Acuerdo 831 de 2022
Acuerdo 831 de 2022 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 831
- Año
- 2022
- Fecha
- 15 de febrero de 2022
- Entidad
- Concejo de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 831 DE 2022
(Febrero 15)
_Por medio del cual se establecen lineamientos para la sensibilización, promoción e investigación del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá y se dictan otras disposiciones_
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, [Ver Proyecto de Acuerdo 217 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142878)
ACUERDA:
Artículo 1._Objeto:_ La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y en coordinación con las demás entidades pertinentes, formulará una estrategia para la sensibilización y promoción del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá, de acuerdo al marco legal vigente, en la que se promoverá la asociatividad entre pequeños y medianos agricultores urbanos y rurales, y los pequeños y medianos comercializadores. Artículo 2._Lineamientos._ En la estrategia de sensibilización y promoción del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá, se deberán tener en cuenta como mínimo los siguientes lineamientos: A. Establecer un espacio de participación con los diferentes actores de la cadena de producción y comercialización que tenga en cuenta la normatividad existente a nivel nacional para su producción comercialización y transformación. B. Promover la generación de capital para las Pymes y Mipymes del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá, tales como capital semilla, ventures de capital, entre otros. C. Promover alianzas estratégicas a nivel nacional conducentes a la bancarización y acceso al crédito para las Mipymes del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá. D. Promover el fortalecimiento de las competencias de las Mipymes del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá, especialmente en aquellos aspectos que se identifiquen como retos para el sector (bancarización, monetización y gestión de licencias, entre otros). E. Promover la consolidación del clúster del sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial en Bogotá Región, con el propósito de fortalecer canales de cooperación y coordinación entre los diferentes actores institucionales, los empresarios del sector, universidades y gremios. F. Fomentar, en el marco de la normatividad existente a nivel nacional para la producción comercialización y transformación del cannabis, la generación de programas para el aumento de la productividad del sector, como experiencias de ruedas de negocio, entre otras. G. Participar en acciones de articulación y colaboración con las entidades pertinentes del nivel distrital y nacional, para la definición de protocolos de transporte, que den claridad tanto a los empresarios del sector cannabis medicinal, cosmético, e industrial, como a la fuerza pública, sobre el marco legal ya existente para el transporte de los productos e insumos de este sector. H. Participar en acciones de articulación y colaboración con las entidades pertinentes del nivel distrital y nacional, para la definición de protocolos de exportaciones e importaciones en el aeropuerto de Bogotá. Con el propósito de dar claridad tanto a los empresarios del sector cannabis medicinal, cosmético, e industrial, como a la fuerza pública y al operador del aeropuerto, sobre el marco legal ya existente para las exportaciones e importaciones de los productos e insumos de este sector. Artículo 3._Sensibilización a la fuerza pública._** La Secretaría Distrital de Seguridad Convivencia y Justicia, diseñará e implementará una estrategia de sensibilización en la Policía Metropolitana de Bogotá, para difundir conocimientos sobre el marco jurídico y los beneficios económicos, sociales y científicos, entre otros, generados por el sector del cannabis medicinal, cosmético e industrial. Así mismo proveerá de conocimientos al cuerpo de Policía, en torno al reconocimiento y diferenciación de las actividades comerciales legales e ilegales relacionadas con Cannabis y por tanto de los distintos procedimientos que se deben llevar a cabo en cada caso.
Artículo 4._Sensibilización a la ciudadanía._ La Secretaría Distrital de Salud, diseñará e implementará una estrategia de sensibilización ciudadana, para difundir conocimientos sobre el marco jurídico y los beneficios económicos, sociales y científicos, entre otros, generados por el sector del cannabis medicinal. Artículo 5._Enfoque Regional._ La Secretaria Distrital de Desarrollo Económico, y la Secretaria Distrital de Ambiente y la Región Administrativa y de Planeación Especial RAPE, establecerán acciones que promuevan la asociatividad entre pequeños y medianos agricultores urbanos y rurales, y los pequeños y medianos comercializadores. Lo anterior, con el propósito de que las acciones adelantadas en el marco de la estrategia propicien contextos de igualdad para los actores de la economía campesina municipal y del entorno regional. Igualmente, crearán y promoverán mesas de trabajo lideradas por la administración Distrital en las cuales se incluya la participación comunitaria, especialmente la de representantes campesinos de la región, con el objeto de abordar temas relacionados a usos medicinales, buenas prácticas agrícolas, comercialización y relacionamiento con actores y compradores internacionales del cannabis. Artículo 6._Investigación en sector salud._ La Secretaría Distrital de Salud buscará formular en el marco de alguna de sus políticas, estrategias, planes y/o programas, líneas de investigación en cannabis medicinal de Bogotá. Para tal fin, podrá actuar en coordinación con diferentes entidades del sector, como el Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud (IDCBIS). Artículo 7._Investigación desde la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología "Atenea"._ La Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología _"Atenea"_, en coordinación con los sectores de educación, salud y desarrollo económico, coordinará e impulsará proyectos de investigación científica y con fines académicos sobre cannabis medicinal, cosmético e industrial, con grupos de investigación reconocidos por el Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación y articulados con los actores públicos y privados que hagan parte del clúster que en la ciudad Región se conforme.
Parágrafo. 1. La Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología _"Atenea"_ actuará conforme a lo estipulado en el Decreto Distrital [273](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=102945) de 2020.
Parágrafo. 2. Las investigaciones que se desarrollen en este marco podrán profundizar en áreas de investigación relativas al impacto social, también en lo relacionado con el campo cosmético y farmacéutico; así como lo relativo a la optimización de buenas prácticas manufactureras. Del mismo modo, podrán encargarse de la investigación asociada a nuevos enfoques de la lucha contra el microtráfico, entre otros. Artículo 8._Vigencia._ El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación. Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de febrero del año 2022. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SAMIR JOSÉ ABISAMBRA VESGA
Presidente
NEIL JAVIER VANEGAS PALACIO
Secretario General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
**Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.
Nota: Ver norma original en Anexos.**
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