Acuerdo 099 de 2022
Acuerdo 099 de 2022 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 099
- Año
- 2022
- Fecha
- 30 de marzo de 2022
- Entidad
- Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 099 DE 2022
(Marzo 30)
_Por medio del cual se aprueban unos ajustes al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal 2022 con base en el cierre de la vigencia 2021_ __ LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ - ESP,
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias consagradas en el Decreto Distrital 662 de 2018; en el numeral 1 del literal D, del artículo 11 del Acuerdo 05 de 2019 y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva, por disposición del numeral 1, del literal D, del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, tramitar las modificaciones y ajustes presupuestales, de acuerdo con su competencia y según lo establecido en el régimen legal vigente y, en particular conforme a lo dispuesto en el Decreto [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 y las normas que lo adicionen, sustituyan o reformen.
Que conforme a lo establecido en los artículos [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#2)° y [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3)° del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones: _“Artículo 2°- Modifíquese el artículo[26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#26) del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Artículo 26°-. Modificaciones presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, adiciones, disminuciones y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente:_ _Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía._ __ _Adición Presupuestal: Es el incremento a la cuantía de una determinada apropiación o creación de una partida que no estaba prevista en el presupuesto inicialmente aprobado._ __ _Disminución Presupuestal: Es la modificación dirigida a reducir el monto de una apropiación._ __ _Cancelación de apropiación: Es la supresión de rubros del Presupuesto de Gastos.”_ __ _Artículo 3°. - Modifíquese el artículo[27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27) del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así:_ __ _Artículo 27.- Aprobación de modificaciones presupuestales. Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretarla Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto._ __ _Cuando se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Salud…”_ Que el CONFIS Distrital mediante Resolución [015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118112) de 2021, aprobó delegar en las juntas o consejos directivos de las Empresas Distritales no financieras a las que hace referencia el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#1)° del Decreto Distrital 662 de 2018, la facultad para aprobar y modificar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones, y establece en su artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118112#4)°: _“ARTÍCULO 4. – DELEGACIÓN DE AJUSTE AL PRESUPUESTO POR CIERRE PRESUPUESTAL Y FINANCIERO VIGENCIA ANTERIOR_ _. Delegar en las Juntas o Consejos Directivos de las entidades a que hace referencia el artículo primero de la presenta resolución, la aprobación mediante acto administrativo, del ajuste al presupuesto de rentas y de ingresos y de gastos e inversiones en curso de la vigencia con base en el ejercicio del cierre presupuestal y financiero de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto._ __ _(…)_ __ _Parágrafo Primero_ _. El ajuste al presupuesto al que hace referencia el presente artículo no podrá autorizar mayores gastos a los que correspondan la inclusión de_ las cuentas por pagar constituidas”.
Que la Empresa adelantó el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2021, estableció su estado de tesorería y situación fiscal, su estado de cuentas por pagar y como resultado de éstos identificó los ajustes al presupuesto 2022.
Que conforme al Estado de Tesorería y Situación Fiscal a 31 de diciembre de 2021 se estableció una Disponibilidad Neta en Tesorería de $527.932.999.071, la cual sumada a unas rentas por incluir en el presupuesto de ingresos por $38.511.935.696 (Cuentas Por Cobrar), sumadas a unas rentas sin situación de fondos por $ 158.610.859.295 y restadas las cuentas por pagar presupuestales por $1.067.618.831.635, se establece un déficit financiero de -$342.563.037.573, el cual sumado a un crédito pendiente de ingresar por $2.200.947.136.737, da como resultado fiscal un valor positivo de $ 1.858.384.099.164.
Que el presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones, aprobado para la vigencia 2022, incluye los valores resultantes de la proyección de cierre 2021 como disponibilidad inicial, ingresos corrientes, recursos de capital, cuentas por pagar, rentas de destinación específica y disponibilidad final.
Que en la programación del presupuesto para la vigencia fiscal 2022 la disponibilidad inicial se estimó en $314.921.504.000, valor que junto con $365.542.372.000 de Ingresos Corrientes y $349.015.478.000 de recursos de capital, financiaron: $751.722.614.000 de cuentas por pagar proyectadas distribuidas así: Funcionamiento $136.784.608.000, inversión $572.662.536.000 y gastos de operación comercial $42.275.470.000 y rentas de destinación específica por $277.756.740.000 proyectadas así: Funcionamiento $10.037.139.000, inversión $151.884.472.345 y rentas en disponibilidad final por $115.835.128.655.
Que con base en la Circular No DDP-000009 de 2021 emitida por la Dirección Distrital de Presupuesto, como guía de ejecución, seguimiento y cierre presupuestal de la vigencia 2021, se cargaron y ampararon las cuentas por pagar en el presupuesto de la vigencia 2022, para lo cual se adelantaron traslados presupuestales temporales dentro del presupuesto de Gastos de Funcionamiento por $45.694.734.590, inversión por $258.559.543.783 y gastos de operación comercial por $11.641.939.262, recursos que son necesarios devolver a sus respectivos rubros presupuestales para garantizar el adecuado funcionamiento de la empresa.
Que una vez efectuado el cierre de la vigencia 2021 se determinó una Disponibilidad Inicial de $835.412.723.878, unos ingresos corrientes de $385.497.500.119, y unos recursos de capital por $473.677.180.401, los cuales financiaron unas cuentas por pagar por $1.067.618.831.635 distribuidas así: Funcionamiento $182.479.342.590, inversión $831.222.079.783 y Gastos de operación $53.917.409.262; unas Rentas de Destinación Específica por $331.273.308.872 programadas así: Funcionamiento $10.037.139.000, inversión $151.884.472.345 y en Disponibilidad Final $169.351.697.527, adicionalmente en la Disponibilidad Final quedan programados recursos por $295.695.263.891, correspondientes a recursos Empresa de la vigencia 2022 que inicialmente financiaban cuentas por pagar.
Que con base en lo mencionado en los anteriores párrafos es necesario: \- Aumentar la Disponibilidad Inicial en $520.491.219.878. • Aumentar Ingresos Corrientes en $19.955.128.119, por la incorporación de cuentas por cobrar por concepto de subsidios. \- Aumentar los Ingresos por Recursos de Capital en $124.661.702.401, correspondientes a un mayor valor de recursos del crédito para financiar cuentas por pagar por $106.104.894.824 y recursos del convenio Metro que financian cuentas por pagar por $1.031.603.356 e inversión de la vigencia por $17.525.204.221. \- Aumentar los gastos de funcionamiento en $45.694.734.590 por el mayor valor de cuentas por pagar. \- Aumentar los Gastos de inversión en $258.559.543.783 por el mayor valor de las cuentas por pagar. \- Aumentar los Gastos de operación comercial en $11.641.939.262 por el mayor valor de las cuentas por pagar. \- Aumentar la disponibilidad final en $349.211.832.763, de los cuales $ 53.516.568.872 corresponden a un mayor de las Rentas de Destinación Específica y $295.695.263.891 a recursos de la vigencia que inicialmente financiaban Cuentas Por Pagar.
Que las adiciones en gastos de funcionamiento, inversión y gastos de operación, por el mayor valor de las cuentas por pagar, corresponden al reintegro de las apropiaciones que se contracreditaron temporalmente para financiar el mayor valor de las cuentas por pagar liquidadas al cierre de la vigencia fiscal 2021.
Que con los ajustes propuestos el presupuesto 2022 queda conformado así:
Que el valor de las modificaciones al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 corresponden al valor neto de los ajustes al presupuesto.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección de Presupuesto, mediante oficio 2022EE08316801 del 30 de marzo de 2022, emitió concepto favorable al presente ajuste al presupuesto de rentas e ingresos y gastos e inversiones de la vigencia 2022.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Aprobar un ajuste al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP para la vigencia fiscal 2022, con base en el cierre fiscal de la vigencia 2021, conforme al siguiente detalle: Con el ajuste aprobado la Disponibilidad Final se incrementa en TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS ($349.211.832.763) M/CTE. Artículo 2. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes marzo del año 2022.
NADYA MILENA RANGEL RADA
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria
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