Acuerdo 127 de 2022
Acuerdo 127 de 2022 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 127
- Año
- 2022
- Fecha
- 29 de septiembre de 2022
- Entidad
- Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 127 DE 2022
(Septiembre 29)
_Por el cual se emite concepto favorable a una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2022_
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – ESP,
En ejercicio de sus facultades legales y estatuarias consagradas en el numeral 1, del literal D del artículo 11 del Acuerdo 05 de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva por disposición del numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83667#11.l.D.n.1), del literal D, del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, tramitar las modificaciones y ajustes presupuestales, de acuerdo a su competencia y según lo establecido en el régimen legal vigente y, en particular conforme a lo dispuesto en el Decreto [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 y las normas que lo adicionen sustituyan o reformen.
Que conforme a lo establecido en los artículos [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#2) y [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3) del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones: _“Artículo 2°. - Modifíquese el artículo[26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#26) del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Artículo 26°-. Modificaciones presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, adiciones, disminuciones y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: _ __ _Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía._ __ _Adición Presupuestal: Es el incremento a la cuantía de una determinada apropiación o creación de una partida que no estaba prevista en el presupuesto inicialmente aprobado._ __ _Disminución Presupuestal: Es la modificación dirigida a reducir el monto de una apropiación. Cancelación de apropiación: Es la supresión de rubros del Presupuesto de Gastos.”_ __ _Artículo 3°. - Modifíquese el artículo[27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27) del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Articulo 27.- Aprobación de modificaciones presupuestales. Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretarla Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. _ __ _Cuando se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Salud…”_ Que el comportamiento del recaudo a agosto y las proyecciones septiembre - diciembre 2022 indican que el recaudo por los servicios de acueducto y alcantarillado será mayor a lo presupuestado, debido a: (i) Mayor facturación; (ii) mejor comportamiento de pago por parte de los usuarios y (iii) mayor recaudo de cartera superior a 180 días. Por lo tanto, es posible realizar una adición en el presupuesto de Ingresos Corrientes por valor de NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($93.545.567.333) M/CTE.
Que es necesario realizar adiciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la EAAB-ESP, por concepto de: (i) Distribución de dividendos adicionales al Distrito Capital. De acuerdo con la aprobación del CONFIS Distrital, en sesión No. 18 del 30 de agosto de 2022, éstos ascienden a $62.173.353.456 y deben ser girados en la vigencia 2022 a la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, en dos cuotas iguales: La primera antes de finalizar el mes de octubre y la segunda a más tardar el 16 de diciembre de 2022; por lo cual es necesario realizar una adición en Gastos de Funcionamiento por valor de $62.173.353.456. (ii) Modificación contractual por cinco meses al programa de seguros de la Empresa. Es necesario realizar una adición en Gastos de Funcionamiento por valor de $8.972.902.803. (iii) Factor Regional de la vigencia 2016. De acuerdo con la facturación recibida por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente, es necesario pagar la suma de $8.795.400.025.
Que es necesario realizar una adición en Gastos de Operación por concepto de: i) Mayores gastos de energía de bombeo como cliente regulado. Debido a que la PTAR Salitre fase II continúa en el mercado regulado de energía, debido a la dificultad de migrarla al mercado no regulado. Se requiere adicionar $7.378.372.644 en Gastos de Operación. ii) Mayores recursos para el Fondo de Atención de Emergencias. Ante el posible incremento de la ola invernal en el último trimestre del año, es necesario provisionar recursos adicionales para atender las posibles emergencias que se presenten por lo que se requiere adicionar $6.225.538.405 en Gastos de Operación.
Que por lo anterior, es necesario realizar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia 2022, así:
Que con la adición propuesta, el presupuesto para la vigencia 2022 quedaría conformado así:
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital, aprobación de una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP para la vigencia fiscal 2022, por valor de NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($93.545.567.333) M/CTE, conforme al siguiente detalle: Artículo 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes septiembre del año 2022. NADYA MILENA RANGEL RADA
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria
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