Decreto 201 de 2022
Decreto 201 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 201
- Año
- 2022
- Fecha
- 20 de mayo de 2022
- Entidad
- Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 201 DE 2022
(Mayo 20) __ _Por medio del cual se acepta una renuncia_
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto No. [023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119917#0) del 15 de enero de 2022, se nombró al doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxx en el cargo de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., del cual tomó posesión en la misma fecha.
Que mediante comunicación radicada con No. 1-2022-15455, el doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, presentó renuncia al cargo de Secretario dé Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá; a partir del 21 de mayo 2022.
Que el artículo [2 2.11.1.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.11.1.3) del Decreto 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto [648](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68824#0) de 2017, establece: _"Renuncia. Toda persona que sirva un empleo de voluntaria aceptación puede renunciarlo libremente en cualquier tiempo. La renuncia se produce cuando el empleado manifiesta por escrito, de forma espontánea e inequívoca, su decisión de separarse del servicio. (...)”_ Que el inciso [quinto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.11.1.3.i.5) del artículo en cita dispone que: _“Presentada la renuncia, su aceptación por la autoridad competente se producirá por escrito, y en el acto administrativo correspondiente deberá determinarse la fecha en que se hará efectiva,_que no podrá ser posterior a treinta (30) días de su presentación._ ”_ (Subrayas fuera de texto original). Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°-: Aceptar a partir del 21 de mayo de 2022, la renuncia presentada por el doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, al cargo de Secretario de Despacho Código 020 Grado 09 de la Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá. ARTÍCULO 2 °-:** Comunicar al doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, a la Secretaría Privada del Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta misma Secretaría.
Parágrafo. Con el fin de facilitar las comunicaciones al doctor Luis Ernesto Gómez Londoño, se relaciona correo electrónico: xxxx ARTÍCULO 3 °-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de mayo del año 2022.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor NOTA: Datos personales anonimizados en virtud de la Ley [1581](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49981#0) de 2012. / Ver norma original en Anexos.
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