Jurismart

Acuerdo 843 de 2022

Acuerdo 843 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
843
Año
2022
Fecha
2 de agosto de 2022
Entidad
Concejo de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 843 DE 2022

(Agosto 02) [Liquidado por el Decreto 320 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=126618)

_Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022_

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 65 y 71 del Decreto Distrital 714 de 1996, [Ver Proyecto de Acuerdo 279 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142957)

ACUERDA:

Artículo 1. Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma de Setecientos Noventa y Seis Mil Setecientos Dieciséis Millones Quinientos Treinta y Dos Mil pesos M/Cte. ($796.716.532.000), conforme al siguiente detalle: Artículo 2. Contracreditar en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, la suma de Quince Mil Trescientos Setenta Millones de pesos M/Cte. ($15.370.000.000), conforme al siguiente detalle: Artículo 3.** Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma de Ochocientos Doce Mil Ochenta y Seis Millones Quinientos Treinta y Dos Mil Pesos M/Cte. ($812.086.532.000), conforme al siguiente detalle:

Parágrafo. Los recursos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, de la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, apropiados mediante este artículo al Fondo Financiero Distrital de Salud que se destinen a capitalizar por parte del Distrito a Capital Salud EPS-S SAS, tendrán como objeto que Capital Salud pague las obligaciones pendientes a favor de las subredes integradas de servicio de salud E.S.E. del Distrito Capital, con corte a 31 de diciembre de 2021, y al fortalecimiento institucional requerido para dar cumplimiento a parte de las órdenes de la medida preventiva del programa de recuperación, impuestas a Capital Salud EPS-S por la Superintendencia Nacional de Salud. Los representantes del Distrito en los órganos de administración de Capital Salud, deberán realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de esta destinación. Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=126597) en el Registro Distrital. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA

Presidente

CARLOS ARTURO DUARTE CUADROS

Secretario General de Organismo de Control (E)

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,

DISTRITO CAPITAL

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE CLAUDIA

NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

**Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.

Nota: Ver norma original en Anexos.**

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar