Decreto 822 de 2022
Decreto 822 de 2022 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 822
- Año
- 2022
- Fecha
- 20 de mayo de 2022
- Entidad
- Nivel Nacional
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 822 DE 2022
(Mayo 20)
_Por el cual se designan delegados 20 presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 29 de mayo de 2022 y se dictan otras disposiciones_
EL MINISTRO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 803 DEL 16 DE MAYO DE 2022,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 2 del Decreto Ley 2241 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de "igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9029#2) del Decreto Ley 2241 de 1986, Código Electoral, dispone que _"Las autoridades protegerán el ejercicio del derecho al sufragio, otorgarán plenas garantías a los ciudadanos en el proceso electoral y actuarán con imparcialidad, de tal manera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás"._ Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37781#1) de la Ley 163 de 1994 y la Resolución [4371](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112623) de 2021, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 29 de mayo de 2022 se realizarán elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República.
Que la Comisión Nacional de Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales, en desarrollo de las funciones señaladas en el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55796#7) del Decreto 2821 de 2013, en sesión del 31 de agosto de 2021, mediante acta, aprobó el Plan Nacional de Garantías Electorales 2022, _"Garantizar La Seguridad, Transparencia En Los Procesos Electorales"_, también denominado _"Plan Ágora II"._ Que para verificar el normal desarrollo del proceso electoral y propender porque el mismo esté rodeado de condiciones que permitan plenas garantías, el Gobierno nacional designará para cada uno de los departamentos y el distrito capital de Bogotá, un funcionario del nivel nacional, quien el día de las elecciones deberá realizar el seguimiento del proceso electoral, observar el comportamiento de los servidores públicos en relación con el proceso electoral, los organismos de control y vigilancia y las autoridades nacionales, departamentales y municipales e informar a las autoridades nacionales sobre el desarrollo del proceso electoral y transmitir a las autoridades competentes sus observaciones y recomendaciones. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1._Coordinación._ Delegar al Ministro del Interior para que realice la coordinación del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional, con los delegados del Gobierno nacional, en cada una de las entidades territoriales que se designan en el artículo siguiente. Artículo 2.**[Modificado por el art. 1, Decreto 837 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124424#1)
_< El nuevo texto es el siguiente>_ _Delegados._ Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo primero del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el distrito capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral: | DEPARTAMENTO| DELEGADO PRESIDENCIAL| CARGO ---|---|--- AMAZONAS| FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA| VICEMINISTRO DEPOLÍTICAS YNORMALIZACIÓNAMBIENTAL ANTIOQUIA| ANGELA MARÍA OROZCO GÓMEZ| MINISTRA DETRANSPORTE ARAUCA| ALEJANDRO MIGUEL NA VAS RAMOS| ASESOR GRADO 18MINISTERIO DEL INTERIOR ATLÁNTICO| DIEGO MESA PUYO| MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA BOGOTA D.C.| JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO| MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO BOLIVAR| MARÍA XIMENA LOMBANAVILLALBA| MINISTRA DECOMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO BOYACA| ANA CRISTINA MORENO PALACIOS| PRESIDENTE AGENCIADE DESARROLLO RURAL CALDAS| GUILLERMO HERRERA CASTAÑO| MINISTRO DEL DEPORTE CAQUETA| CAMILO ANDRES ROJAS CASTRO| VICEMINISTRO DEPOLÍTICA CRIMINAL YJUSTICIARESTAURATIVA CASANARE| ALEJANDRA BOTERO BARCO| DIRECTORA DELDEPARTAMENTONACIONAL DEPLANEACIÓN CAUCA| CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ| VICEMINISTRO PARA LAPARTICIPACIÓN Y LAIGUALDAD DE DERECHOS CESAR| CARLOS EDUARDO CORREA ESCAF| MINISTRO DE AMBIENTEY DESARROLLO SOSTENIBLE CORDOBA| PIERRE EUGENIO GARCÍAJACQUIER| DIRECTORDEPARTAMENTO PARALA PROPESRIDAD SOCIAL CHOCO| JUAN SEBASTIAN ARANGO| CONSEJEROPRESIDENCIAL PARA LA JUVENTUD CUNDINAMARCA| ANA MARIA PALAU| CONSEJERAPRESIDENCIAL PARA LAS REGIONES GUAMA| JEFFERSON MENA SÁNCHEZ| CONSEJEROPRESIDENCIAL PARALOS DERECHOSHUMANOS Y LOSASUNTOSINTERNACIONALES GUAVIARE| ORLANDO ALFONSOCLAVIJO CLA VIJO| SUPERINTENDENTE DEVIGILANCIA YSEGURIDAD PRIVADA HUILA| GUSTAVO NIÑO FURNIELES| VICEMINISTRO DEVETERANOS Y DELGRUPO SOCIAL YEMPRESARIAL DE DEFENSA LA GUAJIRA| ANGELICA MARIA MAYOLO OBREGÓN| MINISTRA DE CULTURA MAGDALENA| TITO JOSÉ CRISSIEN BORRERO| MINISTRO DE CIENCIA,TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN META| SANDRA ALZATE CIFUENTES| VICEMINISTRA PARA LASPOLÍTICAS Y ASUNTOS INTERNACIONALES NARIÑO| RAMÓN ALBERTORODRÍGUEZ ANDRADE| DIRECTOR UNIDADADMINISTRATIVAESPECIAL PARA LAA TENCIÓN YREPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS NORTE DESANTANDER| JAIRO GARCÍA GUERRERO| VICEMINISTRO DEDEFENSA PARA LAESTRATEGIA Y PLANEACIÓN PUTUMAYO| JUAN CARLOS VARGAS MORALES| CONSEJEROPRESIDENCIAL PARA LAESTABILIZACIÓN Y LA CONSOLIDACIÓN QUINDÍO| FERNANDO RUÍZG MEZ| MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RISARALDA| CAROLINA SALGADO LOZANO| CONSEJERAPRESIDENCIAL PARA LANIÑEZ Y ADOLESCENCIA SAN ANDRES,PROVIDENCIA YSANTA CATALINA| SUSANA CORREA BORRERO| MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO SANTANDER| WILSON RUÍZ OREJUELA| MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO SUCRE| RODOLFO ENRIQUE ZEA NAVARRO| MINISTRO DEAGRICULTURA YDESARROLLO RURAL TOLIMA| MARIA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ| MINISTRA DE EDUCACIÓN VALLE DEL CAUCA| FRANCISCO JOSÉ CHAUXDONADO| VICEMINISTRO DEPROMOCIÓN DE LA JUSTICIA VAUPES| MYRIAM MARTINEZ CÁRDENAS| DIRECTORA DE LAAGENCIA NACIONAL DE TIERRAS VICHADA| JUAN MIGUEL DURAN PRIETO| PRESIDENTE DE LAAGENCIA NACIONAL DE MINERÍA Otras Modificaciones:[Modificado por el art. 1, Decreto 831 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=123860#1)
_El texto original era el siguiente:_
_Artículo_ _2. Delegados. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo primero del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el distrito capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral:_
Artículo 3._Instructivo._ Para el ejercicio eficiente de la coordinación a que se refiere el artículo primero del presente decreto, el Ministerio del Interior emitirá un instructivo a los delegados de cada uno de los departamentos y del distrito capital, con el fin de señalar las pautas que deberán tenerse en cuenta para el cumplimiento del objeto de este decreto.
Artículo 4._Viáticos y gastos de viaje._ Los gastos de viaje que ocasione el desplazamiento y estadía de los anteriores funcionarios estarán a cargo del presupuesto de sus respectivas entidades.
Artículo 5._Vigencia._ El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C. a los 20 días del mes de mayo del año 2022.
EL MINISTRO DEL INTERIOR
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
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