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Decreto 192 de 2022

Decreto 192 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
192
Año
2022
Fecha
17 de mayo de 2022
Entidad
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 192 DE 2022

(Mayo 17)

_Por medio del cual se designan los miembros de la Junta Administradora Regional de Canal Capital, en representación del Distrito Capital_

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 9 del Acuerdo 004 de 2016 de la Junta Administradora Regional de la Sociedad Canal Capital y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#56) del Decreto Ley 1421 de 1993 otorga a la Alcaldesa Mayor de Bogotá la competencia para elegir libremente a los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital.

Que de conformidad con el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121761#9) del Acuerdo 004 de 2016 _"Estatutos de la Sociedad Canal Capital",_ expedido por la Junta Administradora Regional de la Sociedad Canal Capital, se estableció que esta misma instancia estará conformada por siete (07) miembros principales y cada uno de los cuales tendrá un suplente.

Que de acuerdo con la norma en cita, cinco (05) miembros de la Junta Administradora Regional de Canal Capital, con sus respectivos suplentes, representarán al Distrito Capital, de conformidad con la designación que haga el/la alcalde/sa mayor de Bogotá, D.C.

Que según los mismos estatutos antes referidos, dos (02) miembros con sus respectivos suplentes de la precitada instancia, representaran al Instituto Distrital de Recreación y Deporte, mediante acto administrativo expedido por dicha entidad.

Que mediante el Decreto [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100125) de 2020, modificado por el artículo [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107362#1) del Decreto 047 de 2021, se designaron los miembros de la Junta Administradora Regional de Canal Capital, en representación del Distrito Capital, entre ellos, el/la presidente/a de la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá ETB o su suplente que ser Ia el/la Vicepresidente/a de Asuntos Corporativos y Estrategia de la misma entidad.

Que los mencionados miembros de la ETB presentaron renuncia a la referida instancia, por lo que se hace necesario designar sus reemplazos, para lo cual se integrará en un solo decreto, Ia designación de los cinco (5) miembros principales y suplentes que representarán al Distrito Capital, en la mencionada Junta Administradora Regional de la Sociedad Canal Capital Ltda. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1.- Designar como miembros principales y suplentes de la Junta Administradora Regional de la Sociedad Canal Capital Ltda., en representación del Distrito Capital, a los siguientes: 1. La alcaldesa mayor quien la presidirá o su suplente que será el/la secretario/a distrital de Cultura, Recreación y Deporte. 2. El/la secretario/a Distrital de Hacienda o su suplente que será el/la subsecretario/a técnico/a de la misma entidad. 3. El/la secretario/a de Educación del Distrito o su suplente que será el/la jefe/a de la Oficina Asesora de Comunicación y Prensa de la misma entidad. 4. La señora Consuelo Castillo Ulloa, identificada con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX, o su suplente que será el señor German Franco Diez, identificado con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX. 5. El señor David Melo Tones, identificado con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XXX, o su suplente que será el señor Fabio Enrique López de la Roche, identificado con la cédula de ciudadanía No. XX.XXX.XX. Articulo 2.-** Comuníquese el presente decreto a los servidores designados en el artículo 1, numerales 1, 2 y 3, del presente decreto, por intermedio de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Parágrafo. - La comunicación a los miembros designados en los numerales 4 y 5 del artículo 10 del presente decreto, se efectuará por intermedio de la Sociedad Canal Capital. Artículo 3. - El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición, deroga los Decretos [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100125) de 2020 y [047](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107362) de 2021, así como demás disposiciones que le sean contrarias. COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2022.

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Mayor

**NOTA: Datos personales anonimizados en virtud de la Ley 1581 de 2012. / Ver norma original en Anexos.

Ver Norma Original en Anexos.**

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