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Acuerdo 005 de 2022

Acuerdo 005 de 2022 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Tipo
Acuerdo
Número
005
Año
2022
Fecha
29 de noviembre de 2022
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 005 DE 2022

(Noviembre 29) _Por el cual se modifica la planta de empleos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño_

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO __ En uso de sus facultades conferidas por el Acuerdo No. 12 de 1970 expedido por el Concejo del Distrito Especial de Bogotá y el Acuerdo de Junta Directiva No. 002 de 1999 _,_

CONSIDERANDO:

Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=130657#2)° del Acuerdo de Junta Directiva 03 de 2022, estableció la planta de empleos de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño para el cumplimiento de sus funciones.

Que con Acuerdo de Junta Directiva No. [04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=130617) de 2022, se modificó la estructura organizacional de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para suprimir la Oficina Asesora Jurídica y crear la Oficina Jurídica en el nivel directivo, por lo que se hace necesario suprimir de la planta de personal de la entidad el empleo jefe de oficina asesora código 115 grado 01 y crear el empleo del nivel directivo jefe de oficina código 006 grado 02 de la Oficina Jurídica.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio radicado No. 2-2022-7089 del 19 de septiembre de 2022, radicado en Orfeo con el número 20222300018702 del 20 de septiembre de 2022, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional, planta de empleos y manual de funciones y competencias laborales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio radicado No. 2022482678O1 fechado 19 de octubre de 2022, radicado en Orfeo con el número 20222300020412 del 19 de octubre de 2022, emitió viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º. Suprimir el siguiente empleo de la planta global de personal de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño:

| Nivel | Denominación | Código | Grado | No. de cargos ---|---|---|---|--- Asesor | Jefe de Oficina Asesora | 115 | 01 | Uno (1)

Artículo 2º. Crear el siguiente empleo en la planta global de personal de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño:

__ Nivel | Denominación | Código | Grado | No. de cargos ---|---|---|---|--- Directivo | Jefe de Oficina | 006 | 02 | Uno (1)

Artículo 3º. Modificar el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=130657#2)° del Acuerdo 03 de 2022, en el sentido de establecer que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño cumplirá sus funciones con la planta de empleos que se señala a continuación:

DESPACHO DEL DIRECTOR --- Nivel Directivo Denominación | Código | Grado | Número de empleos Director General de Entidad Descentralizada | 050 | 04 | Uno (1) PLANTA GLOBAL Nivel Directivo Denominación | Código | Grado | Número de empleos Subdirector Técnico | 068 | 03 | Dos (2) Subdirector | 070 | 03 | Uno (1) Jefe de Oficina | 006 | 02 | Uno (1) Jefe de Oficina | 006 | 01 | Dos (2) Nivel Asesor Denominación | Código | Grado | Número de empleos Jefe Oficina Asesora | 115 | 01 | Uno (1) Nivel Profesional Denominación | Código | Grado | Número de empleos Tesorero General | 201 | 07 | Uno (1) Profesional Especializado | 222 | 06 | Dos (2) Profesional Especializado | 222 | 05 | Cuatro (4) Profesional Especializado | 222 | 04 | Uno (1) Profesional Universitario | 219 | 03 | Uno (1) Profesional Universitario | 219 | 02 | Dos (2) Profesional Universitario | 219 | 01 | Dos (2) Nivel Técnico Denominación | Código | Grado | Número de empleos Técnico Operativo | 314 | 03 | Uno (1) Técnico Operativo | 314 | 02 | Dos (2) Nivel Asistencial Denominación | Código | Grado | Número de empleos Auxiliar Administrativo | 407 | 05 | Uno (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 04 | Dos (2) Auxiliar Administrativo | 407 | 03 | Dos (2) Auxiliar Administrativo | 407 | 02 | Uno (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 01 | Uno (1) Operario | 487 | 01 | Uno (1) Total planta de personal | Treinta y dos (32)

Artículo 4°. Los empleos a que se refiere el artículo 2° del presente Acuerdo, serán provistos de conformidad con las normas legales vigentes.

Parágrafo. 1. El funcionario que actualmente ocupa el empleo de Jefe de Oficina Asesora Código 115 Grado 01 de la Oficina Asesora Jurídica, que aquí se suprime, queda incorporado en el empleo Jefe de Oficina Código 006 grado 02, que aquí se crea, de la nueva Oficina Jurídica, sin que se le exijan requisitos adicionales a los acreditados para el empleo en el que fue nombrado, sin perjuicio de prestar el juramento respectivo de cumplir y defender la Constitución y las leyes y desempeñar los deberes que le incumben, de acuerdo con lo establecido en el artículo [2.2.5.1.8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.1.8) del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 5º. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda Distrital y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, y publicarla en el enlace de Transparencia de la página web de la entidad, así como en el Régimen Legal de Bogotá.

Artículo 6º. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el enlace de Transparencia de la página web de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y modifica en lo pertinente los Acuerdos de Junta Directiva [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=78228) de 2017 y [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=130657) de 2022, y su implementación se hará efectiva a partir del 15 de diciembre de 2022.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de noviembre del año 2022

CATALINA VALENCIA TOBÓN

Presidente

MARTHA LUCÍA CARDONA VISBAL

Secretaria Técnica

Nota: Ver norma original en Anexos.

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