial de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire (RMCAB) a través de un modelo de gobernanza del aire.
Parágrafo 1. La Administración, en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud, propenderá por el acceso, uso y aprovechamiento de la información resultante de la medición de la calidad del aire; así como por la formulación y el desarrollo de una estrategia unificada de comunicación y pedagogía, integrando a las diferentes entidades distritales, que oriente a los ciudadanos sobre la interpretación acertada de las plataformas de divulgación del Índice Bogotano de Calidad del Aire – IBOCA y procurando generar redes de investigación.
Parágrafo 2. La Administración Distrital propenderá por la articulación con la Gobernación de Cundinamarca y los municipios aledaños para fortalecer el monitoreo regional de la calidad del aire.
Artículo 3.
FORTALECIMIENTO DE LA RED DE MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE.** La Administración, en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente, promoverá el mejoramiento y fortalecimiento de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire (RMCAB), con el fin de garantizar la captura de datos precisos y certeros sobre la concentración del material particulado y otros tipos de contaminantes atmosféricos, para que sean considerados en los ajustes futuros del índice.
Artículo 4.
LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA.** La Administración, en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud, tendrá en cuenta como mínimo, los siguientes lineamientos para la implementación de la metodología: \- Rigor subsidiario frente a normas nacionales. \- Comportamiento de los episodios agudos de contaminación. \- Comportamiento de los episodios crónicos de contaminación. \- Dinámicas propias de la ciudad, en términos de comportamiento de contaminantes y meteorología. \- Fortalecimiento de la gestión del riesgo por contaminación atmosférica. \- Las recomendaciones de la OMS para contaminantes criterio.
Parágrafo. Para el año 2030, la Administración en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud, por medio de la metodología propuesta, propenderá por lograr el ajuste de los intervalos de concentración en los estados de prevención, alerta y emergencia de contaminantes del aire, conforme a los objetivos intermedios establecidos por la OMS.
Artículo 5.
INFORME DE LOGROS DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA.** La Administración, en cabeza de la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Salud, presentará anualmente un informe que tenga divulgación pública, sobre los avances en la formulación y/o implementación de la metodología, regulada en el presente Acuerdo.
Parágrafo 1. La Administración Distrital propenderá por la formulación de la metodología, el año siguiente a la entrada en vigencia del presente Acuerdo.
Parágrafo 2. El informe incluirá un consolidado de las denuncias ciudadanas, sobre las situaciones que afectan la calidad del aire de la ciudad.
Artículo 6.
VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107626). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA FERNANDA ROJAS MANTILLA
Presidenta
ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA
Secretaria General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…