Decreto 262 de 2022
Decreto 262 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 262
- Año
- 2022
- Fecha
- 22 de junio de 2022
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D DECRETO 262 DE 2022 **(Junio 22)
**[Derogado por el art. 3, Decreto Distrital 068 de 2023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136477#3)
_Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital[055](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120585)del 08 de febrero de 2022, "Por medio del cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos del Concejo de Bogotá, D.C:"_
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 7° del artículo 315 de la Constitución Política y 1° y 4° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el parágrafo del artículo 9° del Acuerdo Distrital 492 de 2012 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital [055](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120585) de febrero 08 de 2022, se fijó el incremento salarial para los Empleados públicos del Concejo de Bogotá, D.C., en un porcentaje de siete punto veintiséis por ciento (7.26%), para los niveles jerárquicos: Asistencial, Técnico y Profesional y siete punto doce por ciento (7.12%) para los niveles jerárquicos: Asesores y Directivos.
Que el parágrafo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120585#2.p.2) del artículo 2 del citado Decreto Distrital dispuso lo siguiente: _"(...) Las Asignaciones Básicas señaladas en el presente artículo, del grado 05 del nivel técnico y de los grados 08, 09 y 11 del nivel asistencial de la planta global del Concejo de Bogotá D.C., y del grado 10 del nivel asistencial de la planta de las Unidades de Apoyo Normativo, corresponden al límite señalado en el Decreto Nacional 980_ _de 2021_ _, en consecuencia, una vez se expidan por el Gobierno Nacional los límites máximos salariales correspondientes al año 2022 para los empleados públicos de las entidades territoriales, se ajustarán en el porcentaje faltante correspondiente con una diferencia de cien pesos ($100), entre cada grado salarial, sin exceder dicho límite.”_ Que posterior al precitado Decreto Distrital, el Gobierno Nacional a través del Decreto [462](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=122217) del 29 de marzo 2022, fijó los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales, correspondientes al año 2022.
Que por lo expuesto, es procedente ajustar en el porcentaje restante correspondiente, sin que sobrepasen los límites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional en el Decreto [462](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=122217) del 29 de marzo de 2022, las asignaciones básicas de los grados salariales 05 del nivel técnico; 08, 09 y 11 del nivel asistencial de la planta global y 10 del nivel asistencial de la planta de las Unidades de Apoyo Normativo, conforme a lo señalado en el parágrafo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120585#2.p.2) del artículo 2 del Decreto Distrital 055 de 2022.
Que el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal 2022, se expidió mediante el Decreto Distrital [518](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119300) de 2021, el cual, contiene las apropiaciones necesarias para atender el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Decreto. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120585#2)° del Decreto Distrital 055 de 2022, el cual quedará así: _“Artículo 2º.- Incremento Asignaciones Básicas. __A partir del 1º de enero de 2022, las asignaciones básicas_ _mensuales de los empleados públicos_ _del_ _Concejo de Bogotá D.C.__,__serán ajustadas a la cifra de siete punto veintiséis por ciento (7.26%), para los niveles jerárquicos: Asistencial, Técnico y Profesional y siete punto doce por ciento (7.12%) para los niveles jerárquicos: Asesores y Directivos, siempre que dicha asignación no supere los límites máximos establecidos en el Decreto Nacional [462](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=122217) de 2022, evento en el cual el porcentaje de incremento podrá ser inferior al determinado y se ajustará proporcionalmente. _ __ _En consecuencia, las asignaciones básicas serán las siguientes:_ __ ESCALA SALARIAL CONCEJO DE BOGOTÁ
| GRADO SALARIAL | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | TÉCNICO | ASISTENCIAL ---|---|---|---|---|--- 01 | 8.628.086 | | 3.975.246 | 2.693.513 | 2.290.291 02 | 9.675.192 | 5.374.434 | 4.245.507 | | 2.529.890 03 | | 6.180.564 | 4.550.063 | | 2.692.807 04 | | | 4.957.240 | | 2.884.473 05 | | | 5.418.571 | 3.262.221 | 2.961.318 06 | | | | | 07 | | | | | 2.986.244 08 | | | | | 3.258.741 09 | | | | | 3.258.848 10 | | | | | 11 | | | | | 3.258.955
ESCALA SALARIAL UNIDADES DE APOYO NORMATIVO
GRADO SALARIAL | DIRECTIVO | ASESOR | PROFESIONAL | TÉCNICO | ASISTENCIAL ---|---|---|---|---|--- 01 | | 4.269.747 | 3.556.859 | | 02 | | | | | 2.204.049 03 | | 4.645.619 | | | 04 | | 5.711.221 | | | 05 | | 7.702.103 | | | 06 | | 8.628.086 | | | 2.740.155 07 | | | | | 2.798.224 08 | | | | | 2.961.318 09 | | | | | 10 | | | | | 3.258.955
_Parágrafo.-__Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo”._
Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124977) y tendrá efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2022.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de junio del año 2022.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
__
Alcaldesa Mayor
MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE
Secretaria General
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
NIDIA ROCÍO VARGAS
__
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver Norma Original en Anexos.
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