Decreto 401 de 2022
Decreto 401 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 401
- Año
- 2022
- Fecha
- 20 de septiembre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 401 DE 2022
(Septiembre 20)
_Por el cual se modifica la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones_
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LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del Artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9 del Artículo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y,
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CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#38.n.9) del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá, D.C., crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que el artículo [46](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#46) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#228) del Decreto 019 de 2012, en lo relacionado con las reformas de las plantas de personal de empleos de las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, indica que deberán motivarse y fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren, elaborados por las respectivas entidades bajo las directrices del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que mediante Decreto [3410](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104059) (sic) de 2020, se encuentra establecida la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y como consecuencia de la modificación de la estructura organizacional se hace necesario modificar la planta de personal de esta entidad, con el fin de adaptarla al nuevo modelo de operación interno que se deriva del proceso de rediseño organizacional para los temas relacionados con cultura ciudadana, control disciplinario interno y control urbano.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte presentó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital el estudio técnico para la modificación de la planta de empleos, mediante oficio No. 20227300056001 del 18 de mayo de 2022, quien emitió concepto técnico favorable en oficio número 1-2022-1939 de 22 de julio de 2022 radicado en la entidad bajo el No. 20227100132052.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos, mediante oficio número 2022EE34718401 de 4 de agosto de 2022 radicada en esta entidad bajo el No. 20227100141712. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Suprímase de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el siguiente empleo: Planta Global
| Denominación | Código | Grado | Número de empleos ---|---|---|--- Jefe de Oficina Asesora de Jurídica | 115 | 07 | 1 (uno)
Artículo **2º.- Créanse en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte los siguientes empleos:
Planta Global
Denominación | Código | Grado | Número de empleos ---|---|---|--- Jefe de Oficina | 006 | 07 | 1 (uno) Director Técnico | 009 | 06 | 2 (dos) Profesional Especializado | 222 | 21 | 1 (uno) Profesional Especializado | 222 | 19 | 14 (catorce) Profesional Universitario | 219 | 01 | 3 (tres)
Artículo 3º.- La planta de empleos de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte quedará conformada de la siguiente manera:
Despacho de la Secretaría
Denominación | Código | Grado | Número de empleos ---|---|---|--- Nivel Directivo Secretario de Despacho | 020 | 09 | 1 (uno) Nivel Asesor Asesor | 105 | 07 | 1 (uno) Asesor | 105 | 05 | 2 (dos) Asesor | 105 | 04 | 2 (dos)
Planta Global
Nivel Directivo --- Denominación | Código | Grado | Número de empleos Subsecretario de Despacho | 045 | 08 | 2 (dos) Director Técnico | 009 | 08 | 3 (tres) Director Técnico | 009 | 06 | 7 (siete) Subdirector Técnico | 068 | 06 | 2 (dos) Jefe de Oficina | 006 | 07 | 1 (uno) Jefe de Oficina | 006 | 06 | 1 (uno) Jefe de Oficina | 006 | 05 | 2 (dos) Nivel Asesor Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 115 | 08 | 1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones | 115 | 07 | 1 (uno) Nivel Profesional Profesional Especializado | 222 | 32 | 4 (cuatro) Profesional Especializado | 222 | 26 | 7 (siete) Profesional Especializado | 222 | 22 | 4 (cuatro) Almacenista General | 215 | 22 | 1 (uno) Profesional Especializado | 222 | 21 | 3 (tres) Profesional Especializado | 222 | 19 | 66 (sesenta y seis) Profesional Universitario | 219 | 18 | 1 (uno) Profesional Universitario | 219 | 12 | 12 (doce) Profesional Universitario | 219 | 10 | 3 (tres) Profesional Universitario | 219 | 07 | 7 (siete) Profesional Universitario | 219 | 01 | 11 (once) Nivel Técnico Técnico Operativo | 314 | 22 | 1 (uno) Técnico Operativo | 314 | 16 | 1 (uno) Nivel Asistencial Auxiliar Administrativo | 407 | 27 | 6 (seis) Auxiliar Administrativo | 407 | 23 | 2 (dos) Auxiliar Administrativo | 407 | 22 | 13 (trece) Auxiliar Administrativo | 407 | 19 | 1 (uno) Auxiliar Administrativo | 407 | 17 | 9 (nueve) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 14 | 4 (cuatro) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 05 | 1 (uno) Conductor Mecánico | 482 | 14 | 1 (uno) Total planta de empleos | | | 184 (Ciento ochenta y cuatro)
Artículo 4°. El nominador distribuirá los empleos de la planta global mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Artículo 5°. Para la provisión de los empleos se observarán las reglas contenidas en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 y en sus normas complementarias y reglamentarias.
Artículo 6°. La incorporación de los servidores públicos a la nueva planta de personal que se adopta en el presente Decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto, se produzca la incorporación a la nueva planta de personal, y tomen posesión del cargo Artículo 7 ° Comunicar el contenido del presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 8º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128357) en el Registro Distrital y modifica el Decreto [341](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104059) de 2020.
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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de septiembre del año 2022.
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CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
CATALINA VALENCIA TOBÓN
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos.
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