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Acuerdo Laboral 1 de 2022

Acuerdo Laboral 1 de 2022 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA

Tipo
Acuerdo Laboral
Número
1
Año
2022
Fecha
28 de abril de 2022
Entidad
Fundacion Gilberto Alzate Avendaño - FUGA
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

*20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 1 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

En la ciudad de Bogotá D.C., en la fecha señalada al final de este documento, se reunieron los abajo firmantes, con el fin de suscribir el presente Acuerdo Laboral, resultado de las negociaciones del Pliego de Peticiones presentado el 28 de febrero de 20221 por el Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Entidades Adscritas y Vinculadas, en adelante SINTRACULTUR, a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, en adelante LA FUGA, cuya mesa de negociación se instaló el 08 de marzo de 20222 y cuya negociación se extendió hasta el 26 de abril de 20223, fecha en la que culminó el mencionado proceso de negociación, conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Constitución Política Colombiana en sus Artículos 1, 2, 23, 38, 39, 53, 55, 56, 58 y 103, los Convenios Internacionales de la OIT 151 de 1978 y 154 de 1981, relativos a las relaciones de trabajo en la Administración Pública y al fomento de la negociación colectiva, incorporados en la Legislación Nacional mediante las leyes 411 de 1997 y 524 de 1999, en la condición de Estado Social de Derecho y el Decreto Nacional 1072 de 2015.

En el proceso de negociación, se llegó a los siguientes:

ACUERDOS

Capítulo I.

GARANTÍAS SINDICALES

Artículo 1.

LA FUGA respetará los derechos y garantías que la Constitución Política y la Ley le otorgan a las organizaciones sindicales y sus afiliados, en relación con la continuidad de los derechos individuales y colectivos adquiridos en los acuerdos laborales suscritos anteriormente, protegidos por los principios de progresividad y no regresividad de nuestros derechos.

Artículo 2.

LA FUGA dará cumplimiento a los acuerdos que se suscriban entre las centrales obreras y el Gobierno Distrital en las mesas de negociación, de conformidad con las directrices que establezca la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Artículo 3.

LA FUGA, dentro del mes siguiente a la firma del Acuerdo Laboral, expedirá, publicará y socializará a la comunidad institucional una circular sobre el ejercicio del derecho de asociación y garantías sindicales en la entidad, la cual será elaborada de manera conjunta.

1 Radicado en Orfeo con el número 20222300003452 2 Acta 01 del 08 de marzo de 2022 3 Actas de negociación 02 a 07 de 2022 Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 2 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Artículo 4.

LA FUGA y SINTRACULTUR darán cumplimiento a lo establecido en el marco normativo señalado en el Capítulo I del presente Acuerdo.

Artículo 5.

LA FUGA continuará garantizando los permisos sindicales de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 6.

LA FUGA garantizará cuatro reuniones al año con la Junta Directiva de SINTRACULTUR, de conformidad con la disponibilidad de la agenda del Director General o su delegado, quien para estos efectos será el Subdirector de Gestión Corporativa, con el fin de tratar temas de interés para la comunidad institucional. Una de estas reuniones, por lo menos, deberá ser con el/la Director (a) de la Fundación.

Artículo 7.

LA FUGA continuará respetando todas las actividades que conforman la práctica sindical, de conformidad con la Constitución, la Ley y los tratados internacionales.

Capítulo II.

EMPLEO DIGNO, DECENTE Y CARRERA ADMINISTRATIVA

Artículo 8.

SINTRACULTUR, en el marco de la mesa de seguimiento al Acuerdo, presentará en dicha mesa, los casos concretos donde presuntamente se incumpla el manual de funciones, a fin de que la administración dé respuesta y adopte soluciones, de ser procedente, e informe en dicha mesa.

Parágrafo. LA FUGA se compromete a informar a la organización sindical, las
modificaciones que se pretendan realizar al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, para las cuales se podrán efectuar recomendaciones, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío de las mismas. La FUGA analizará e implementará las recomendaciones, si considera que son pertinentes y procedentes.

Artículo 9.

LA FUGA se compromete a incluir en el próximo presupuesto los recursos necesarios para iniciar el estudio de cargas laborales correspondientes al rediseño institucional y de la planta de empleos de la entidad.

Artículo 10.

LA FUGA se compromete a que, una vez presentada una vacancia temporal o definitiva, adelantará, dentro de los 15 días hábiles siguientes, el estudio para determinar si es posible el encargo. De ser posible, el mismo se efectuará dentro del plazo señalado.

Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 3 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Artículo 11.

LA FUGA realizará un estudio con el fin de determinar la posibilidad de movilidad de empleos entre entidades del sector.

Capítulo III.

BIENESTAR SOCIAL Y FORTALECIMIENTO DE LA UNIDAD FAMILIAR

Artículo 12.

LA FUGA, se compromete a dar participación a SINTRACULTUR en la construcción de las encuestas que realizará la entidad para medir el clima laboral y a la implementación y seguimiento de las acciones de mejora que de esto se derive.

Artículo 13.

LA FUGA motivará el uso de la sala de bienestar como espacio de recreación, descanso, meditación y reflexión para sus empleados.

La FUGA, en el marco de un proceso piloto, a realizarse durante la vigencia del presente acuerdo, concederá 1 hora semanal en horario laboral, para participar en actividades artísticas, meditativas y recreo deportivas que se convengan con el área de Talento Humano, dentro de las instalaciones de la entidad. La participación de los funcionarios debe ser concertada con el jefe de la respectiva dependencia.

Artículo 14.

LA FUGA se compromete a dar participación a SINTRACULTUR en el diseño e implementación de los planes de capacitación, bienestar, salud y seguridad en el trabajo.

Artículo 15.

LA FUGA celebrará el día del servidor público con actividades pedagógicas alusivas a los valores y brindará un espacio a SINTRACULTUR en la agenda programada para ese día.

Artículo 16.

LA FUGA garantizará el disfrute de los descansos que se originen con ocasión de los tiempos compensados, conforme a lo establecido en el Decreto 648 de 2017 o los lineamientos que defina la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, siempre y cuando apliquen, buscando lo más beneficioso para los trabajadores. En caso de que, por estrictas necesidades del servicio, debidamente justificadas, un servidor público no pueda hacer uso del descanso compensado, en los turnos establecidos, podrá programarlo en fecha posterior, siempre que acredite haber compensado y con el visto bueno del jefe inmediato, sin tener en cuenta las situaciones que por caso fortuito se presenten.

Artículo 17.

LA FUGA autorizará trabajo bajo la modalidad de teletrabajo autónomo para 4.5 días de la semana de receso escolar, para los funcionarios con hijos menores de 18 años que estén escolarizados, que lo soliciten, previa autorización del jefe inmediato.

Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 4 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Artículo 18.

LA FUGA concederá un (1) día de permiso remunerado al servidor público que cumpla sus primeros cinco (5) años continuos de servicio a la entidad y dos (2) días al que cumpla los primeros quince (15) años de servicio continuos a la entidad, los cuales no serán relacionados en la matriz de ausentismo. El funcionario los podrá disfrutar, cuando considere, durante el año siguiente a su cumplimiento, el cual podrá ser acumulable con las vacaciones o cualquier otro periodo de disfrute de tiempo, siempre contando con el visto bueno del jefe inmediato.

Artículo 19.

LA FUGA gestionará ante el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, el acceso gratuito de los empleados al Complejo Acuático Simón Bolívar, para la práctica libre de natación, en horas no laborales.

Artículo 20.

LA FUGA brindará una capacitación virtual para la comunidad institucional en instalación de sistemas de energías alternativas.

Artículo 21.

LA FUGA concederá un día de permiso remunerado a quien sea reconocido como mejor funcionario (asistencial, técnico, profesional o directivo) previo trámite interno del permiso, podrá disfrutarlo durante la vigencia. Siempre acordando previamente el día disfrute con el jefe inmediato.

Artículo 22.

LA FUGA gestionará en el proyecto de presupuesto 2023 de la entidad un aumento del 20% para incentivos de los mejores funcionarios y equipos de trabajo.

Artículo 23.

LA FUGA gestionará en el anteproyecto de presupuesto 2023, los recursos para el reconocimiento no pecuniario equivalente a 1.5 SMMLV, a los funcionarios que, en dicha vigencia, cumplan los primeros 5 años de servicio continuo a la entidad.

Artículo 24.

LA FUGA incluirá en el anteproyecto de presupuesto 2023, recursos de al menos 1 SMMLV para la realización de dos (2) eventos deportivos al año que incluyan diferentes modalidades deportivas, con la participación de las entidades adscritas y vinculada del sector, los cuales serán organizados de manera conjunta con SINTRACULTUR.

Artículo 25.

LA FUGA incluirá en el anteproyecto de presupuesto 2023 de la entidad, hasta 1 SMMLV para la compra de uniformes para los servidores públicos vinculados a LA FUGA, con el fin de que representen a la entidad en eventos deportivos.

Artículo 26.

LA FUGA continuará realizando las vacaciones recreativas para los hijos de los servidores públicos; se harán dos actividades con los recursos asignados para la vigencia 2022.

Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 5 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Artículo 27.

LA FUGA dará continuidad a las actividades encaminadas a preservar la salud física, mental y psicológica, así como la administración económica y manejo del tiempo libre del funcionario, de conformidad con los criterios y servicios ofrecidos por el DASCD. LA FUGA se compromete a divulgar la oferta de estos servicios.

Artículo 28.

LA FUGA se compromete a que las designaciones de las supervisiones se realizarán de manera razonable, proporcional y acorde a la carga laboral y funciones asignadas al funcionario sobre el que recae dicha obligación. Del mismo modo, la entidad deberá designar un apoyo a la supervisión, cuando este sea necesario.

Capítulo IV.

SALUD OCUPACIONAL Y RIESGOS PSICOSOCIALES

Artículo 29.

LA FUGA continuará acogiendo las recomendaciones médicas laborales emitidas por los entes competentes, incluida la flexibilización de horario, si así lo señala la recomendación médica.

Artículo 30.

La FUGA, continuará realizando los exámenes médicos ocupacionales periódicos, de conformidad con las normas vigentes en materia de seguridad y salud en el trabajo. Para lo anterior, se tendrá en cuenta el profesiograma establecido por la entidad, el cual se encuentra en la intranet, en:

(https://intranet.fuga.gov.co/sites/default/files/profesiograma-fuga_0.pdf)

Artículo 31.

LA FUGA continuará realizando jornadas de vacunación anual contra la influenza, del neumococo y la hepatitis.

Artículo 32.

LA FUGA promoverá las pausas activas a través de los medios disponibles para el efecto, así: 1) La ARL, 2) El software dispuesto para el efecto en cada computador, 3) Una campaña de difusión de la necesidad de realización de pausas activas.

Artículo 33.

LA FUGA gestionará con el IDRD actividades lúdicas deportivas dirigidas por expertos, en los espacios de la entidad.

Artículo 34.

LA FUGA se compromete a garantizar ante situaciones de alteración del orden público y por razones de seguridad permitirá la salida de los funcionarios antes de la hora establecida garantizando su retorno seguro a casa.

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Capítulo V.

CAPACITACIÓN

Artículo 35.

LA FUGA se compromete a incluir en el Plan Institucional de Capacitación 2023, la temática de los principios sindicales y el derecho a la libre asociación, dictado por un experto en el tema, para toda la comunidad institucional, permitiendo la asistencia de los funcionarios en jornada laboral. Los costos que esto implique serán asumidos por SINTRACULTUR. La FUGA suministrará los refrigerios para las personas de planta que se inscriban.

Artículo 36.

LA FUGA concederá hasta 5 horas semanales compensadas (una al día), para los funcionarios que estén adelantando estudios de educación formal, siempre y cuando no se afecte el servicio y se tenga el visto bueno del jefe inmediato. Para el caso de posgrado, se dará cumplimiento a lo señalado en art. 2.2.5.5.19 del Decreto 1083 de 2015.

Artículo 37.

LA FUGA permitirá asistir por una sola vez al año al funcionario que se inscriba a un curso o taller de educación informal y/o de formación y educación para el trabajo y el desarrollo humano, siempre y cuando:1) no tenga permiso académico compensado; 2) se compense el tiempo del curso o taller; 3) no se afecte el servicio, lo cual se constatará con la autorización previa del jefe inmediato, en la que además se señalará la forma de compensación.

Artículo 38.

LA FUGA realizará reuniones de acercamiento general con la comunidad institucional, en el marco del plan de bienestar, con el fin de evaluar y fortalecer el clima organizacional y la convivencia institucional.

Artículo 39.

LA FUGA promoverá la rotación de personal, teniendo en cuenta los perfiles de los funcionarios de planta y las vacantes en las diferentes áreas de la entidad.

Capítulo VII.

POLÍTICA PÚBLICA DE LA MUJER Y EQUIDAD DE GÉNERO

Artículo 40.

LA FUGA continuará con la implementación y seguimiento de la Política Pública de la Mujer en los términos definidos en el plan de acción de la entidad, concertado con la Secretaría Distrital de la Mujer.

Capítulo VIII.

SEGUIMIENTO Y VERIFICACIÓN

Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 7 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Artículo 41.

Las partes acuerdan conformar un comité de seguimiento del Acuerdo Colectivo, el cual estará conformado por dos representantes de cada una de las partes. El seguimiento se realizará cada tres (3) meses.

Artículo 42.

LA FUGA realizará las acciones necesarias y emitirá los actos administrativos a que haya lugar para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo pactado.

Artículo 43.

El presente Acuerdo, resultado de la negociación, tendrá duración hasta el 31 de diciembre de 2023.

Artículo 44.

LA FUGA realizará las acciones necesarias y emitirá los actos administrativos a que haya lugar para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de lo pactado.

Capítulo IX.

CONSIDERACIONES:

GENERALES

Artículo 45.

Forman parte del presente Acuerdo Laboral las actas de cada sesión de negociación, las cuales reposan en el Expediente 202228006200100001E de Orfeo, herramienta informática del Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos de Archivo.

Se firma en Bogotá, D.C., el 28 de abril de 2022, por quienes intervinieron en el proceso de negociación en representación de las partes:

NOMBRE/ENTIDAD FIRMA POR SINTRACULTUR:

Firmado electrónicamente en la parte final de este documento Luis Eduardo Vargas Vargas/ Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA Negociador José de San Martín Ibáñez Cristancho/ Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 8 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

NOMBRE/ENTIDAD FIRMA Negociador Liliana Yasmín Ramos Díaz/ Instituto Distrital de las Artes – IDARTES Negociadora Henry Garay Espinosa/ Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte – SCRD Negociador POR LA FUGA:

Firmado electrónicamente en la parte final de este documento Martha Lucía Cardona Visbal Subdirectora de Gestión Corporativa Negociadora Firmado electrónicamente en la parte final de este documento Luis Fernando Mejía Castro Jefe Oficina Asesora de Planeación Negociador Firmado electrónicamente en la parte final de este documento Irma Barrera Barrera Profesional Universitario 219- 02 Subdirección de Gestión Corporativa Talento Humano – secretaria técnica Documento 20222000040713 firmado electrónicamente por:

Martha Lucía Cardona Visbal, Subdirectora de Gestión Corporativa, Subdirección de Gestión Corporativa, Fecha firma: 28-04-2022 10:54:42 Luis Fernando Mejia, Jefe Oficina Asesora de Planeación, Oficina Asesora de Planeación, Fecha firma: 28-04-2022 11:13:07 Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co *20222000040713 * Radicado: 20222000040713 Fecha: 28-04-2022 Pág. 9 de 9 ACUERDO LABORAL 2022 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO (FUGA) – SINDICATO DE SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, ENTIDADES ADSCRITAS Y VINCULADAS – (SINTRACULTUR)

Luis Eduardo Vargas Vargas, Técnico Operativo, Subdirección Artística y Cultural, Fecha firma: 28-04-2022 11:43:32 Irma Barrera Barrera,, Talento Humano - Nomina, Fecha firma: 28-04-2022 10:57:17 526f7c36e7726bdb0267c99b279ff16acd3bf78ca6a5b09a91b5dc3a15fd8c63 Dirección: Calle 10 # 3-16, Bogotá D.C. - Colombia Atención virtual de servicio al ciudadano: Línea de WhatsApp 3227306238 Oficina virtual de correspondencia: atencionalciudadano@fuga.gov.co Teléfono: +60(1) 432 04 10 Información: Línea 195 www.fuga.gov.co

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